¿Qué tienes que saber?
Las subvenciones del Programa ALMA de Cataluña se destinan a la realización de proyectos que lleven a cabo entidades privadas o públicas sin ánimo de lucro y que faciliten un itinerario personalizado a las personas jóvenes que incluye:
- Fase de preparación de las personas participantes en Cataluña, que prevé un itinerario personalizado que incluye acciones de orientación, tutoría, preparación, aprendizaje u otras acciones complementarias según las necesidades de la persona participante, con el objetivo de prepararlas por|para una estancia de aprendizaje práctico e integración laboral en otro país miembro de la Unión Europea.
- Fase de movilidad, durante la cual, la persona participante realiza las prácticas profesionales con el objetivo de integrarse en el entorno laboral, realizando una estancia de aprendizaje práctico en una empresa o institución en un país miembro de la UE.
- Fase de seguimiento una vez finalizada la estancia de prácticas, durante la cual las personas participantes reciben asesoramiento y orientación profesional enfocado a la integración en el mercado laboral, educativo o formativo, poniendo en valor todas las capacidades adquiridas.
El objetivo del programa se empoderar a las personas jóvenes desfavorecidas a la hora de integrarse en el mercado laboral, el sistema educativo o a la sociedad.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos haga llegar por otros canales ni computaremos la fecha como fecha de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes es del 3 hasta el 10 de octubre de 2025, ambos incluidos.
Organismo responsable
A las entidades de titularidad pública o privada, sin afán de lucro, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña.
El proyecto puede ser presentado por una única entidad o por varias entidades agrupadas en una única solicitud.
En caso de agrupaciones, se tiene que hacer constar expresamente a la solicitud, indicando los compromisos de ejecución que asume cada uno de los miembros de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.
Los plazos para aportar documentación son los siguientes:
- Aportación de documentación requerida por la Administración: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento (no son hábiles los sábados, domingos y festivos declarados oficiales).
- Aportación de documentación no requerida por la Administración: en cualquier momento dentro del procedimiento.
La documentación de ejecución que debe presentar y/o custodiar la entidad beneficiaria, queda recogida en la base 20.2 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril y el artículo 14 de la Resolución EMT/2930/2024:
- Plan de Aprendizaje y Desarrollo de cada una de las personas participantes firmado (se puede presentar al final de cada fase), según modelo normalizado.
- Informe para cada una de las fases previstas recogiendo los avances de la persona participante, mediante Galileu.
- Si procede, declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o de administración, en caso de personas jurídicas y que el importe otorgado sea superior a 10.000 euros, de acuerdo con lo que establece el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Póliza de seguro, de acuerdo con la base 23 del anexo 1 de la Orden EMT/84/2024, de 23 de abril (también de la entidad subcontratada si procede).
- Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de las personas participantes validada por la oficina de Trabajo que incluya fecha de inicio de cada participante, según modelo normalizado.
- Ficha UPG Comprobación requisitos ALMA, según modelo normalizado.
- Relación de altas, bajas y modificaciones o sustituciones de las personas participantes, según modelo normalizado FICHA OTG y UPG.
- Acuerdo de cooperación entre la organización de envío y la persona participante.
- Evidencias que puedan ser verificables, garantizando la correcta ejecución de las actuaciones otorgadas asociadas con la fase de preparación, según modelo normalizado.
- Recopilación de firmas, según modelo normalizado.
- Carta de compromiso entre la empresa de prácticas y el participante.
- Certificado de prácticas profesionales emitido por la empresa de prácticas.
- Plan de ejecución de los acuerdos de colaboración firmados con los socios.
- Evidencias que puedan ser verificables, garantizando la correcta ejecución de las actuaciones otorgadas asociadas con la fase de movilidad, según modelo normalizado.
- Memoria explicativa actuaciones realizadas
- Evidencias Fase seguimiento que puedan ser verificables, para garantizar la correcta ejecución de todas las actuaciones otorgadas y la consecución del objeto subvencionable, según modelo normalizado.
- Solicitud de cambios o renuncia, según modelo normalizado.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.
Este trámite es gratuito.
Después del otorgamiento de la subvención, puede utilizar este trámite de Aportación de documentación en los siguientes casos:
- Presentar una sol·licitud de renúncia.La solicitud se puedepresentar hasta el día anterior a la fecha de inicio del período de presentación de la justificación económica. Para ello, es necesario que:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Renúncies” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a alma.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
- Presentar una solicitud de modificación:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a alma.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
- Presentar un recurso a la resolución:
- Envíe el documento de recurso seleccionando el tipo de documento “Al·legacions” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
- Envíe un correo electrónico a alma.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- Presentar una solicitud de subrogación:
- Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación adjuntando la solicitud cumplimentada y los documentos correspondientes. En el caso de que no exista entidad subrogante, debe presentar la solicitud mediante la petición genérica.
- Envíe un correo electrónico a alma.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
- La Administración revisará la documentación presentada y dictará la resolución correspondiente.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Aportar documentación
Plazos
Del 03/10/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.
Si firma el formulario de aportación de documentación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.
Si firma el formulario de solicitud como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el portal EACAT en el caso de entidades públicas
-
3
Tercer paso
Rebre resposta de l’Administració
La documentació enviada s’incorpora a l’expedient i la unitat gestora l’analitza i realitza les actuacions corresponents. La resposta de l’Administració sempre serà per mitjans electrònics i variarà [...]
La documentació enviada s’incorpora a l’expedient i la unitat gestora l’analitza i realitza les actuacions corresponents. La resposta de l’Administració sempre serà per mitjans electrònics i variarà en funció de la documentació de què es tracti.