¿Qué tienes que saber?
El impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas tiene por objeto grabar los bienes no productivos y determinados derechos que recaen sobre estos bienes que forman parte del activo del sujeto pasivo. Es exigible en todo el territorio de Cataluña.
Este impuesto tiene dosplazos de presentación e ingreso de la autoliquidación:
- La autoliquidación correspondiente a los tres años ya devengados (2017, 2018 y 2019) se presentará e ingresar entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2019.
- Para los años posteriores, el período de presentación e ingreso de la autoliquidación es del 1 al 30 de junio siguiente a la fecha de devengo.
Organismo responsable
Son sujetos pasivos del impuesto sobre los activos no productivos, a título de contribuyentes, las personas jurídicas y las entidades que, sin tener personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición, definidas como obligados tributarios para la normativa tributaria general. En todos los casos el sujeto pasivo debe tener objeto mercantil.
Plazos de presentación e ingreso de la autoliquidación:
- La autoliquidación correspondiente a los tres años ya devengados (2017, 2018 y 2019) se presentará e ingresar entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2019.
- Para los años posteriores, el período de presentación e ingreso de la autoliquidación es del 1 al 30 de junio siguiente a la fecha de devengo.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Puede consultarse toda la información sobre el impuesto (hecho imponible y exenciones, concepto de activos no productivos, sujeto pasivo, base imponible y cuota íntegra, etc.) en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña:
Impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Autoliquidar el impuesto
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?No hay respuesta si el contribuyente efectúa correctamente el trámite.
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
No hay respuesta si el contribuyente efectúa correctamente el trámite.¿Qué respuesta se recibe?
En caso de que la liquidación sea errónea se producirá una actuación administrativa.¿Se puede presentar un recurso?
Se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al que se reciba la notificación del acto que se impugna, o, de manera alternativa al recurso, una reclamación económico-administrativa. Se puede considerar desestimado por silencio el recurso de reposición si, pasado un mes desde la presentación, la Administración no ha notificado una resolución expresa. Sin embargo, la denegación presunta no exime a la Administración de la obligación que tiene de resolver expresamente los recursos.