¿Qué tienes que saber?
Es un registro de las instalaciones de combustión medianas existentes en Cataluña que contiene la información establecida en el anexo I del Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, e incluye los cambios que afectan a los valores límites de emisión que se deben aplicar.
Es un registro de carácter público.
Este trámite solo se puede hacer por Internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A las personas titulares de instalaciones de combustión medianas (aquellas que disponen de una potencia térmica igual o superior a 1 MW e inferior a 50 MW), afectadas por el Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento
No debe presentar documentación anexa con la baja del registro.
Documentos
Instalaciones inscritas en el registro de instalaciones de combustión medias que dejen de funcionar y hayan dado de baja su libro de registro de focos emisores.
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar la baja
Este trámite solo se puede hacer por Internet. Es necesario que se identifique con la idCAT Móvil o un certificado digital de persona física, de representante legal o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consulta del estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
Puede consultar el estado del trámite desde la misma plataforma de gestión.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta?Una vez comunicada la baja, recibirá un aviso confirmando que se ha efectuado correctamente.
¿Cuándo se recibe la respuesta?
Una vez comunicada la baja, recibirá un aviso confirmando que se ha efectuado correctamente.
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