¿Qué tienes que saber?
Es una autorización administrativa para llevar a cabo cualquier obra o actividad que comporte la ocupación o el uso (dentro o encima) del dominio público hidráulico (DPH), de la zona de servidumbre (ZS), o de la zona de policía de cauces (ZP). Si crees que este es tu caso, consulta el esquema y las definiciones de la zonificación del espacio fluvial
Esta autorización también se puede obtener mediante una declaración responsable, para determinadas actividades o usos considerados menores. Puedes consultar las tipologías que entran en este tipo de trámite simplificado en este enlace https://aca.gencat.cat/ca/tramits/Obres-i-activitats-en-domini-public-hidraulic-i-en-zona-de-policia-de-lleres?moda=7
Las modalidades de las obras o actividades son:
- Declaración responsable para:
- Actuaciones relacionadas con líneas eléctricas y de telecomunicaciones en ZP, así como de su mantenimiento en DPH.
- Actuaciones menores en DPH y en ZP.
- Pastos en DPH.
- Autorizaciones para:
- Obras en DPH o ZP, incluyendo las realizadas en embalses, en su presa o en instalaciones asociadas.
- Cruces aéreos y subterráneos de conducciones de servicios o nuevas líneas eléctricas en DPH.
- Talas y plantaciones de especies leñosas en DPH.
- Extracciones de áridos con aprovechamiento económico en DPH (sin uso exclusivo) o en ZP.
- Actividades diversas en DPH o ZP.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben hacer el trámite por internet.
A las personas físicas (particulares), os aconsejamos hacer el trámite por internet para evitar desplazamientos a las oficinas.
Debe firmar el formulario principal con un certificado digital de persona física, persona jurídica o persona vinculada.
Los entes locales NO deben utilizar el modelo publicado en esta web. Tenéis que descargar y tramitar el modelo que encontraréis en EACAT.
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Otras administraciones
La declaración responsable debe presentarse con una antelación mínima de quince días hábiles antes de iniciar la actividad en cualquier registro habilitado.
Las declaraciones responsables se tramitarán en la demarcación territorial correspondiente.
Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la presentación de la declaración responsable, el declarante puede ejercer su actividad a menos que haya recibido una resolución expresa denegatoria para ejercer aquella actividad.
El plazo máximo para realizar las actuaciones y que debe hacerse constar en la declaración responsable es de tres meses.
Finalizado el plazo para ejecutar las actuaciones indicado en la declaración responsable el titular debe presentar una nueva declaración responsable tanto por si quiere continuar ejerciendo la actividad como si no se hubiera llevado a cabo la actividad en el plazo declarado.
-
Memoria descriptiva de la actividad
Donde se incluirá la justificación de la actuación indicando métodos de ejecución y equipos, indicación de los accesos a la obra, gestión de residuos producidos, referencia catastral, etc. -
Plano de planta y perfil
A escala adecuada, donde queden referenciados los márgenes del cauce y la superficie de la actuación -
Informe del órgano ambiental
Si se dispone, en caso de actuación en zona protegida -
Acreditación de la representación
Acreditación de la representación -
Otra documentación acreditativa
Otra documentación acreditativa
-
Documentación que debe acompañar a la solicitud, la cual encontraréis en el Paso 1 (Solicitar), clicando a "por internet" o "presencialmente" según proceda.
Es necesario que informe la demarcación territorial en el formulario.
- Hay que tener en cuenta que en caso de que la actuación sea en un municipio perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) o la Confederación hidrográfica del Júcar (CHJ), deberá dirigirse a su web para presentar la solicitud.
-
NOTAS:
- Para saber la demarcación territorial de la ACA a la que pertenece el municipio de la actuación o si está en una cuenca intercomunitaria consulte el listado de municipios por demarcación.
- Las coordenadas UTM se pueden obtener con el Visor cartográfico de la ACA. Para facilitar la cumplimentación de las coordenadas UTM que se piden en el formulario se puede consultar la Guía para usuarios no expertos para la obtención de las coordenadas UTM que se piden en los formularios de la Agencia Catalana del Agua.
- En caso de que el tamaño del documento no permita el envío, consulte la guía para el envío de documentos pesados.
- Instrucciones para rellenar declaración responsable para actuaciones relacionadas con líneas eléctricas y de telecomunicaciones en zona de policía y/o de su mantenimiento en dominio público hidráulico.
Requisitos informativos
-
Informació que cal tenir en compte alhora de fer el tràmit:
En caso de actuaciones en espacios protegidos habrá que pedir autorización excepto si se aporta informe de la autoridad competente.
En caso de nuevas actuaciones que afecten al dominio público hidráulico como cruces aéreos o subterráneos, también será necesario solicitar autorización.
El formulario para solicitar la autorización encuentra en la página de Obras y actividades en Dominio Público Hidráulico y/o en Zona de Policía.
Durante la ejecución de la actuación, habrá que respetar siempre los cinco metros de la zona de servidumbre.
No se deben pagar tasas para este trámite.
1. Actuaciones en zona de policía (fuera de la zona de servidumbre)
a) Obras de infraestructuras y redes públicas de telecomunicaciones que no alteren la sección de desagüe, y en particular, canalizaciones subterráneas o despliegues aéreos realizados de conformidad con la legislación de telecomunicaciones. (artículo 78.bis h).
b) Actuaciones en líneas eléctricas nuevas o existentes relacionadas con aquellas obras que no modifiquen el relieve natural ni la rasante del terreno ni supongan reducción de la capacidad de desagüe y aquellas relacionadas con trabajos de mantenimiento, reparación y actualización tecnológica y otros servicios con afecciones similares y en especial, de la vegetación existente bajo ellas. (artículo 78.bis h y 78 bis c).
2. Actuaciones en zona de dominio público hidráulico (cauce)
Actuaciones en líneas eléctricas existentes relacionadas con trabajos de mantenimiento, reparación y actualización tecnológica y otros servicios con afecciones similares y en especial, de la vegetación existente bajo ellas. (artículo 52.1 b).
ATENCIÓN!
Artículo 51 bis, 1 del RDPH: No será necesario presentar declaración responsable ni autorización en los casos de trabajos de mantenimiento, reparación y actualización tecnológica de redes públicas de comunicaciones electrónicas, de naturaleza fija o móvil, incluidas las estaciones radioeléctricas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.11 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Presentar la declaración
¡MUY IMPORTANTE!
¡MUY IMPORTANTE!
- Para realizar este trámite, tenéis que utilizar un formulario específico de uso obligatorio. Lo encontraréis bajo la opción de presentación que elija para hacerlo.
- Antes de empezar el trámite, os recomendamos que consultes el Portal de soporte a la tramitación.
- No tenéis que firmar el formulario, pero os tenéis que identificar para enviarlo. Los métodos para hacerlo son
- idCATMòvil (Sólo para personas físicas)
- Certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuando se recibe respuesta de la Administración?
¿Cuando se recibe respuesta de la Administración?
Transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la presentación de la declaración responsable, el declarante podrá ejercer su actividad a menos que haya recibido una resolución expresa denegatoria para ejercer aquella actividad.
¿Qué respuesta se recibe de la Administración?
En caso de incompatibilidad del contenido de la declaración responsable con la protección y las finalidades del dominio público hidráulico, en el mismo plazo la Agencia Catalana del Agua notificará al declarante, mediante resolución y de forma motivada, la imposibilidad de llevar a cabo esta actividad
Como se recibe la respuesta?
Si el trámite se ha efectuado por internet recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM. Para más información consultar la página de apoyo a la notificación electrónica.
¿Se puede presentar un recurso?
Sí. Contra la Resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo con lo que dispone el artículo 9.4 del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el director de la Agencia Catalana del Agua, dentro del plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de la recibida de la presente notificación (Artículos 123 y 124 Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, sin perjuicio de que interponga cualquier otro recurso que estime oportuno.
-
3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Podéis consultar el estado del trámite:
Podéis consultar el estado del trámite:
-En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital) si sois autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
-En Área privada (con idCAT Móvil o/y certificado digital), si sois un particular.
-En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
-En las oficinas de la ACA.