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23949 - Programa Joves Cooperants Departament d'Empresa i Treball accio
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Subvenciones para el Programa Jóvenes Cooperantes

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Normativa

  • Resolución EMT/2921/2025, de 21 de julio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para el año 2025 del programa Jóvenes Cooperantes para el fomento del empleo de personas jóvenes en el ámbito de la cooperación al desarrollo (SOC-CONTRATACIÓN) (ref. BDNS 848335)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9465  publicado el 29/07/2025)
  • ORDEN EMT/213/2023, de 1 de septiembre, de modificación de la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y de la contratación de personas prioritariamente en situación de desempleo (SOC-CONTRATACIÓN).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8996  publicado el 07/09/2023)
  • ORDEN EMT/214/2021, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y de la contratación de personas en situación de paro (SOC-CONTRATACIÓN).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8548  publicado el 22/11/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las subvenciones del Programa Jóvenes Cooperantes se destinan a la realización de proyectos que lleven a cabo entidades privadas o públicas sin ánimo de lucro que ofrecerán a la persona destinataria:

  1. Actuación de contratación laboral: en función del proyecto presentado por la entidad beneficiaria en la convocatoria de subvenciones, la persona destinataria desarrollará sus tareas en Cataluña o fuera de Cataluña. Los contratos tendrán una duración de 12 meses. Previamente a la contratación, se publicará una oferta que incluirá la descripción de las actuaciones a realizar por la persona joven destinataria. En todos los casos, los primeros y últimos 15 días de contrato la persona joven destinataria desarrollará sus tareas en Cataluña: los 15 primeros días estarán destinados a su adaptación al programa y al contexto de la cooperación, y durante los últimos 15 días tendrá que redactar una memoria final en relación con el proyecto ejecutado.
  2. Actuación de acompañamiento: se realizará durante toda la duración del contrato. En los primeros 15 días de contrato el acompañamiento estará destinado a favorecer la adaptación de la persona joven destinataria al programa y al contexto de la cooperación. El acompañamiento incluirá el seguimiento y la evaluación de la labor llevada a cabo por la persona joven destinataria.

El objetivo del programa es fomentar y mejorar la ocupabilidad y el empleo de jóvenes entre 18 y 35 años en situación de desempleo en el campo de la cooperación al desarrollo y la educación global, mediante actuaciones de contratación laboral y de acompañamiento. De esta forma se quiere promocionar la figura del cooperante como nueva ocupación laboral, promover el interés por la cooperación al desarrollo entre las personas jóvenes y apoyar proyectos de cooperación presentados por organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo de Cataluña.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta y se considerará como no presentada.

El plazo de presentación de solicitudes es de las 9:00 del 1 de septiembre hasta las 15:00 del 15 de septiembre de 2025.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Servei Públic d'Ocupació de Catalunya (SOC)
¿A quién va dirigido?
Entidades

A las entidades sin ánimo de lucro que tengan experiencia en el ámbito de la cooperación al desarrollo.
El proyecto puede ser presentado por una única entidad.

Plazos

Los plazos para aportar documentación son los siguientes:

  • Aportación de documentación requerida por la Administración: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento (no son hábiles los sábados, domingos y festivos declarados oficiales).
  • Aportación de documentación no requerida por la Administración: en cualquier momento dentro del procedimiento.
Documentación

Impresos comunes normalizados (pendiente):

  • Relación de los contratos formalizados con la identificación de la persona trabajadora, de la persona que realiza el acompañamiento, del puesto de trabajo ocupado y el número de la comunicación del contrato a Contrat@. Esta relación deberá mecanizarse en la aplicación CTR del Servicio Público de Empleo de Cataluña de acuerdo con la Guía de Prescripciones Técnicas en el período de un mes desde el inicio del contrato.
  • Copia del contrato de trabajo de cada persona trabajadora.
  • Plan de trabajo, según modelo normalizado, en el que consten las tareas principales a realizar y la identificación de la persona que realiza el acompañamiento designada de cada persona contratada.
  • Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración, en caso de personas jurídicas y cuando el importe otorgado sea superior a 10.000,00 euros.
  • Ficha resumen del proceso de selección firmada por la OT.

Documentación de ejecución que debe custodiar la entidad beneficiaria:

  • Ficha de datos de la persona participante generada a través de la aplicación CTR.
  • Ficha de datos socioeconómicos generada a través de la aplicación CTR.
Requisitos

Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.

Tasas

No hay que pagar tasas para este trámite.

Cambios posteriores al otorgamiento de la subvención

Después del otorgamiento de la subvención, puede utilizar este trámite de Aportación de documentación en los siguientes casos:

  • Presentar una sol·licitud de renúncia.La solicitud se puedepresentar hasta el día anterior a la fecha de inicio del período de presentación de la justificación económica. Para ello, es necesario que:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Renúncies” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a jovescooperants.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar una solicitud de modificación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a jovescooperants.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar un recurso a la resolución:
    1. Envíe el documento de recurso seleccionando el tipo de documento “Al·legacions” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico a jovescooperants.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
  • Presentar una solicitud de subrogación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación adjuntando la solicitud cumplimentada y los documentos correspondientes. En el caso de que no exista entidad subrogante, debe presentar la solicitud mediante la petición genérica.
    2. Envíe un correo electrónico a jovescooperants.soc@gencat.cat adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará la resolución correspondiente.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Aportar documentación

    Plazos
    Del 01/09/2025

    Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    Si firma el formulario de aportación de documentación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.

    Si firma el formulario de solicitud como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Las entidades privadas deben presentar la documentación mediante el formulario de aportación de documentación que se encuentra en este mismo apartado.

    En caso de duda puede consultar el web de soporte a la tramitación donde entrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    ¿Cómo hacer el trámite cuando el sistema de tramitación no está operativo?

    - Si no puede tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    - Si se produce una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas digitales durante durante el último día establecido aportar documentación requerida:

    1. Llame al teléfono 012 para abrir una incidencia y confirmar que es un problema del sistema.
    2. Si se confirma la incidencia, envíe un correo electrónico a la unidad responsable del trámite (jovescooperants.soc@gencat.cat), adjuntando el correspondiente código de referencia de la incidencia abierta al 012 solicitando poder aportar la documentación cuando la plataforma esté operativa.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En el Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital)
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la administración

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate.

Fecha de actualización 12.08.2025
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