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  • Solicitar la visita de inspección de inicio o de finalización del plazo de garantía
11058 - Fiances de restauració de les activitats extractives Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar la visita
  2. 2. Realizar el pago
  3. 3. Consulta del estado del trámite
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
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Fianzas de restauración de las actividades extractivas

Solicitar la visita de inspección de inicio o de finalización del plazo de garantía

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Fianzas de restauración de las actividades extractivas

Solicitar la visita de inspección de inicio o de finalización del plazo de garantía

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Normativa

  • DECRETO LEY 18/2020, de 12 de mayo, de medidas urgentes en materia de urbanismo, fianzas y ambiental.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • LEY 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6094  publicado el 23/03/2012)
  • ORDEN TES/421/2012, de 12 de diciembre, por la que se establecen las especificaciones técnicas para la revisión anual del importe de las fianzas de restauración de las actividades extractivas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6278  publicado el 20/12/2012)
  • LEY 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6035  publicado el 30/12/2011)
  • DECRETO 343/1983, de 15 de julio, sobre las normas de protección del medio ambiente de aplicación a las actividades extractivas. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 381, p. 2984, de 16.11.1983).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  356  publicado el 19/08/1983)
  • LEY 12/1981, de 24 de diciembre, por la que se establecen normas adicionales de protección de los espacios de especial interés natural afectados por actividades extractivas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  189  publicado el 31/12/1981)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La fianza de restauración tiene por objeto garantizar la protección del medio ambiente y la ejecución de los trabajos de restauración incluidos en la correspondiente autorización.

La fianza que debe estar depositada se revisa anualmente para que sea proporcional al riesgo ambiental que conlleva la actividad. Esta revisión puede dar lugar a un retorno parcial o que se tenga que constituir un depósito complementario.En el transcurso  de la explotación cuando se produce una duplicidad de la fianza, por cambio de titular, cambio de aval u otros motivos, se llevarán a cabo los trámites de retorno de la fianza duplicada.

A la finalización de la actividad, la Administración debe comprobar, a instancia del titular, que la restauración se ha realizado correctamente, y que se puede iniciar el plazo de garantía establecido en la autorización, posteriormente, una vez transcurrido este plazo se debe comprobar que la restauración se ha desarrollado favorablemente y, por tanto, se puede devolver la fianza.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Canvi Climàtic i Qualitat Ambiental
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales

A personas físicas o jurídicas titulares de una autorización minera.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  1. Formulario de solicitud de visita de inspección final del 'Paso 1 Solicitar la visita'.
  2. Documento que acredite los poderes de representación (opcional).
  3. Otra documentación que considere necesaria adjuntar.

Recuerde que el tamaño máximo permitido del archivo de solicitud y los documentos adjuntos es de 100MB. Si se supera dicho tamaño, el documento anexo se le requerirá una vez enviada la solicitud. Tendrá un nuevo acceso a su Área privada para adjuntar esta documentación con un peso máximo por documento de 100MB. Pasado un día ya no la podrá adjuntar.

Requisitos
  • En las solicitudes de inicio del periodo de garantía, es necesario que se haya ejecutado el programa de restauración establecido.
  • En las solicitudes de visita, a la finalización del plazo de garantía, es necesario que haya transcurrido el periodo de garantía y, en su caso, se hayan dado cumplimiento a las condiciones adicionales impuestas.
Tasas

186,30 €

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la visita

    Este trámite solo se puede hacer por Internet.
    Al enviar el formulario tiene que identificarse con idCAT Móvil o un certificado digital de persona física, de representante legal o de persona vinculada.

    Por Internet

    Solicitud de visita de inspección final

    Iniciar . Acceder a Solicitud de visita de inspección final

    Cómo hacerlo:

    Acceda al formulario clicando en el botón "Acceder".

    Puede acceder a los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    Recuerde:

    • Debe disponer previamente de idCat Móvil o de certificado digital de persona física, de representante legal o de persona vinculada.
    • Si el formulario de solicitud de visita de inspección, con la documentación anexa, supera los 100MB, no lo podrá enviar en ese momento. Será necesario que tramite el formulario de solicitud y, una vez enviado este, se le requerirá de manera automática la documentación anexa. El peso máximo para cada uno de los documentos es de 100MB. Pasado 1 día ya no los podrá entregar.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

  2. 2

    Segundo paso

    Realizar el pago

    ¿Cómo efectuar el pago?

    ¿Cómo efectuar el pago?

    Después de enviar la solicitud le mostrará un enlace que le llevará a una página donde podrá elegir una de estas dos opciones:

    • pagar en línea con tarjeta bancaria
    • descargar la carta de pago para pagar más tarde. Este pago se puede realizar mediante la red de cajeros automáticos Servicaixa o en la web de CaixaBank
    Si ha tenido dificultades a la hora de pagar en línea o no se ha podido descargar la carta de pago puede volver a acceder a la página de pago a través de alguno de estos canales:
    • En el área privada de Canal Empresa (con IdCAT Móvil o/y certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).

    Videotutorial

  3. 3

    Tercer paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo y qué respuesta se recibe de la Administración?La Administración realiza la visita de inspección final de inicio de garantía de restauración en el plazo máximo de 2 meses desde el momento de [...]

    ¿Cuándo y qué respuesta se recibe de la Administración?
    La Administración realiza la visita de inspección final de inicio de garantía de restauración en el plazo máximo de 2 meses desde el momento de la solicitud.

    La Administración realiza la visita de inspección final de restauración y autoriza el regreso de la fianza en un plazo aproximado de 4 meses desde el momento de la solicitud.

    En ambos casos la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, o la OGAU correspondiente, comunica al solicitante la fecha de la visita de inspección. Una vez hecha la visita de inspección, la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático comunica los resultados de la misma.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?
    Las comunicaciones de la Administración serán notificadas a su dirección de correo electrónico indicando que ha recibido una notificación electrónica, a la que puede acceder: 
    1. desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso. Para poder acceder a la notificación por correo electrónico necesita el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentra el mensaje en el buzón de entrada por favor revise la carpeta de correo basura (spam).
    2. desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
    3. desde el espacio personal 'Mi carpeta' de Trámites gencat o de Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados

    Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación o rechazo. Si transcurrido este plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.

    Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que esta ha estado efectuada (practicada).

Fecha de actualización 24.03.2023
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