¿Qué tienes que saber?
Tal y como establece el artículo 95.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, las personas obligadas tributarias del impuesto de acuerdo con el artículo 91 de la misma ley, están obligados a inscribirse, con anterioridad a el inicio de su actividad, en el Registro Territorial del impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y coincineración de residuos.
De acuerdo con la Orden ACC/3/2023, la modificación de los datos y la baja del Registro Territorial y del Censo del impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y coincineración deben tramitarse igualmente por vía telemática.
Las personas inscritas deben solicitar la baja con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que dejen de concurrir las circunstancias que determinaron su inclusión.
Para las actividades que estaban en funcionamiento en fecha de publicación de la Orden ACC/3/2023, de 18 de enero de 2023, la solicitud de inscripción en el Registro Territorial de Cataluña el plazo de presentación finalizó el 17 de febrero de 2023. En caso de no haber solicitado el alta, pueden hacerlo de forma extemporánea.
Las nuevas actividades deben presentar la solicitud de alta con carácter previo a iniciar su actividad.
Las solicitudes de baja y modificación, pueden solicitarse en cualquier momento. Sin embargo, la solicitud de baja deberá presentarse con una antelación mínima de 3 meses a la fecha en que dejen de concurrir las circunstancias que determinaron su inclusión.
A las personas obligadas tributarias que, de acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular, son contribuyentes de este impuesto o sustitutos del contribuyente del impuesto.
A tal efecto, se consideran contribuyentes, las personas físicas o jurídicas y entidades que realicen el hecho imponible y, sujetos pasivos sustitutos del contribuyente del impuesto, las personas físicas o jurídicas y entidades que sean gestores de las instalaciones de depósito controlado o incineración o de coincineració de residuos, cuando sean distintos de los que realicen el hecho imponible.
Para las actividades que están en funcionamiento en fecha de publicación de la Orden ACC/3/2023, de 18 de enero de 2023, la solicitud de inscripción en el Registro territorial de Cataluña el plazo de presentación se inicia el 19 de enero de 2023 y finalizará el 17 de febrero de 2023 (incluido).
Para las nuevas actividades debe presentarse cuando se entra en funcionamiento.
Las solicitudes de baja y modificación, pueden solicitarse en cualquier momento. Sin embargo, la solicitud de baja deberá presentarse con una antelación mínima de 3 meses a la fecha en que dejen de concurrir las circunstancias que determinaron su inclusión.
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Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo puede realizarse por internet. Para tramitar la solicitud es necesario tener un certificado digital o el idCAT Móvil.