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  • Subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo
  • Aportar documentación. Convocatoria 2023
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Pasos a realizar

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  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Tercer paso
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Subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo

Aportar documentación. Convocatoria 2023

QUIÉN
Empresas y profesionales | Otras administraciones | Entidades
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CUÁNDO
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Del 14/07/2023

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Subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo

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Normativa

  • Resolución EMT/3279/2025, de 28 de agosto, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2025 para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC?ESPACIOS) (ref. BDNS 854460)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9495  publicado el 08/09/2025)
  • RESOLUCIÓN EMT/2345/2024, de 20 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2024 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC?ESPACIOS) (ref. BDNS 770853).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9194  publicado el 01/07/2024)
  • RESOLUCIÓN EMT/2541/2023, de 6 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2023 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC ? ESPACIOS) (ref. BDNS 707723).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8957  publicado el 13/07/2023)
  • RESOLUCIÓN EMT/1909/2022, de 9 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC - Espacios) (ref. BDNS 634311).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8694  publicado el 22/06/2022)
  • RESOLUCIÓN EMT/3257/2021, de 21 de octubre, por la que se abre la convocatoria para el año 2021 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de trabajo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC - Espacios) (ref. BDNS 592664).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8537  publicado el 05/11/2021)
  • ORDEN EMT/187/2021, de 27 de septiembre, de modificación de la Orden TSF/258/2017, de 4 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de Espacios de búsqueda de trabajo en el ámbito de la orientación para el empleo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8513  publicado el 30/09/2021)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Resolución TSF/1826/2020, de 20 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de trabajo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC - ESPACIOS) (ref. BDNS 516908) (DOGC núm. 8186, de 27.7.2020).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8188  publicado el 29/07/2020)
  • RESOLUCIÓN TSF/1826/2020, de 20 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de trabajo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC - ESPACIOS) (ref. BDNS 516908).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8186  publicado el 27/07/2020)
  • RESOLUCIÓN TSF/2036/2019, de 8 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2019 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (SOC - ESPACIOS) (ref. BDNS 467315).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7924  publicado el 24/07/2019)
  • RESOLUCIÓN TSF/2222/2018, de 26 de septiembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2018 de las subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (ref. BDNS 417322).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7719  publicado el 04/10/2018)
  • ORDEN TSF/258/2017, de 4 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo (Orden de 4 de diciembre, publicada en el BOE núm. 297, de 7 de diciembre).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7512A  publicado el 07/12/2017)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El Programa Espacios de búsqueda de empleo promueve actuaciones, conducidas y reforzadas por el asesoramiento de personal técnico orientador, destinadas al desarrollo de las competencias necesarias para realizar con autonomía y mayor efectividad una búsqueda organizada y sistemática de trabajo, con el objetivo de mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo y su incorporación al mercado laboral.

El Espacio de búsqueda de empleo ofrece dos servicios diferenciados:

  • Servicio Búsqueda activa de empleo
    Utiliza una metodología activa en la que se fomenta el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la búsqueda de empleo. Se incentiva y se motiva a las personas participantes para potenciar la presentación de candidaturas, atendiendo a su objetivo profesional y a la adecuación de su perfil a las demandas de las empresas con el objetivo de conseguir su inserción laboral.
  • Servicio Herramientas informáticas
    El personal del espacio de búsqueda de empleo, de forma individualizada, complementa el conocimiento y refuerza el uso de las herramientas informáticas hasta que la persona participante disponga del nivel que requiere el Servicio Búsqueda activa de empleo para realizar la búsqueda de manera fluida y autónoma.

 

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta y se considerará como no presentada.

El plazo de presentación de solicitudes es del 9 hasta el 23 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Servei Públic d'Ocupació de Catalunya (SOC)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
Otras administraciones
  • A los ayuntamientos de municipios de más de 10.000 habitantes, o sus entidades dependientes o vinculadas con competencias en materia de empleo, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por lo que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

  • A las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña, con un mínimo de dos años de experiencia en selección de personal, valoración de puestos de trabajo y/u orientación profesional.

