¿Qué tienes que saber?
A personas físicas o jurídicas que quieran establecerse como proveedoras de servicios energéticos.
Este trámite debe solicitarse en el plazo de un mes desde el momento en que se cese la actividad.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Comunicar
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que hacer el trámite por internet.
Cuando envíes el formulario te has de identificar con idCAT Mòbil o un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona física con capacidad de representación
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Mòbil o/y certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
-
3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo y cómo se recibe la respuesta?
¿Cuándo y cómo se recibe la respuesta?
En el momento de enviar el formulario, la persona que realice el trámite recibirá el acuse de recibo y una copia del formulario enviado. En ese momento, la Administración considerará que el trámite ha sido realizado.