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  • Instalaciones de transporte por cable
  • Comunicar una modificación no substancial
3700 - Instal·lacions de transport per cable Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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  • Documentación
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Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar
  2. 2. Consultar la comunicación presentada
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
  4. 4. Comunicar la finalización de la modificación
  • Ir a: Comunicar una modificación no substancial
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  • Ir a: Plazos
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Instalaciones de transporte por cable

Comunicar una modificación no substancial

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Normativa

  • Reglamento (UE) 2016/424 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las instalaciones de transporte por cable y por el que se deroga la Directiva 2000/9/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 81  publicado el 31/03/2016)
  • DECRETO 152/2010, de 2 de noviembre, de desarrollo de la Ley 12/2002, de 14 de junio, del transporte por cable.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5753  publicado el 11/11/2010)
  • LEY 12/2002, de 14 de junio, del transporte por cable.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3665  publicado el 27/06/2002)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

La empresa que quiera construir, poner en servicio y explotar una instalación de transporte por cable de personas, debe:

Solicitar a la Administración la autorización para:

  • Construir la instalación. Será necesaria la aprobación del proyecto correspondiente por la Administración.
  • Iniciar la explotación.
  • Modificar la instalación, si la modificación es substancial.

Comunicar a la Administración:

  • Las modificaciones no sustanciales.
  • Las actas e informes.
  • Los informes de accidentes o incidentes.
  • Otras informaciones sobre la explotación de la instalación.

Este trámite solo puede hacerse por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Es una modificación sustancial aquella que pone en cuestión de manera significativa las características principales de la instalación, el emplazamiento, la naturaleza de la obra civil o la capacidad de transporte.

La dirección general competente en materia de transporte por cable puede calificar la modificación de sustancial, sin perjuicio de que, en caso de duda, se puedan requerir los informes técnicos que resulten necesarios emitidos por un experto independiente designado por la dirección general competente en materia de transporte por cable.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Secretaria de Mobilitat i Infraestructures

Otros organismos relacionados

  • Direcció General de Transports i Mobilitat
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A personas jurídicas. 

Plazos

Se debe presentar la comunicación dos meses antes del inicio de los trabajos.

Documentación
Debe presentar la documentación técnica correspondiente explicativa de la modificación, que incluya como mínimo el análisis de seguridad y el informe de seguridad, destinados a determinar los constituyentes de seguridad de la parte modificada de la instalación.
 
La dirección general competente podrá requerir los informes técnicos que considere necesarios en atención a las características específicas de la modificación y su compatibilidad con la instalación.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.
    Debes disponer de un certificado digital. Ten en cuenta que en el caso de que seas la persona representante, la opción de certificado digital con la que debes firmar ha de ser SIG.

    Por Internet

    Formulario

    Iniciar . Acceder a Formulario

    Ten en cuenta que:

    • Debes adjuntar al formulario los documentos que se especifican en el apartado "Documentación".
    • Una vez enviado el formulario, recibirás un correo electrónico con el código identificador (ID) del trámite. Con este dato podrás hacer el seguimiento.
    • Más información: Soporte a la tramitación por internet y en los vídeos tutoriales de Canal Empresa.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Soporte a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar la comunicación presentada

    Puedes acceder a la comunicación que has enviado y al recibo de registro de entrada por alguno de estos canales:

    Puedes acceder a la comunicación que has enviado y al recibo de registro de entrada por alguno de estos canales:

    • En Canal Empresa (con idCAT Mòbil/o certificado digital) 
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    El trámite se considera efectuado una vez has presentado la comunicación.

    El trámite se considera efectuado una vez has presentado la comunicación.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración te enviará una notificación por:

    • Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en la solicitud, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido dicho plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que la has rechazado.
        • Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
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    Cuarto paso

    Comunicar la finalización de la modificación

    Una vez terminadas las modificaciones, debes comunicarlo a la Administración.

    Una vez terminadas las modificaciones, debes comunicarlo a la Administración.

    La Administración generará un requerimiento de documentación en el área privada del expediente para que, una vez finalice la modificación, puedas enviar el formulario de comunicación de finalización de la modificación y la documentación acreditativa de la finalización. 

    Para acceder a la carpeta del expediente puedes hacerlo desde el Área privada de Trámites gencat o el Área privada de Canal Empresa, mediante:

    • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
    • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitas el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicaste al ser notificado
Fecha de actualización 21.04.2026
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