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Normativa

  • DECRETO 75/2020, de 4 de agosto, de turismo de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8195  publicado el 06/08/2020)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las oficinas de turismo son equipamientos turísticos que se prestan los siguientes servicios:

  • Información turística: facilitar información relativa a la oferta y los recursos turísticos de Cataluña como destino integral, así como del ámbito territorial de referencia
  • Difusión turística: personalizar la información turística y comercializar los productos y servicios relacionados que sea de interés para la persona visitante
  • Atención turística: facilitar información a la persona visitante relativa al acceso a los servicios públicos, seguridad ciudadana o movilidad
  • Información al visitante sobre sus derechos y deberes como usuario turístico y facilitar, en su caso, la hoja oficial de reclamación

Las oficinas de turismo existentes en Cataluña pueden integrarse, voluntariamente, a la Red de Oficinas de Turismo de Cataluña. Las oficinas de turismo adscritas a la Red se inscribirán en el Registro de Turismo de Cataluña. 

Este trámite es exclusivamente para la adscripción de oficinas de turismo a la Red de Oficinas de Turismo de Cataluña y deben cumplirse los requisitos que constan en el anexo 7 del Decreto 75/2020 de turismo de Cataluña. No es un trámite para agentes de viajes u otro tipo de establecimientos. El objetivo de las oficinas de turismo es informar y promocionar el territorio (pueden comercializar productos, pero no es su principal objetivo), mientras que el de las agencias de viajes es organizar y vender viajes y servicios turísticos. Si eres una agencia, debes dirigirte al trámite específico correspondiente (Presentación, declaración responsable de garantía de viajes combinados y servicios de viajes vinculados).

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Direcció General de Turisme
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Otras administraciones

A los titulares de oficinas de turismo exisitents en Cataluña que deseen pertenecer a la Red de Oficinas de Turismo de Cataluña.Los titulares pueden ser entidades públicas, privadas o mixto público-privadas.

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento. 

Requisitos

El hecho de presentar la declaración responsable implica que la persona titular o representante de la empresa dispone de la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la inscripción . El cumplimiento de los requisitos implica:

  1. Que el nuevo local de la oficina de turismo cumple todos los requisitos exigidos reglamentariamente, de acuerdo con el Decreto 66/2014.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Oltres informaciones

Las oficinas de turismo integradas en la Red se clasifican en tres categorías (primera, segunda y tercera) según las funciones, características y nivel de prestaciones que asumen y garantizan. Todas deben garantizar, al menos, el cumplimiento de las caracterísicas exigidas para la tercera categoría.

Las oficinas de la Red pueden tener puntos de atención turística (PAT) vinculados a una oficina de turismo adscrita a la Red.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Modificar

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCATMóvil o un certificado digital de:

    • Persona física
    • Persona jurídica
    • Persona vinculada a una organización con capacidad de representación

    Por Internet

    Presentar la declaración responsable

    Iniciar . Acceder a Presentar la declaración responsable

    En caso que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.

    Alternativamente, si la incidencia persiste o no puede esperar a hacer el trámite, puede utilizar el formulario de instancia genérica que encontrará en la web o en la sede electrónica de su ayuntamiento (o de cualquier otra administración pública). En este caso, recuerde que el cómputo de plazos puede variar y que tendrán que esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde 'Mi carpeta'.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Se puede consultar el estado del trámite:

    Se puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCat Móvil o/i certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • En el teléfono 012(con el identificador del trámite y el DNI/NIF)

     

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    La Administración inscribirá la modificación en el Registro de Turismo de Cataluña y comunicará este hecho  al ayuntamiento correspondiente

    La Administración inscribirá la modificación en el Registro de Turismo de Cataluña y comunicará este hecho  al ayuntamiento correspondiente

Fecha de actualización 02.06.2026
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