¿Qué tienes que saber?
És la inscripción en el Registro de instaladores de telecomunicaciones que habilita las personas físicas (autónomos) y jurídicas para la instalación y mantenimiento de este tipo de equipamientos en todo el estado.
Este trámite solo se puede hacer por Internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A las personas físicas (autónomos) y jurídicas que quieran llevar a cabo actividades de instalación o mantenimiento de equipos o de sistemas de telecomunicación con domicilio fiscal en Cataluña.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Junto con el formulario del "Paso 1 Solicitar" debes presentar, si procede, la siguiente documentación:
- Documento de poderes de representación: si estás en el Registro electrónico de representación, Representa, como representante de la persona solicitante/titular, no es necesario que aportes dicho documento. Si todavía no estás inscrito, deberás anexar una copia de los poderes correspondientes.
- Tener el domicilio fiscal en Cataluña.
- Estar inscrito en el RITC o haber presentado la declaración de inicio de la actividad.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite solo se puede realizar por internet.
Si firmas como persona jurídica, deberás hacerlo con un certificado digital de representación (o estar inscrito en el Registro electrónico de representación, Representa). Si firmas en nombre propio, debes disponer de un certificado digital. -
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite mediante el Área privada.
Puedes consultar el estado del trámite mediante el Área privada.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?Una vez tramitada la solicitud de emisión de certificado, recibirás el acuse de recibo y la copia del formulario presentado.Una vez efectuadas las [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
Una vez tramitada la solicitud de emisión de certificado, recibirás el acuse de recibo y la copia del formulario presentado.
Una vez efectuadas las comprobaciones necesarias, la persona responsable del Registro emitirá un certificado bilingüe, que será enviado por vía telemática.
¿Cómo se notifica la respuesta?
La Administración te enviará un mensaje de correo electrónico indicándote que tienes una notificación electrónica a la que puedes acceder:- desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite.
- idCAT Móvil (debes estar dado de alta previamente).
- contraseña de un solo uso. Para poder acceder a la notificación por correo electrónico necesitas el NIF/CIF del destinatario de la notificación y el número de teléfono o correo electrónico que le consta a la Generalitat como datos de contacto. Estos datos constan en el correo de aviso. Si no encuentras el mensaje en el buzón de entrada por favor revisa la carpeta de correo basura (spam).
- desde el apartado 'Notificaciones electrónicas' o desde Canal Empresa, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite.
- idCAT Móvil (debes estar dado de alta previamente).
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitas el NIF que indicaste para ser notificado y el correo electrónico o el número de teléfono móvil.
- desde el 'Área privada' de Canal Empresa o Trámites gencat, mediante:
- certificado digital del NIF/CIF que se utilizó para realizar el trámite
- idCAT Móvil (debes estar dado de alta previamente).
- contraseña de un solo uso: para poder acceder a la notificación necesitas el NIF que indicaste para ser notificado y el correo electrónico o el número de teléfono móvil.
Desde la emisión del aviso de notificación dispone de diez días naturales para su aceptación. Si transcurrido este plazo no has accedido a la notificación, esta se entenderá rechazada y notificada a efectos de plazos.
Desde el momento en que accedas al contenido de la notificación se entenderá que esta ha sido efectuada (practicada). - desde el enlace que conste en el correo electrónico, mediante: