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  • Presentación de recibos para resoluciones favorables
9077 - Prestacions econòmiques d'especial urgència per a l'habitatge Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Prestaciones económicas de especial urgencia para la vivienda

Presentación de recibos para resoluciones favorables

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Normativa

  • Resolución TER/1017/2025, de 13 de marzo, de modificación de la Resolución TER/4481/2023, de 21 de diciembre, por la que se establecen las condiciones de acceso a las prestaciones económicas de especial urgencia, para afrontar situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda, y el procedimiento para concederlas

  • RESOLUCIÓ TES/126/2021, de 15 de gener, per la qual s'estableixen les condicions d'accés a les prestacions econòmiques d'especial urgència, per afrontar situacions d'emergència en l'àmbit de l'habitatge, i el procediment per concedir-les

    . Abrir en una nueva ventana.
  • RESOLUCIÓN TER/4481/2023, de 21 de diciembre, por la que se establecen las condiciones de acceso a las prestaciones económicas de especial urgencia, para afrontar situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda, y el procedimiento para concederlas (ref. BDNS 739780).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9084  publicado el 22/01/2024)
  • LEY 4/2016, de 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7276  publicado el 29/12/2016)
  • LEY 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6928  publicado el 05/08/2015)
  • DECRETO 75/2014, de 27 de mayo, del Plan para el derecho a la vivienda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6633  publicado el 29/05/2014)
  • LEY 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5123  publicado el 02/05/2008)
  • LEY 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4990  publicado el 18/10/2007)
  • LEY 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5044  publicado el 09/01/2008)
  • LEY 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4691  publicado el 04/08/2006)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Son prestaciones económicas de especial urgencia, para afrontar situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda.

La finalidad de estas prestaciones es posibilitar:

  • La permanencia en la vivienda de la persona solicitante y de su unidad de convivencia.
  • El acceso a una nueva vivienda, por pérdida de la vivienda habitual.

Se otorgan fruto de una mediación social y seguimiento de carácter personal y se conceden a fondo perdido.

Para presentar los recibos pendientes para resoluciones favorables de:

  • la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler o
  • una prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda o
  • la renovación de cualquiera de las dos anteriores.

puede acceder a este apartado Presentación de recibos

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de l'Habitatge de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A personas físicas residentes en Cataluña, con unos ingresos de la unidad de convivencia que no superen los límites establecidos en la Resolución TER/4481/2023 de 21 de diciembre, modificada por la Resolución TER/1017/2025 de 13 de marzo, y que se encuentren en riesgo de exclusión social residencial para:

  • Deudas de impago de:
    • Rentas de alquiler
    • Cuotas hipotecarias
  • Pérdida de la vivienda habitual
  • Renovaciones de las prestaciones complementarias para dar continuidad al pago del alquiler y la prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda, obtenidas al amparo de la Resolución TES/126/2021 de 15 de enero, así com en virtud de las nuevas condiciones de acceso que acontezcan, segun los limites temporales establecidos en la la Resolución TES/4481/2023, de 21 de diciembre, modificada por la Resolución TER/1017/2025 de 13 de marzo.
    • Las personas que tuvieron una resolución favorable de la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler o la prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda, obtenidas al amparo de la Resolución TES/4481/2023, de 21 de diciembre, modificada por la Resolución TER/1017/2025 de 13 de marzo.
Plazos

Los recibos del período de enero a septiembre del año de la concesión de la prestación deben justificarse, como máximo, el día quince del mes de diciembre del mismo año.

Los recibos de octubre, noviembre y diciembre del año de la concesión de la prestación deben justificarse, como máximo, el día quince del mes de marzo del año siguiente.

Documentación

Se deben adjuntar los recibos de los meses para los cuales tenéis concedida la prestación.

Requisitos

Tener concedida una resolución favorable de:

  • la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler
  • una prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda
  • la renovación de cualquiera de las dos anteriores.

Para rellenar el formulario debereis tener el número de expediente.

Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar recibos para resoluciones favorables

    Por Internet

    Accede

    Iniciar . Acceder a Accede

    Tenéis a vuestra disposición este Manual de ayuda para presentar los recibos o documentación.

    Podéis consultar cómo tramitar la identificación digital (idCAT) en este enlace. Para tramitar la idCAT mobil podeis ver este vídeo.


    Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea a Tràmits gencat

    El solicitante, una vez se identifique a Tràmits gencat con su certificado digital, podrá comprobar todos los trámites que ha realizado, accediendo a la opción de menú ‘Área privada’. Desde aquí también puede presentar la documentación complementaria a la solicitud.

    Presencialmente

    Podeis presentar los recibos en las siguientes dependencias:

    • En las Bolsas de la Bolsa de Mediación para el alquiler social y Oficinas Locales de Vivienda que hayan suscrito convenio de colaboración con la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
    • En Barcelona ciudad puede dirigirse a las oficinas del Consorcio de Vivienda de Barcelona.
    • En caso de que no haya Bolsa o OLV en el municipio o comarca, pueden presentar la solicitud en las sedes de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Fecha de actualización 22.01.2024
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