¿Qué tienes que saber?
¿Qué es un establecimiento con riesgo de accidente grave?
Un establecimiento donde se almacenan sustancias peligrosas en cantidades superiores a los límites establecidos por el Real Decreto 840/2015.
Son trámites dirigidos a los titulares de los establecimientos con riesgo de accidente grave:
- Comunicar:
- El inicio de actividad de un nuevo establecimiento o un cambio sustancial.
- El cambio sustancial de un establecimiento que pasa a estar afectado.
- El cambio sustancial de un establecimiento que cambia de nivel de afectación.
- El cambio sustancial de un establecimiento afectado sin cambio de afectación.
- El cambio de titular.
- La baja de un establecimiento.
- Presentar:
- El dictamen de seguridad
- El informe de seguridad actualizado de un establecimiento afectado en nivel alto
Son trámites dirigidos a los ayuntamientos:
- Solicitar el informe vinculante sobre el análisis cuantitativo del riesgo de un establecimiento.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportáis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Consultad la información de los establecimientos al buscador de empresas afectadas por la normativa de accidentes graves.
Los titulares de los establecimientos en los cuales, por causas externas a su actividad, se dé alguna de las circunstancias siguientes tienen que presentar una comunicación de cambio sustancial en el órgano competente de la Generalitat en materia de accidentes graves:
- Que el establecimiento no esté afectado por la normativa de accidentes graves y pase a estarlo en nivel alto.
- Que el establecimiento no esté afectado por la normativa de accidentes graves y pase a estarlo en nivel bajo.
- Que el establecimiento pase de un nivel de afectación bajo a alto.
- Que estando afectado por la normativa de accidentes graves en nivel alto o bajo, sufra un cambio sustancial.
Organismo responsable
- A los titulares de establecimientos con riesgo de accidentes graves.
El trámite de solicitud del informe vinculante sobre el análisis cuantitativo del riesgo de un establecimiento con riesgo de accidentes graves, está destinado exclusivamente a los ayuntamientos.
Este trámite lo podéis solicitar en cualquier momento.
El importe de la tasa está fijo.
- Accidente grave: es cualquier incidente importante —como un escape, un vertido, un incendio o una explosión— provocado por un proceso no controlado en un establecimiento afectado por la Directiva 2012/18/UE. Este incidente tiene que comportar un riesgo grave, inmediato o a largo plazo, para las personas, los bienes o el medio ambiente, tanto dentro como fuera del establecimiento, y tiene que implicar unas o más sustancias peligrosas.
- Sustancia peligrosa: es cualquier sustancia, mezcla o preparado que aparezca a la parte 1 del Anexo I, o que cumpla los criterios de la parte 2 del Anexo I de la Directiva 2012/18/UE y sus modificaciones. Puede encontrarse como materia prima, producto, subproducto, residuo o producto intermedio, incluidos aquellos que se puedan generar de manera previsible en caso de accidente.
- Nivel alto: nivel de riesgo en establecimientos con presencia de sustancias o categorías de sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas a la Directiva 2012/18/UE y sus modificaciones posteriores.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Hace falta que os identifiquéis con el idCATMòbil o un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
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2
Segundo paso
Hacer el pago
Pago en línea
Pago en línea
Con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD de cualquier entidad:
Podéis pagar en el momento de enviar el formulario:
- Cuando enviáis el formulario, después de llenarlo, aparece un enlace desde el cual podréis pagar el importe con tarjeta bancaria.
También podéis pagar más tarde:
- Desde 'el Área privada', si tenéis identificación digital. Seleccionad el trámite y haced el pago.
- Desde 'el Estado de mis gestiones', si no tenéis identificación digital. Introducid el código de trámite (ID) de la confirmación de recepción, el número de identificación (NIF, NIE, etc.) y seguid las instrucciones del apartado 'Pagos'.
Pago con carta de pago
Podéis descargar la carta de pago si entráis al detalle del trámite desde 'el Área privada' o desde la opción 'Estado de mis gestiones', y desplegáis el apunte de pago. También puede haber trámites que incluyan la carta de pago en el recibo de recepción, en la segunda página.
Presencialmente
- Aunque no seáis usuarios de CaixaBank, podéis hacer el pago a través de un cajero. Pagad con la tarjeta VISA, Maestro o Mastercard.
- Si sois usuario de CaixaBank, podéis ir a un cajero y desde el lector de código de barras podéis poner directamente lo que aparece a la carta de pago.
Por internet
Desde la página de pagos de CaixaBank, podéis pagar con el código RIN (un número que hay debajo del código de barras correspondiente a la liquidación). Este número aparece a la carta de pago y se emite con el acuse de recibimiento una vez enviáis el formulario.
Si tenéis problemas para abrir el enlace para pagar con Internet Explorer, os recomendamos utilizar otro navegador. Puede haber problemas de compatibilidad con la web que os impidan ver el contenido.
Pago con Bizum
Podéis escoger esta forma de pago cuando enviáis el formulario y hace falta que tengáis el móvil a mano.
La plataforma os solicitará el número de teléfono que tengáis asociado a la cuenta bancaria a la cual queréis cargar el importe.
Una vez introducís el número de teléfono, pulsad el botón ‘Continuar con la compra’. Si procede, tendréis que autorizar la operación con vuestra app bancaria.
Si necesitáis más información podéis consultar el apartado Hacer el pago de un trámite de la web de Soporte a la tramitación por internet.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Podéis consultar el estado del trámite:
Podéis consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCATMòbil o/y certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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4
Cuarto paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
El trámite se considera efectuado ante la Administración en el momento del registro telemático en Canal Empresa. Una vez enviado el formulario, Canal Empresa dará un número de identificación de la comunicación y un número de registro de entrada. Además se generará un documento de acuse de recibimiento que se podrá descargar en cualquier momento desde el mismo portal de Canal Empresa (en la sección 'mi carpeta').
Una vez recibidas los datos y la documentación, efectuadas las comprobaciones oportunas y verificado el pago efectivo de la tasa correspondiente, el órgano competente notificará el resultado de la evaluación de la documentación al titular del establecimiento.