¿Qué tienes que saber?
El Sistema de asesoramiento agrario de Cataluña, regulado por el Decreto 9/2012, de 17 de enero, integra los servicios que ofrecen las entidades de asesoramiento agrario.
En el Registro deben inscribirse las entidades que prestan estos servicios a las explotaciones agrarias de Cataluña, y que quieran formar parte del Sistema de asesoramiento agrario de Cataluña.
El Registro tiene como finalidad facilitar a las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias de Cataluña la información disponible de cada una de las entidades de asesoramiento agrario inscritas y permitir al departamento competente en materia de agricultura, ganadería, pesca, alimentación y medio natural velar por la calidad del servicio que se ofrece.
La inscripción en el Registro de entidades de asesoramiento agrario de Cataluña tiene carácter indefinido, siempre que se cumplan los requisitos y obligaciones establecidos en el Decreto 9/2012, de 17 de enero.
A las agrupaciones de personas productoras, las cooperativas o entidades privadas o sus uniones o federaciones, así como cualquier otra persona jurídica, que desarrollen su actividad en alguna de las áreas de conocimiento relacionadas con la producción agrícola, producción ganadera y que a la vez tengan por objeto la prestación de asistencia y asesoramiento a personas agricultoras, ganaderas y titulares de empresas agrarias.
El personal técnico asesor de las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña debe acreditar en un plazo máximo de dos años, contado a partir de la fecha en que la entidad de asesoramiento ha comunicado la incorporación de esta persona como a personal técnico asesor.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Para acreditarse se requiere al personal técnico asesor la realización de 50 horas de formación dividida en formación básica (30 horas) y formación complementaria (20 horas).
Una vez acreditado, el personal técnico asesor del Sistema de asesoramiento agrario de Cataluña debe realizar un mínimo de 5 horas anuales de formación continua con el fin de actualizar metodologías y conocimientos.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
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2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la administración
La persona titular de la dirección general competente en materia de asesoramiento agrario emitirá la resolución de acreditación como personal técnico asesor del Sistema de asesoramiento agrario de [...]
La persona titular de la dirección general competente en materia de asesoramiento agrario emitirá la resolución de acreditación como personal técnico asesor del Sistema de asesoramiento agrario de Cataluña, en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud con toda la documentación correspondiente.