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  • Obras en dominio público hidráulico y / o zona de policía
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Normativa

  • REAL DECRET 1/2016, de 8 de gener, pel que s’aprova la revisió dels Plans Hidrològics de les demarcacions hidrogràfiques del Cantàbric Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, i de la part espanyola de las demarcacions hidrogràfiques del Cantàbric Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana i Ebre

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Directiva 2000/60/CE del Parlament Europeu i del Consell, de 23 d’octubre de 2000, pel que s’estableix un marc comunitari d’actuació en l’àmbit de la política d’aigües

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Llei 10/2001, de 5 de juliol, del Pla Hidrològic Nacional

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  176  publicado el 24/07/2001)
  • Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, que aprueba el Reglamento de dominio público hidraulico, que desarrolla los tít. Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto de 1985, de Aguas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  103  publicado el 30/04/1986)
  • DECRETO 1/2017, de 3 de enero, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2016¿2021.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7281  publicado el 05/01/2017)
  • DECRETO 328/1988, de 11 de octubre, por el que se establecen normas de protección y adicionales en materia de procedimiento en relación con varios acuíferos de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1074  publicado el 28/11/1988)
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5161  publicado el 27/06/2008)
  • DECRETO 380/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la planificación hidrológica.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4740  publicado el 16/10/2006)
  • DECRETO 31/2009, de 24 de febrero, por el que se delimita el ámbito territorial del Distrito de Cuenca Hidrográfica o Fluvial de Cataluña y se modifica el Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006, de 10 de octubre.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5328  publicado el 27/02/2009)
  • DECRETO LEGISLATIVO 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4015  publicado el 21/11/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Es una autorización administrativa para llevar a cabo cualquier obra o actividad que comporte la ocupación o el uso (dentro o encima) del dominio público hidráulico (DPH), de la zona de servidumbre (ZS), o de la zona de policía de cauces (ZP).  Si crees que este es tu caso, consulta el esquema y las definiciones de la zonificación del espacio fluvial

Esta autorización también se puede obtener mediante una declaración responsable, para determinadas actividades o usos considerados menores. Puedes consultar las tipologías que entran en este tipo de trámite simplificado en este enlace https://aca.gencat.cat/ca/tramits/Obres-i-activitats-en-domini-public-hidraulic-i-en-zona-de-policia-de-lleres?moda=7

 

Las modalidades de las obras o actividades son:

  1. Declaración responsable para:
    1. Actuaciones relacionadas con líneas eléctricas y de telecomunicaciones en ZP, así como de su mantenimiento en DPH.
    2. Actuaciones menores en DPH y en ZP.
    3. Pastos en DPH.
  2. Autorizaciones para:
    1. Obras en DPH o ZP, incluyendo las realizadas en embalses, en su presa o en instalaciones asociadas.
    2. Cruces aéreos y subterráneos de conducciones de servicios o nuevas líneas eléctricas en DPH.
    3. Talas y plantaciones de especies leñosas en DPH.
    4. Extracciones de áridos con aprovechamiento económico en DPH (sin uso exclusivo) o en ZP.
    5. Actividades diversas en DPH o ZP.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben hacer el trámite por internet.

A las personas físicas (particulares), os aconsejamos hacer el trámite por internet para evitar desplazamientos a las oficinas.

Debe firmar el formulario principal con un certificado digital de persona física, persona jurídica o persona vinculada.

Los entes locales NO deben utilizar el modelo publicado en esta web. Tenéis que descargar y tramitar el modelo que encontraréis en EACAT.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència Catalana de l'Aigua (ACA)
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Otras administraciones

Ciudadanía

Empresas y profesionales

Otras administraciones

Plazos
Podéis solicitar este trámite en cualquier momento, antes de iniciar la actuación.
Documentación

Obligatoria:

 

  • Memoria o proyecto según se indica en este documento.

 

Condicionado:

 

  1. Acreditación de la propiedad. Es necesaria cuando los terrenos están situados en zona de policía o cuando la actuación pretende recuperar terrenos que limitan con el DPH.
  1. Si la finca tiene varios propietarios o usufructuarios, es necesario presentar un escrito firmado por todas las personas implicadas, autorizando a la persona que hace la petición del aprovechamiento.
  1. Si la persona que hace la petición actúa en representación de una empresa propietaria de los terrenos, hay que acreditar el nombramiento y otorgamiento de poderes.
  1. Por obras situadas en zonas inundables o de flujo preferente en las cuencas intercomunitarias (Ebro, Júcar y Garona), hay que enviar la Declaración responsable por riesgo de inundación según el modelo del Ministerio español:
    • Descargar, rellene, imprimí y firmad el documento en formato PDF.
    • Podéis utilizar la herramienta Signasuite del Consorcio AOC para hacer la firma electrónica.

