¿Qué tienes que saber?
Mediante un Acuerdo, las organizaciones que se adhieren se comprometen a hacer un seguimiento de sus emisiones de GEI y establecer anualmente medidas para reducirlas.
- 1ª fase: La adhesión
- 2ª fase: La evaluación
- 3ª fase: La actuación (anual)
- 4ª fase: La compensación (opcional)
Este trámite solo se puede hacer por Internet. La documentación y la información que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A cualquier tipo de organización y de cualquier sector con instalaciones y / o operaciones en Cataluña, que tenga la capacidad de reducir las emisiones de GEI en Cataluña com empresas privadas, administraciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y otras organizaciones de cualquier sector.
Consulte cada uno de los pasos para informarse de la documentación que debe presentar en cada caso.
- Para poder efectuar la evaluación y evaluación histórica hay que tener validada la adhesión al Programa.
- Para poder efectuar la actuación hay que tener validada la evaluación.
- Para poder efectuar la compensación hay que tener validada la actuación.
No hay tasas asociadas a este trámite
Las organizaciones que se adhieren se comprometen a dos cosas:
- Hacer un inventario anual de sus emisiones de GEI.
El inventario de emisiones de GEI a presentar en el marco del Programa de acuerdos voluntarios, se elaborará de acuerdo con las directrices de la norma ISO 14064: parte 1. Para facilitar la elaboración de dicho inventario, la Administración proporciona una herramienta de cálculo que incorpora los criterios y las directrices de la norma.
A la hora de elaborar y presentar el inventario de emisiones de GEI, existen dos tipos de procedimientos:
- Procedimiento simplificado: el inventario se elabora con la calculadora que facilita esta Administración y se presenta como autodeclaración, es decir, sin una verificación externa.
- Procedimiento estándar: las organizaciones que tienen un inventario complejo, por el tipo de emisiones que generan, o las organizaciones con un elevado volumen de emisiones, es necesario que presenten obligatoriamente el inventario verificado por una entidad externa habilitada. Para elaborar el inventario pueden utilizar la calculadora citada.
Le recomendamos que consulte las condiciones para ver si puede acogerse al procedimiento simplificado (actualmente el 90% de las organizaciones se acogen a dicho procedimiento) o bien es necesario realizar una verificación obligatoria del inventario.
- Proponer e implementar anualmente medidas para reducir las emisiones de GEI del inventario.
Se considerará suficiente el planteamiento y la implementación de una medida anual de reducción que sea significativa, cuantificable y que reduzca emisiones en Cataluña.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Realizar la evaluación
Consiste en el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero que produce la organización (inventario inicial), y en el planteamiento de medidas concretas para reducirlas en un período [...]
Consiste en el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero que produce la organización (inventario inicial), y en el planteamiento de medidas concretas para reducirlas en un período determinado.
El inventario deberá considerar, como mínimo:- las emisiones directas
- las emisiones indirectas que sean significativas para la organización tal y como indica la norma ISO 14064: parte 1. Consulte Requisitos donde encontrará orientaciones.
Las medidas que la organización plantee para reducir las emisiones deberán ser: significativas, medibles, verificables, afectar directamente a las emisiones incluidas en el inventario y suponer una reducción de emisiones en Cataluña.El cumplimiento de este proceso de evaluación y una vez esté validado, da derecho a:- Utilizar la etiqueta. Etiqueta del Programa y condiciones de uso.
- Continuar formando parte del Programa de acuerdos voluntarios (aparecer en la web, descargar un informe anual, ...).
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique con idCAT Móvil o certificado digital de persona física, representante legal o persona vinculada. -
2
Segundo paso
Realizar la actuación
La actuación (mantenimiento) consiste en:
La actuación (mantenimiento) consiste en:
- La valoración de los resultados de la implementación de las medidas planteadas por la organización el año anterior, y el inicio de un nuevo proceso de evaluación (reevaluación).
- El inicio de un nuevo proceso de evaluación (realizar el nuevo inventario de emisiones de GEI del año natural anterior y plantear al menos una nueva medida para reducir las emisiones que se pueda implementar durante el año en curso y hasta la próxima comunicación de datos). Las medidas que la organización plantee para reducir las emisiones deberán ser: significativas, medibles, verificables, afectar directamente a las emisiones incluidas en el inventario y suponer una reducción de emisiones en Cataluña.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique con idCAT Móvil o certificado digital de persona física, representante legal o persona vinculada. -
3
Tercer paso
Realizar la compensación
Consiste en compensar, una parte o la totalidad de las emisiones del inventario de actuación comunicado, mediante la adquisición de créditos de GEI a terceros. Este paso es completamente voluntario y [...]
Consiste en compensar, una parte o la totalidad de las emisiones del inventario de actuación comunicado, mediante la adquisición de créditos de GEI a terceros. Este paso es completamente voluntario y solo permite compensar las emisiones relativas al último inventario. La compensación de emisiones tiene validez anual y, si se lleva a cabo, la Administración lo incluye en el informe del año correspondiente.Estos créditos provienen de una reducción de emisiones que se ha producido fuera del entorno de la organización. A la hora de compensar, hay que tener en cuenta las características y procedencia de estos créditos a fin de garantizar que son de buena calidad y suponen una reducción real. Consulte las recomendaciones del documento Principios de compensación. Las compensaciones que se lleven a cabo dentro del Programa de acuerdos voluntarios deberán seguir las recomendaciones de esta guía.Solo se puede compensar una vez validado el paso de Actuación. No se puede compensar en el paso de Evaluación.A continuación puede consultar un modelo de certificado de compra, retirada y cancelación de créditos de GEI que puede utilizar para acreditar la compensación al programa. Se aceptan certificados similares que incluyan los campos y requisitos que se incluyen en el modelo:La comunicación de la compensación que haga la organización debe seguir el manual de comunicación. Cómo comunicar la compensación: Manual de comunicación
Este trámite solo se puede hacer por Internet. Es necesario que se identifique y que disponga de idCAT Mòbil o de un certificado digital de persona física, de representante legal o persona vinculada.
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4
Cuarto paso
Consulta del estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
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5
Quinto paso
Recibir la respuesta de la administración
¿Cuándo y cómo se recibe respuesta de la Administración?Una vez la información de la evaluación/actuación/compensación sea correcta, y se haya recibido toda la documentación necesaria, la [...]
¿Cuándo y cómo se recibe respuesta de la Administración?
Una vez la información de la evaluación/actuación/compensación sea correcta, y se haya recibido toda la documentación necesaria, la Administración la valida. Recibirá un correo electrónico donde se confirma la validación de los datos y se indican los vínculos para acceder a las etiquetas del Programa y el enlace para descargar el informe anual.
El cumplimiento del proceso de evaluación y de actuación, una vez validado, da derecho a:- Utilizar la etiqueta del Programa.
- Continuar formando parte del Programa de acuerdos voluntarios (aparecer en la web, descargar un informe anual...).