¿Qué tienes que saber?
Cualquier persona física o jurídica que quiera navegar por ríos o embalses es necesario que disponga de una declaración responsable de navegación presentada y validada por Agencia Catalana del Agua.
Asimismo, hay actividades relacionadas con la navegación que también requieren de una declaración responsable.
Por lo tanto, las actividades sometidas al régimen jurídico de la declaración responsable son:
- La navegación de particulares, o bien de clubes deportivos, empresas o federaciones
- La celebración de pruebas deportivas u otras actividades de navegación de carácter lúdico y esporádico.
- La flotación fluvial para el transporte de madera
- El establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos que tengan la consideración de desmontables
- La instalación de rampas, cables y otras instalaciones precisas para la navegación o complementarias del mismo que tengan la consideración de desmontables
En cambio, las actividades sometidas a autorización administrativa previa son:
- Otras actividades no indicadas, así como las indicadas que por su especial intensidad puedan afectar a la utilización del recurso por terceros.
- La navegación que consista en el transporte de pasajeros (cuando la embarcación tenga la capacidad de albergar al tiempo un número superior a 12 pasajeros sin contar con la tripulación correspondiente).
- El establecimiento de zonas de baños o zonas recreativas y deportivas.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tenéis que tramitar por internet.
A las personas físicas (ciudadanos) os aconsejamos la tramitación por internet para evitar desplazamientos en las oficinas.
Hace falta que firméis el formulario principal con un certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada
Los entes locales no tenéis que utilizar el modelo publicado en esta web, tenéis que descargarlo y tramitarlo desde el EACAT.
Cualquier persona física, jurídica o administración.
La renuncia a la declaración responsable de navegación se puede presentar en cualquier momento de la vigencia de la declaración responsable.
no es necesaria documentación adicional
Requisitos informativos
La solicitud de renuncia a la declaración responsable de navegación debe presentarla el titular de la declaración responsable a la que se quiere renunciar.
No hay tasa asociada a este trámite
La solicitud, la encontraréis en el Paso 1 (Solicitar), clicando en "Por internet" o "Presencialmente" según proceda.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Presentar la solicitud de renuncia
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
El plazo legal máximo para resolver sobre la renuncia es de 6 meses desde su presentación.
¿Qué respuesta se recibe?
Resolución de aceptación de la renuncia.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Si el trámite se ha efectuado por internet recibiréis una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM. Para más información consulte la página de apoyo a la notificación electrónica.
Si sois un particular y habéis tramitado presencialmente o por correo ordinario recibiréis la notificación a la dirección postal que consta en el formulario de solicitud.
¿Se puede presentar un recurso?
Sí. Contra la Resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo con lo que dispone el artículo 9.4 del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el director de la Agencia Catalana del Agua, dentro del plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la recibida de la presente notificación (Artículos 123 y 124 Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, sin perjuicio de que interponga cualquier otro recurso que estime oportuno.
-
3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
-A Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital) si sois autónomo, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
-A Área privada (con idCAT Móvil o/y certificado digital), si sois un particular.
-En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
-En las oficinas de la ACA.