 

OBSERVACIONES:

 

  1. Para saber a qué demarcación territorial de la ACA pertenece el municipio de la actuación o si está en una cuenca intercomunitaria, consulte el listado de municipios por demarcación.
  1. En el caso de que sea necesario aportar un estudio de inundabilidad o justificación hidráulica, serán de referencia los caudales para diferentes periodos de retorno que la ACA tiene publicados en su Visor dentro de la cobertura de caudales normalizados. Puede consultar más información en el enlace Gestio de la inundabilidad
  1. Si la actuación debe tener lugar en una zona inundable o de flujo preferente y ello no se ha indicado en el formulario de solicitud, la ACA podrá requerir la Declaración responsable por riesgo de inundación. Los formularios disponibles son:
  • Conchas de caracola internas
  • Cuencas intercomunitarias (Ebro, Júcar y Garona). Descargar, rellene, imprimí y firmad el documento en formato PDF. Podéis utilizar la herramienta Signasuite del Consorcio AOC para hacer la firma electrónica.

 

  1. Consulte las instrucciones y otras consideraciones sobre la Declaración Responsable por riesgo de inundación.

Si el tamaño del documento no permite el envío, consulte la guía para enviar documentos pesados de la ACA.

Requisitos

Interesados o representantes con acreditación.

Tasas

Podéis solicitar este trámite en cualquier momento, antes de iniciar la actuación.

Otras informaciones

¿Cuál es la duración de la autorización?

La autorización estará vigente durante el período que se indique en la resolución de la solicitud.

 

¿Qué visores geográficos se pueden utilizar para obtener información sobre estas obras?

  • Visor de l’ACA
  • SITEbro

 

¿En qué casos una actuación está sometida al trámite de información pública?

La actuación puede estar sometida al trámite de información pública, de acuerdo con el RDPH, y los gastos derivados de su gestión van a cargo de la persona interesada.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    ¡MUY IMPORTANTE!

     

    • Para realizar este trámite, tenéis que utilizar un formulario específico de uso obligatorio. Lo encontraréis bajo la opción de presentación que elija para hacerlo.
    • Antes de empezar el trámite, os recomendamos que consultes el Portal de soporte a la tramitación.
    • No tenéis que firmar el formulario, pero os tenéis que identificar para enviarlo. Los métodos para hacerlo son 
      • idCATMòvil (Sólo para personas físicas)
      • Certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.

    Por Internet

    Formulario de solicitud para ciudadanos y empresas

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud para ciudadanos y empresas

    Formulario de solicitud para los entes adheridos a EACAT

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud para los entes adheridos a EACAT

    Presencialmente

     

    • Cumplimente el formulario de solicitud, imprimámoslo y sigalo.

            Adjunte la documentación necesaria (si es vuestro caso).

     

    • Presente la solicitud y la documentación necesaria en los puntos de tramitación que se indican a continuación.

            (También la podéis presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, en relación          con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.)

    Formulario

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Agència Catalana de l'Aigua (ACA) . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de Lleida de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de Tarragona de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Demarcació Territorial de les Terres de l'Ebre de l'Agència Catalana de l'Aigua . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a la Cerdanya . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana del Districte Administratiu . Abrir en una nueva ventana.

    Por correo postal

    Esta opción sólo es válida para las personas físicas.

    Puede enviarse la documentación por correo ordinario a las direcciones de las entidades que se indican en el apartado "Presencialmente".

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cómo recibiréis la respuesta? 

    ¿Cómo recibiréis la respuesta? 

    Si habéis hecho el trámite por internet, recibiréis una notificación electrónica. Puede acceder al contenido de la notificación a través del servicio e-NOTUM.

    Si necesitas más información, podéis consultar la página de soporte a la notificación electrónica.

    Si eres un particular y has hecho el trámite presencialmente o por correo ordinario, recibirás la notificación a la dirección postal que has indicado en el formulario de solicitud.

     

    ¿Cuándo recibiréis la respuesta de la Administración? 

    El plazo legal para decidir sobre las solicitudes es de 6 meses, pero siempre intentamos que sea más corto.

     

    ¿Puede presentar un recurso? 

    Sí, contra la resolución, que agota la vía administrativa, podéis presentar un recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado la resolución.

  3. 3

    Tercer paso

    Emisión de la tasa

    La resolución que recibirá vendrá acompañada de una carta de pago con las instrucciones necesarias para hacerlo efectivo.

    La resolución que recibirá vendrá acompañada de una carta de pago con las instrucciones necesarias para hacerlo efectivo.

  4. 4

    Cuarto paso

    Consultar el estado del trámite

    Podéis consultar el estado del trámite:

    Podéis consultar el estado del trámite:

    -En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital) si sois autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.

    -En Área privada (con idCAT Móvil o/y certificado digital), si sois un particular.

    -En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)

    -En las oficinas de la ACA.

     

Fecha de actualización 11.01.2022
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