¿Qué tienes que saber?
Con el objetivo de evitar o reducir los efectos de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles, las instalaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 117/2003, deben enviar cada año a la administración los datos necesarios para poder comprobar el cumplimiento de las obligaciones y requisitos establecidos en la Normativa. Esta información podrá facilitarse mediante el Plan de gestión de disolventes.
- Los establecimientos industriales que desarrollan determinadas actividades con consumo de disolventes en su proceso.
- Los establecimientos industriales o comerciales que hacen limpieza en seco (tintorerías).
Es necesario adjuntar la información de las corrientes de entrada y salida de disolventes siguiendo las indicaciones incluidas en la aplicación:
- Justificación numérica de las entradas de disolventes I1, I2 (por ejemplo con la hoja de cálculo empleada)
- Si no se han presentado con anterioridad, informes completos de las actuaciones de control reglamentario (resultados, actas y anexos) de carbono orgánico total y sustancias CMRs (en su caso)
- Registro de emisiones en continuo (en su caso)
Justificación numérica de las salidas de disolventes O5, O6, O7, O8 (por ejemplo con la hoja de cálculo empleada) - Informe sobre el contenido de disolventes en los residuos
- Análisis de disolventes contenidos en los productos
- Informe sobre el equipo de depuración utilizado con sus principales características (modelo, fabricante, eficacia de reducción de COVs).
Los establecimientos deben conservar la información utilizada para elaborar el Plan de gestión de disolventes para que pueda ser contrastada en cualquier momento. En concreto, la siguiente documentación debe estar a disposición de la Administración o bien de las entidades habilitadas durante los controles periódicos.
Si no ha presentado la declaración obligatoria del último ejercicio, póngase en contacto con el Servicio de Vigilancia y Control del Aire, a través de la dirección de correo electrónico emissions.accioclimatica@gencat.cat y/o en el teléfono 93 444 5000.
- Desarrollar una de les actividades incluidas en el anexo I del Real decreto 117/2003.
- El consumo de disolventes anual debe superar los límites establecidos en su anexo II.
- Manual de usuario.
- Herramienta de cálculo del peso molecular y número de carbonos medio ponderado.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar el Plan (Establecimientos Industriales)
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
Una vez revisada la declaración anual del plan de gestión de disolventes, la Administración le enviará un correo electrónico con la validación de la declaración. En caso contrario, se rechazará el trámite especificando el motivo.