¿Qué tienes que saber?
La dependencia es el estado de las personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido su autonomía física, mental, intelectual o sensorial. Por este motivo, necesitan la atención y la ayuda de otra persona (cuidador/a) para realizar las actividades de la vida diaria.
Es necesario que te reconozcan la dependencia en alguno de los grados establecidos para que puedas acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la dependencia.
Para más información sobre la situación de dependencia, consulta la web de Departamento de Derechos Sociales e Inclusión.
Consejos para evitar estafas por suplantación de identidad:
- No compartas información personal: no pedimos nunca información personal por correo electrónico, SMS o WhatsApp.
- Comprueba la dirección de correo: si recibes un correo que no viene de una dirección que termine en gencat.cat, puede ser fraudulento.
- En caso de duda: llama al 012 o envía un mensaje al Buzón de contacto del Departamento.
- Denuncia las estafas: si has sido víctima de una estafa, denúncialo a los Mossos d'Esquadra.
A las personas en situación de dependencia residentes en Catalunya.
Inmediatamente después de que se produzca el cambio o tan pronto como sea posible.
Este trámite es gratuito.
Se pueden comunicar los siguientes cambios:
- Cambio de domicilio de la persona beneficiaria.
- Cambio de domiciliación bancaria (la persona beneficiaria debe ser la titular o cotitular de la cuenta).
- Cambio de la persona representante legal o entidad tutelar.
- Cambio de la persona cuidadora principal.
- Otros cambios que pueden afectar al grado de dependencia.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunica el cambio de datos
La solicitud la puede presentar la persona beneficiaria o alguien en su nombre.
La solicitud la puede presentar la persona beneficiaria o alguien en su nombre.
- Si eres un particular, puedes realizar la solicitud por internet o presencialmente.
- Si estás en una residencia, en un centro sociosanitario o en un centro de la red de la discapacidad o de salud mental, dirígete a la dirección del centro o al servicio de trabajo social del centro.
- Si es una entidad o otro colectivo obligado a relacionarse digitalmente con la Generalitat, debe presentar el recurso por internet.
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2
Segundo paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo y cómo recibiré la resolución sobre la situación de dependencia?
¿Cuándo y cómo recibiré la resolución sobre la situación de dependencia?
La Administración comprobará los datos que has aportado, y en su caso, los modificará.
Las resoluciones y otras comunicaciones las recibirás por correo postal (en papel) y también por notificación electrónica (previo aviso por SMS o correo electrónico).
Si necesitas ayuda para acceder a la notificación electrónica, puedes llamar al 012 (llamada gratuita) o consultar la web de soporte a la tramitación.