  • Excepcionalmente, a las entidades locales que abarquen un territorio de intervención supralocal de más de 10.000 habitantes y que presenten un documento de planificación estratégica en el ámbito del empleo y el desarrollo local concertado con otros agentes del territorio objeto de actuación.

Plazos

Los plazos para aportar documentación son los siguientes:

  • Aportación de documentación requerida por la Administración: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento (no son hábiles los sábados, domingos y festivos declarados oficiales).
  • Aportación de documentación no requerida por la Administración: en cualquier momento dentro del procedimiento.
Documentación

Guías, manuales y otros documentos de apoyo:

  • Procedimientos de gestión - Espacios de búsqueda de empleo (documento en catalán).
  • Guía de la aplicación GIA - Alta del personal técnico (documento en catalán).
  • Guía de gestión de la aplicación GIA - Entidades beneficiarias (documento en catalán).
  • Guía para la aportación de documentación - EACAT (documento en catalán).
  • Guía para la aportación de documentación - Canal Empresa (documento en catalán).
  • Guía para la justificación económica (documento en catalán).

Documentación de inicio:

  • Relación de documentación del personal técnico, según modelo normalizado (G146NOP-449) (impreso en catalán).
  • Comunicación de la fecha de inicio del programa, según modelo normalizado (G146NOP-445) (impreso en catalán).
  • Copia de la póliza de seguros de accidentes personales o Certificado de seguro de accidentes personales, según modelo normalizado (G146NOP-444) (impreso en catalán).
  • Instrucciones para cumplimentar el certificado de seguro de accidentes personales (G146NOP-448) (impreso en catalán).
  • Currículum del personal técnico.
  • Alta en la Seguridad Social del personal técnico (en caso de nueva contratación)
  • TC-2 del personal técnico (en caso de formar parte de la plantilla de la entidad).
  • Documento–contrato entre el personal técnico y la persona responsable de la entidad beneficiaria (en caso de profesionales autónomos).
  • Autorización del personal técnico para consultar la titulación, según modelo normalizado (G146NOP-443) (únicamente en el caso de que el título se haya expedido a partir del 1 de octubre de 1991) (impreso en catalán).
  • Titulación universitaria del personal técnico (únicamente en el caso de que el título se haya expedido antes del 1 de octubre de 1991).
  • Acreditación experiencia personal técnico, según modelo normalizado, si procede (G146NOP-441) (impreso en catalán).
  • Alta del personal al programa, según modelo normalizado (G146NOP-442) (impreso en catalán).
  • Designación formal del personal propio, según modelo normalizado (en el caso de personal propio de las administraciones públicas) (G146NOP-447) (impreso en catalán).
  • Declaración de uso responsable de la Red telemática Galileu, según modelo normalizado (G146NOP-446) (impreso en catalán) .
  • Declaración de documentación ya presentada, según modelo normalizado, si procede (G146NOP-034) (impreso en catalán).

Documentación de ejecución:

  • Solicitud de cambio de personal técnico (alta), según modelo normalizado (G146NOP-450) (impreso en catalán).
  • Solicitud de cambio de personal técnico (baja), según modelo normalizado (G146NOP-451) (impreso en catalán).
  • Currículum del personal técnico.
  • Alta en la Seguridad Social del personal técnico (en caso de nueva contratación).
  • TC-2 del personal técnico (en caso de formar parte de la plantilla de la entidad).
  • Documento-contrato entre el personal técnico y la persona responsable de la entidad beneficiaria (en caso de profesionales autónomos).
  • Autorización del personal técnico para consultar la titulación, según modelo normalizado (G146NOP-443) (únicamente en el caso de que el título se haya expedido a partir del 1 de octubre de 1991) (impreso en catalán).
  • Titulación universitaria del personal técnico (únicamente en el caso de que el título se haya expedido antes del 1 de octubre de 1991).
  • Acreditación experiencia personal técnico (G146NOP-441), si procede (impreso en catalán).
  • Designación formal del personal propio, según modelo normalizado (en caso de personal propio de las administraciones públicas) (G146NOP-447) (impreso en catalán).
  • Control de asistencia, según modelo normalizado (G146NOP-453T).
  • Documento de registro y seguimiento de autocandidaturas, según modelo normalizado (G146NOP-456T).
  • Documento de registro y seguimiento de ofertas y candidaturas, según modelo normalizado (G146NOP-457T).
  • Cuestionario, según modelo normalizado (G146NOP-455T).
  • Documento informativo FSE, según modelo normalizado (G146NOP-454T).
  • Solicitud cambio de punto de actuación, según modelo normalizado (G146NOP-452) (impreso en catalán).
  • Plano a escala del local que incluya la distribución del mobiliario.
  • Acreditación de disponibilidad inmediata del local en que se solicita realizar las actuaciones, según modelo normalizado (G146NOP-435) (impreso en catalán).
  • Declaración de uso responsable de la Red telemática Galileu, según modelo normalizado (G146NOP-446) (impreso en catalán).
  • Declaración de documentación ya presentada, según modelo normalizado, si procede (G146NOP-034) (impreso en catalán).

