¿Qué tienes que saber?
La dependencia es el estado de las personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido su autonomía física, mental, intelectual o sensorial. Por este motivo, necesitan la atención y la ayuda de otra persona (cuidador/a) para realizar las actividades de la vida diaria.
Es necesario que te reconozcan la dependencia en alguno de los grados establecidos para que puedas acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la dependencia.
Para más información sobre la situación de dependencia, consulta la web de Departamento de Derechos Sociales e Inclusión.
A las personas en situación de dependencia residentes en Catalunya.
Inmediatamente después de que se produzca el cambio o tan pronto como sea posible.
Este trámite es gratuito.
Se pueden comunicar los siguientes cambios:
- Cambio de domicilio de la persona beneficiaria.
- Cambio de domiciliación bancaria (la persona beneficiaria debe ser la titular o cotitular de la cuenta).
- Cambio de la persona representante legal o entidad tutelar.
- Cambio de la persona cuidadora principal.
- Otros cambios que pueden afectar al grado de dependencia.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunica el cambio de datos
Puedes presentar la solicitud:
Puedes presentar la solicitud:
- Personalmente
- Autorizar a alguien para que la presente en tu nombre
Si autorizas a alguien, debe aportar un documento que acredite la representación legal. No es necesario aportarlo si la representación ya está inscrita en el Registro electrónico de representación (Representa).
Los profesionales del ámbito social y sanitario pueden tramitar la solicitud por ti. En este caso, es necesario adjuntar la autorización de representación.
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2
Segundo paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo y cómo recibiré la resolución sobre la situación de dependencia?
¿Cuándo y cómo recibiré la resolución sobre la situación de dependencia?
La Administración comprobará los datos que has aportado, y en su caso, los modificará.
Las resoluciones y otras comunicaciones las recibirás por correo postal (en papel) y también por notificación electrónica (previo aviso por SMS o correo electrónico).
Si necesitas ayuda para acceder a la notificación electrónica, puedes llamar al 012 (llamada gratuita) o consultar la web de soporte a la tramitación.