¿Qué tienes que saber?
Es una ayuda para personas de entre 18 y 65 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, que no disponen de recursos económicos suficientes y que no han cotizado el tiempo suficiente en la Seguridad Social para poder cobrar una pensión contributiva.
El importe mínimo de esta ayuda es de 157,20 € y el máximo de 628,80 €, y se abona en 14 mensualidades al año.
Si se tiene un grado de discapacidad igual o superior al 75% y se reconoce la necesidad de apoyo de otra persona para las actividades básicas del día a día, la pensión se incrementa en un 50% sobre el importe máximo.
La cuenta bancaria donde quieras recibir la pensión debe constar en la lista de entidades bancarias colaboradoras.
A las personas de nacionalidad española y a las personas extranjeras con residencia legal que cumplan los requisitos.
La puedes solicitar en cualquier momento.
Datos de la persona solicitante
- Residencia: certificados de empadronamiento de los municipios donde has residido dentro del territorio español.
- Discapacidad: certificado de reconocimiento del grado de discapacidad (solo debes aportarlo si se ha emitido fuera de Catalunya).
- Representante legal (si la persona solicitante está legalmente incapacitada):
- Sentencia de incapacitación.
- Documento que acredite la aceptación de la tutela (si procede).
- Convivencia: certificado de convivencia actualizado expedido en los últimos tres meses (solo debes aportarlo si no autorizas que el Departamento realice la consulta correspondiente).
- Datos bancarios: documento en el que conste el número de cuenta donde quieres cobrar la prestación. Debes ser titular de la cuenta.
Datos personales, familiares y económicos de la persona solicitante y del resto de convivientes
- Separación o divorcio: sentencia de divorcio o separación y convenio regulador.
- Pensiones de otros países: certificado del organismo competente del país de origen donde conste si eres o no pensionista. En caso afirmativo, debe indicarse el importe mensual y el número de pagos anuales recibidos.
- Pensiones de organismos privados: certificado donde conste el importe mensual y el número de pagos anuales recibidos.
- Trabajo por cuenta ajena: nóminas del año actual. Debe quedar claro el número de pagos anuales.
- Trabajo como autónomo: declaraciones trimestrales de ingresos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al año actual.
- Incapacidad temporal: certificado de la entidad pagadora de la prestación de incapacidad temporal.
- Datos adicionales: cualquier otro documento que acredite la situación personal, familiar y económica (informe de servicios sociales, etc.).
Requisitos generales
- Tener entre 18 y 65 años en el momento de presentar la solicitud.
- Tener residencia legal en España en el momento de la solicitud.
- Además, haber residido legalmente en España durante al menos 5 años; 2 de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
Requisitos económicos
- No tener ingresos iguales o superiores a 8.803,20 € anuales.
- Las personas convivientes — cónyuge o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, es decir: padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos — tampoco pueden superar el límite de ingresos establecido.
Se considera ingreso cualquier renta de trabajo, de capital, de bienes inmuebles, de prestaciones o pensiones, etc.
Este trámite es gratuito.
¿Qué obligaciones tendrás cuando recibas la pensión no contributiva?
- Cambios en tus circunstancias personales
- Comunícanos, mediante una petición genérica, cualquier cambio respecto a: personas con las que convives; residencia; recursos económicos.
- Dispones de 30 días para hacerlo desde que se produzca el cambio.
- Cambio de domiciliación bancaria
- Comunícanos, mediante una petición genérica, si deseas cambiar la cuenta corriente en la que cobras la prestación.
- Deberás adjuntar a la petición el formulario de solicitud de transferencia bancaria con los datos bancarios completos y sin enmiendas. Este documento debe estar sellado por la entidad bancaria.
- Declaración individual del pensionista
- Durante el primer trimestre de cada año, debes presentar la declaración individual del pensionista.
Traslado de expediente
Si te vas a vivir a otra comunidad autónoma, puedes solicitar el traslado de tu expediente de PNC desde Cataluña o desde la comunidad de destino.
Si deseas hacerlo en Cataluña, solicítalo mediante una petición genérica. Indica en la petición tu domicilio de origen y el de destino.
Compatibilidades
Esta prestación no es compatible con:
- El Fondo de Asistencia Social (FAS) por vejez o enfermedad.
- El subsidio de garantía de ingresos mínimos.
- El subsidio de asistencia de tercera persona de la LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido).
- La prestación económica por hijo a cargo de la Seguridad Social.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Pide la pensión
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2
Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite a través de estos canales:
Puedes consultar el estado del trámite a través de estos canales:
- Área privada (con el idCAT Mòbil o el certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo y qué respuesta recibirás?
¿Cuándo y qué respuesta recibirás?
El plazo máximo para notificar la resolución es de 90 días. Si transcurrido este tiempo no la recibes, considera que tu solicitud ha sido desestimada.
¿Y si no estás de acuerdo con la resolución?
Si recibes una resolución y no estás de acuerdo, puedes presentar una reclamación previa. Tienes 30 días a partir del día siguiente de recibir dicha notificación.