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Pasos a realizar

  1. 1. Comunicar la modificación
  2. 2. Consulta del estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Registro de Entidades de Medio Ambiente

Comunicar la modificación de datos en el Registro

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Normativa

  • DECRETO 2/2022, de 4 de enero, del Registro de Entidades de Medio Ambiente.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8579  publicado el 07/01/2022)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El Registro de Entidades de Medio Ambiente es un registro administrativo electrónico de carácter público y de inscripción voluntaria.

Las entidades inscritas tienen la condición de interesadas en determinados procedimientos, pueden disfrutar de beneficios fiscales en el ámbito del medio ambiente, u optar a subvenciones.

Este trámite sólo se puede hacer por Internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan su sede o una delegación en Cataluña, o ejercen su actividad, y que tienen entre sus finalidades, la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular.

No son objeto de inscripción en el Registro las universidades, partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales, asociaciones empresariales o profesionales y entidades de naturaleza similar a las indicadas.

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación
  • Formulario de solicitud del 'Paso 1 Comunicar la modificación'.
  • Documentación que la entidad considere oportuna para justificar la modificación de los datos inscritos en el Registro de entidades de medio ambiente.
  • Si no se firma el formulario con certificado de representante legal, documentación acreditativa de la representación de la persona que presenta la solicitud en nombre de la entidad.
  • Cualquier otra documentación que la Administración le pueda requerir en relación con los requisitos de las entidades y con los datos inscritos en el Registro.
Requisitos
  1. Estar inscrita en el Registro.
  2. Ser persona jurídica sin ánimo de lucro, legalmente constituida e inscrita en los registros administrativos correspondientes.
  3. Tener sede o una delegación en Cataluña o ejercer allí la actividad.
  4. Tener entre las finalidades previstas en sus estatutos, la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular.
  5. Desarrollar de manera activa las actividades necesarias para alcanzar los fines ambientales previstos en sus estatutos durante los dos años previos a la solicitud de inscripción en el Registro.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar la modificación

    Este trámite solo se puede hacer por Internet.

    Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de representante legal o de persona vinculada. 

    Por Internet

    Comunicación de la modificación de datos en el Registro de entidades de medio ambiente

    Iniciar . Acceder a Comunicación de la modificación de datos en el Registro de entidades de medio ambiente

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Tramites gencat.

    Puede dirigirse a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) para recibir apoyo del personal informador para formalizar el trámite.

    Una vez enviado el formulario, recibirá una comunicación con una marca verde, un número de caso y un archivo de acuse de recibo.

    Guarde el número de caso y el archivo de acuse de recibo.

    Si no la recibe, o bien le llega un mensaje de error, la documentación no se ha podido entregar a la Administración y la tendrá que volver a enviar.

    En caso de que tenga problemas de tramitación, en primer lugar consulte las recomendaciones del apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat. Si persiste el problema una vez verificado que dispone de todos los medios necesarios y que ha procedido de la manera indicada, puede comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica, donde dispone de toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se ha producido: busque las incidencias del servicio para el año en curso y ordenado por el campo "Fecha y hora de inicio" en orden descendente.

    Si, efectivamente, se ha producido una incidencia, espere a ser posible unas horas para volver a intentar el envío.

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta del estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil/o certificado digital).
    • En el 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). 
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?Si la comunicación de la modificación de los datos es correcta, se  actualiza en el Registro.Si se observan defectos o carencias en la comunicación y/o [...]

    ¿Cuándo se recibe la respuesta?
    Si la comunicación de la modificación de los datos es correcta, se  actualiza en el Registro.
    Si se observan defectos o carencias en la comunicación y/o documentación adjunta, se le requerirá para que en el plazo máximo de 10 días los subsane.

    ¿Cómo se notifica el requerimiento de subsanación?
    La Administración le enviará un mensaje de correo electrónico y/o un SMS, en función de los datos que haya informado en la comunicación, indicando que tiene una notificación electrónica a la que podrá acceder:

    1. desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso. Para poder acceder a la notificación por correo electrónico necesita el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentra el mensaje en el buzón de entrada por favor revise la carpeta de correo basura (spam).
    2. desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados
    3. desde el espacio personal 'Área privada' de Trámites gencat o de Canal Empresa, mediante:
      • certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
      • idCAT Móvil (debe estar dado de alta previamente)
      • contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesita el correo electrónico o el teléfono y el NIF que indicasteis al ser notificados

    Desde la emisión del aviso de notificación dispone de 10 días naturales para su aceptación o rechazo. Si transcurrido este plazo no ha accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada.

    Desde el momento en que se accede al contenido de la notificación se entenderá que ésta se ha efectuado (practicado).

Fecha de actualización 21.12.2023
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