Documentación de justificación económica:

  • Declaración responsable (G146NOP-498) (impreso en catalán).
  • Designación formal de personal propio (G146NOP-499) (impreso en catalán).
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones (G146NOP-500) (impreso en catalán).
  • Relación clasificada de gastos (G146NOP-501) (impreso en catalán).

Papelería y carteles:

  • Modelo cartel aula horizontal (G146NOP-458)
  • Modelo páginas interiores dosieres horizontal (G146NOP-461)
  • Modelo páginas interiores dosieres vertical (G146NOP-462)
  • Modelo portada dosieres horizontal (G146NOP-463)
  • Modelo portada dosieres vertical (G146NOP-464)
  • Modelo carpetas horizontal (G146NOP-459)
  • Modelo carpetas vertical (G146NOP-460)
Requisitos

Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.

Tasas

No hay que pagar tasas para este trámite.

Cambios posteriores al otorgamiento de la subvención

Después del otorgamiento de la subvención, puede utilizar este trámite de Aportación de documentación en los siguientes casos:

  • Presentar una sol·licitud de renúncia.La solicitud se puedepresentar hasta el día anterior a la fecha de inicio del período de presentación de la justificación económica. Para ello, es necesario que:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Renúncies” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a serveiorientacio.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar una solicitud de modificación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a serveiorientacio.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar un recurso a la resolución:
    1. Envíe el documento de recurso seleccionando el tipo de documento “Al·legacions” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a serveiorientacio.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
  • Presentar una solicitud de subrogación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación adjuntando la solicitud cumplimentada y los documentos correspondientes. En el caso de que no exista entidad subrogante, debe presentar la solicitud mediante la petición genérica.
    2. Envíe un correo electrónico a serveiorientacio.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará la resolución correspondiente.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Aportar documentación

    Plazos
    Del 14/07/2023

    Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    Si firma el formulario de aportación de documentación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.

    Si firma el formulario como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    EACAT

    Iniciar . Acceder a EACAT

    Las entidades privadas deben presentar la documentación mediante el formulario de aportación de documentación que se encuentra en este mismo apartado.

    Las administraciones públicas de ámbito local, o entidades adscritas o vinculadas, deberán presentar la documentación mediante la plataforma EACAT, donde encontrarán la información necesaria para realizar el trámite.

    En caso de duda puede consultar el web de soporte a la tramitación donde entrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    ¿Cómo hacer el trámite cuando el sistema de tramitación no está operativo?

    - Si no puede tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    - Si se produce una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas digitales durante el último día establecido para aportar la documentación requerida es necesario que:

    1. Llame al teléfono 012 para abrir una incidencia y confirmar que es un problema del sistema. La entidades públicas tienen que abrir la incidencia en Soporte EACAT.
    2. Si se confirma la incidencia, envíe un correo electrónico a la unidad responsable del trámite (serveiorientacio.soc@gencat.cat) adjuntando el correspondiente código de referencia de la incidencia abierta al 012 o Soporte EACAT solicitando aportar la documentación cuando la plataforma esté operativa.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En el Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital)
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • En el portal EACAT en el caso de entidades públicas
  3. 3

    Tercer paso

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate.

Fecha de actualización 06.02.2026
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