¿Qué tienes que saber?
Es una ayuda para personas mayores de 65 años que no disponen de recursos económicos suficientes y que no han cotizado el tiempo necesario a la Seguridad Social para poder cobrar una pensión contributiva.
El importe mínimo de esta ayuda es de 157,20 € y el máximo de 628,80 €, y se pagan 14 mensualidades al año.
Consulta las hojas informativas:
A las personas de nacionalidad española y a las personas extranjeras con residencia legal que cumplan los requisitos.
Un mes desde el día en que recibes la notificación de la resolución.
- Documentación que acredite las alegaciones presentadas en la reclamación.
- Si eres el representante legal de la persona que quiere ser beneficiaria de la prestación, debes presentar el documento acreditativo de la representación legal.
Si presentas tu reclamación en una oficina, no olvides llevar tu documento de identidad para identificarte.
Para presentar una reclamación, debes tener la resolución de la pensión no contributiva por jubilación (notificada durante el último mes).
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Presenta una reclamación previa
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2
Segundo paso
Responde los requerimientos
Si recibes un requerimiento, puedes responderlo haciendo clic en el enlace que incluye dicho requerimiento. Si lo has recibido en papel, copia el enlace en el navegador. Para acceder al formulario, [...]
Si recibes un requerimiento, puedes responderlo haciendo clic en el enlace que incluye dicho requerimiento. Si lo has recibido en papel, copia el enlace en el navegador. Para acceder al formulario, tendrás que identificarte con tu certificado digital.
Si necesitas ayuda para responder al requerimiento, te recomendamos que pidas cita, mediante este enlace o llamando al teléfono 012, para evitarte tiempos de espera y asegurar la disponibilidad de la oficina para esta gestión.Debes tener un certificado digital o el idCAT Mòbil.
- Consulta las condiciones técnicas para tramitar online (Soporte a la tramitación)
- Consulta cómo resolver errores de tramitación
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3
Tercer paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo y qué respuesta recibirás?
¿Cuándo y qué respuesta recibirás?
La Administración tiene 3 meses para notificarte la resolución desde el día siguiente a la fecha en que presentas la reclamación.
Si pasado este tiempo no la recibes, considera que tu reclamación ha sido desestimada.
¿Puedes presentar un recurso en contra?
No. Cuando finaliza la vía administrativa, solo puedes recurrir ante la jurisdicción social, de acuerdo con la legislación aplicable.