¿Qué tienes que saber?
Convocatoria para la presentación de las solicitudes de subvención del Programa Formación Profesional Ocupacional Dual, para la actuación de acompañamiento, actuación de formación y actuación contratación laboral mediante el contrato de formación en alternancia.
Personas destinatarias: persones jóvenes mayores de 16 años y hasta 29 años con más dificultades para acceder al mercado laboral, preferentmente sin calificación profesional o sin educación secundaria postobligatoria, inscritos en la Oficina de Empleo y en situación de desempleo de manera previa a la fecha d'inicio de la relación laboral y desempleados de larga duración. Excepcionalmente, podrán participar personas mayores de 29 años cuando formen parte de los colectivos especificados en la resolución de convocatoria y así lo puedan acreditar documentalmente.
El Servei Públic d'Ocupació de Cataluña (SOC) subvenciona las actuaciones de orientación y acompañamiento, de formación y de contrato laboral mediante el contrato de formación en alternancia.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos la fecha como fecha de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes es desde las 9:00 h del 18 de noviembre hasta las 23:59 h del 1 de diciembre de 2025.
Organismo responsable
- Las administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos o las entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las mismas.
- Entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya vinculadas a la atención a los colectivos con especiales vulnerabilidades.
- Organizaciones sindicales y patronales así como aquellas que acrediten que representan las microempresas y / o las personas trabajadoras autónomas de los diferentes sectores a partir de convenios de adhesión (gremios).
- Los centros y entidades de formación acreditados para impartir la formación vinculada a los certificados profesionales, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo y la de los certificados profesionales.
- Las empresas definidas en el derecho mercantil , que dispongan de autorización o acreditación para impartir formación vinculada a los certificados profesionales y/o formación para el empleo, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación para la ocupación y de los certificados profesionales.
- Las personas físicas y jurídicas con capacidad de contratar laboralmente y con centro de trabajo en Catalunya.
El plazo de presentación de la justificación es del 30 de marzo de 2027 hasta el 15 de mayo de 2027, ambos incluidos.
- Memoria explicativa con el contenido que determina la orden de bases.
- Memoria económica con el contenido que determina la orden de bases.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Presentar la justificación
Plazos
Del 30/03/2027 al 15/05/2027Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.
Si firma el formulario de justificación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.
Si firma el formulario como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el portal EACAT en el caso de entidades públicas
-
3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos.
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos.