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7673 - Programa_formacio_compromis_contractacio Departament d'Empresa i Treball accio
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Subvenciones destinadas a las acciones formativas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación gestionado por entidades de formación

Aportar documentación. Convocatoria 2019

QUIÉN
Empresas y profesionales
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Subvenciones destinadas a las acciones formativas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación gestionado por entidades de formación

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Normativa

  • RESOLUCIÓ TSF/3121/2020, de 25 de novembre, per la qual es modifica la Resolució TSF/3569/2019, de 17 de desembre, per la qual s'obre la convocatòria anticipada per l'any 2020 de les subvencions destinades a les accions formatives del Programa de formació amb compromís de contractació gestionat per entitats de formació (SOC-FCC 2020) (ref. BDNS 488234)

  • RESOLUCIÓN TSF/3569/2019, de 17 de diciembre, por la cual se abre la convocatoria anticipada para el año 2020 de las subvenciones destinadas a las acciones formativas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación gestionado por entidades de formación (SOC-FCC 2020) (ref. BDNS 488234).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8030  publicado el 24/12/2019)
  • RESOLUCIÓN TSF/3035/2018, de 17 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2019 de las subvenciones destinadas a las acciones formativas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación gestionado por entidades de formación (FCC 2019) (ref. BDNS 430153).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7774  publicado el 24/12/2018)
  • RESOLUCIÓN TSF/2459/2018, de 17 de octubre, por la que se abre la convocatoria para el año 2018 de las subvenciones destinadas a las acciones formativas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación gestionado por entidades de formación (FCC 2018) (ref. BDNS 420524).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7735  publicado el 26/10/2018)
  • ORDEN TSF/170/2018, de 8 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de programas de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7724  publicado el 11/10/2018)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objectivo del programa és la subvención de acciones de formación ocupacional que faciliten la profesionalización de presonas preferentemente desocupades que permitan la contratación por parte de empresas que necessiten ampliar la plantilla o mejorar la calidad de la que tienen.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta y se considerará como no presentada.

El plazo de presentación de solicitudes es del 17 de febrero al 2 de marzo de 2020, ambos incluidos.

Para la convocatòria del año 2019 consulte esta Resolución

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Servei Públic d'Ocupació de Catalunya (SOC)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • A entidades de formación con establecimiento operativo en Catalunya y que esten inscritas/acreditadas en el Registro de entidades de formación.
  • A gremios o asociaciones empresariales.
  • A las agrupaciones de empresas con personalidad jurídica.
Plazos

Los plazos para aportar documentación son los siguientes:

  • Aportación de documentación requerida por la Administración: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento (no son hábiles los sábados, domingos y festivos declarados oficiales).
  • Aportación de documentación no requerida por la Administración: en cualquier momento dentro del procedimiento.
  • Desistir: antes de la reunión del órgano colegiado.
Documentación
  • Certificado de inicio.
  • Memória explicativa.
  • Memória económica.
  • Declaración responsable sobre retribuciones (G146NIA-207)
Requisitos

Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite. Puede consultar el número de expediente en el Área privada.

Tasas

No hay que pagar tasas para este trámite.

Cambios posteriores al otorgamiento de la subvención

Después del otorgamiento de la subvención, puede utilizar este trámite de Aportación de documentación en los siguientes casos:

  • Presentar una sol·licitud de renúncia. La solicitud se puede presentar hasta el día anterior a la fecha de inicio del período de presentación de la justificación económica. Para ello, es necesario que:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Renúncies” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico al buzón de contacto de la unidad adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar una solicitud de modificación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico al buzón de contacto de la unidad adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará una resolución. Si debe devolver el importe, recibirá una resolución con una carta de pago para realizar el ingreso. Si el expediente se revoca y hay que devolver el importe, podrá hacer el ingreso cuando reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
  • Presentar un recurso a la resolución:
    1. Envíe el documento de recurso seleccionando el tipo de documento “Al·legacions” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación.
    2. Envíe un correo electrónico al buzón de contacto de la unidad adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
  • Presentar una solicitud de subrogación:
    1. Envíe la solicitud seleccionando el tipo de documento “Altres” en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación adjuntando la solicitud cumplimentada y los documentos correspondientes. En el caso de que no exista entidad subrogante, debe presentar la solicitud mediante la petición genérica.
    2. Envíe un correo electrónico al buzón de contacto de la unidad adjuntando el recibo de registro obtenido en el trámite de aportación.
    3. La Administración revisará la documentación presentada y dictará la resolución correspondiente.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Aportar documentación

    Plazos
    Del 01/04/2019

    Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    Si firma el formulario de aportación de documentación como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física.

    Si firma el formulario como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.

    Por Internet

    Aportar documentación

    Iniciar . Acceder a Aportar documentación

    Solicitar por EACAT (entidades locales)

    Iniciar . Acceder a Solicitar por EACAT (entidades locales)

    Las entidades privadas deben presentar la documentación mediante el formulario de aportación de documentación que se encuentra en este mismo apartado.

    Las administraciones públicas de ámbito local, o entidades adscritas o vinculadas, deberán presentar la documentación mediante la plataforma EACAT, donde encontrarán la información necesaria para realizar el trámite.

    En caso de duda puede consultar el web de soporte a la tramitación donde entrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.

    ¿Cómo hacer el trámite cuando el sistema de tramitación no está operativo?

    - Si no puede tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    - Si se produce una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas digitales durante el último día establecido para aportar la documentación requerida es necesario que:

    1. Llame al teléfono 012 para abrir una incidencia y confirmar que es un problema del sistema. La entidades públicas tienen que abrir la incidencia en Soporte EACAT.
    2. Si se confirma la incidencia, envíe un correo electrónico a la unidad responsable del trámite adjuntando el correspondiente código de referencia de la incidencia abierta al 012 o Soporte EACAT solicitando aportar la documentación cuando la plataforma esté operativa.
  2. 2

    Segundo paso

    Recibir respuesta de la Administración

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]

    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate.

Fecha de actualización 21.01.2025
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