¿Qué tienes que saber?
Convocatoria para la presentación de las solicitudes de subvención del Programa Formación Profesional Ocupacional Dual, para la actuación de acompañamiento, actuación de formación y actuación contratación laboral mediante el contrato de formación en alternancia.
Personas destinatarias: persones jóvenes mayores de 16 años y hasta 29 años con más dificultades para acceder al mercado laboral, preferentmente sin calificación profesional o sin educación secundaria postobligatoria, inscritos en la Oficina de Empleo y en situación de desempleo de manera previa a la fecha d'inicio de la relación laboral y desempleados de larga duración. Excepcionalmente, podrán participar personas mayores de 29 años cuando formen parte de los colectivos especificados en la resolución de convocatoria y así lo puedan acreditar documentalmente.
El Servei Públic d'Ocupació de Cataluña (SOC) subvenciona las actuaciones de orientación y acompañamiento, de formación y de contrato laboral mediante el contrato de formación en alternancia.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos la fecha como fecha de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes es desde las 9:00 h del 18 de noviembre hasta las 23:59 h del 1 de diciembre de 2025.
Organismo responsable
- Las administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos o las entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las mismas.
- Entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya vinculadas a la atención a los colectivos con especiales vulnerabilidades.
- Organizaciones sindicales y patronales así como aquellas que acrediten que representan las microempresas y / o las personas trabajadoras autónomas de los diferentes sectores a partir de convenios de adhesión (gremios).
- Los centros y entidades de formación acreditados para impartir la formación vinculada a los certificados profesionales, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo y la de los certificados profesionales.
- Las empresas definidas en el derecho mercantil , que dispongan de autorización o acreditación para impartir formación vinculada a los certificados profesionales y/o formación para el empleo, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación para la ocupación y de los certificados profesionales.
- Las personas físicas y jurídicas con capacidad de contratar laboralmente y con centro de trabajo en Catalunya.
Los plazos para aportar documentación son los siguientes:
- Aportación de documentación requerida por la Administración: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento (no son hábiles los sábados, domingos y festivos declarados oficiales).
- Aportación de documentación no requerida por la Administración: en cualquier momento dentro del procedimiento.
Documentación de ejecución que tiene que presentar la entidad beneficiaria:
- Documentación general:
a. Declaración comunicante la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
b. Solicitud de alta de conexión en la red temática Galileo según modelo normalizado.
c. Solicitud de baja la red telemática Galileo según modelo normalizado
d. Declaración de uso responsable por el acceso a la red telemática Galileo según modelo normalizado.
e. Solicitud de acceso al Directorio Corporativo de la Generalitat de Catalunya para personas usuarias del sistema CTR (Gestión de las ConTRactacions), según del normalizado.
f. Lista de personas jóvenes que inician el Programa FPODUAL según modelo normalizado.
g. En caso de agrupaciones de entidades Convenio de Colaboración.
h. Documentación acreditativa de la titulación y de la experiencia del tutor / a: Currículum vitae y titulación.
- Documentación relativa a la Actuación de Formación:
a. Formación de introducción al oficio previa a la contratación,
- Solicitud de inclusión nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas (si procede).
- Informe final de asistencia IFA (generada GIA).
b. Formación professionalitzadora vinculada a Certificado de profesionalidad:
- Calendario pruebas de evaluación de competencias clave (G146NCPRO-016-01).
- Informe final de asistencia IFA (generada GIA).
- Actos de evaluación (generada GIA).
- Informe individualizado del alumno/a (generada GIA).
Documentación relativa a la Actuación de Contratación Laboral.
a. Relación de los contratos formalizados, con la identificación de la persona trabajadora, de la persona tutora, del puesto de trabajo ocupado y el número de la comunicación del contrato en Contrat@. Esta relación podrá ser sustituida por la introducción de esta información a la aplicación CTR del Servicio Público de Ocupación de Cataluña de acuerdo con la Guía de Prescripciones Técnicas.
b. Copia del contrato de trabajo de formación y aprendizaje de cada persona trabajadora.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.
No hay que pagar tasas para este trámite.
Después del otorgamiento de la subvención, puede utilizar este trámite de Aportación de documentación en los siguientes casos:
- Presentar una sol·licitud de renúncia. La solicitud se puede presentar hasta el día anterior a la fecha de inicio del período de presentación de la justificación económica. Para ello, es necesario que:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Renúncies” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a formaciodual.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
- Presentar una solicitud de modificación:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a formaciodual.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
- Presentar un recurso a la resolución:
- Envíe el documento de recurso seleccionando el tipo de documento “Al·legacions” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a formaciodual.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- Presentar una solicitud de subrogación:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación adjuntando la solicitud cumplimentada y los documentos correspondientes. En el caso de que no exista entidad subrogante, debe presentar la solicitud mediante la petición genérica.
- Envíe un correo electrónico a formaciodual.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará la resolución correspondiente.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación
Plazos
Del 10/12/2021Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.
Si firma el formulario de aportación de documentación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.
Si firma el formulario como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el portal EACAT en el caso de entidades públicas
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate.