¿Qué tienes que saber?
Es la petición para instalar una ICT (infraestructura común de telecomunicaciones) en un edificio.
- Una ICT es la instalación que, emplazada en el interior de los edificios, permite el acceso efectivo, libre y de calidad a los varios servicios de telecomunicaciones.
- Tienen que disponer de una ICT todos los edificios:
- De uso residencial o no.
- De nueva construcción o rehabilitación integral.
- Acogidos o que se tengan que acoger al régimen de propiedad horizontal, es decir, que dispongan de algún elemento común (aparcamiento, jardín, piscina, etc.).
- Los edificios que, totalmente o en parte, hayan estado o sean objeto de arrendamiento por un plazo superior en un año, salvo los que tengan una sola vivienda.
Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A petición de la empresa constructora o promotora, el Negociado de Tramitación de Telecomunicaciones expide un certificado a único efecto de acreditar que por parte de la promotora o constructora se ha presentado toda la documentación que determina el procedimiento establecido por el reglamento de las ICT. La emisión de este certificado supone el abono de la tasa correspondiente.
A la persona representante de la empresa promotora de la construcción.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Hacer la solicitud
Este trámite se puede hacer por internet sólo con certificado digital.
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2
Segundo paso
Hacer el pago
Una vez presentada la solicitud recibirá, vía telemática, una carta de pago que le permitirá efectuar el pago de la tasa.El pago de la tasa se tiene que hacer a través de la web de "La Caixa" [...]
Una vez presentada la solicitud recibirá, vía telemática, una carta de pago que le permitirá efectuar el pago de la tasa.
El pago de la tasa se tiene que hacer a través de la web de "La Caixa" clicando sobre el texto de Pagos en línea que aparece en la carta de pago en el apartado de Información económica.
La autenticación mecánica o resguardo de ingreso acredita el pago.De acuerdo con los artículos 70 y 71 de la Ley 30/1992, si, agotado el plazo, se comprueba que no se ha realizado el pago se entenderá por desistida la solicitud y se archivará el expediente.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
Una vez examinada y verificada la comunicación y pagadas las tasas, el órgano técnico entregará el certificado solicitado.
Una vez examinada y verificada la comunicación y pagadas las tasas, el órgano técnico entregará el certificado solicitado.