¿Qué tienes que saber?
El RSIPAC es un censo de empresas que recoge información sobre la identificación, la ubicación y las actividades de los establecimientos de Cataluña que se dedican a actividades alimentarias.
Los titulares de las empresas y establecimientos están obligados a comunicar el inicio de la actividad para ser inscritos en el Registro Sanitario de Industrias y Productos Alimentarios de Cataluña (RSIPAC).
Los titulares de establecimientos que se rigen por el Reglamento CE 853/2004, que fija normas específicas de higiene para los alimentos de origen animal, deben solicitar una autorización previa antes de iniciar la actividad.
También deben solicitar autorización previa los titulares de establecimientos dedicados a la irradiación de hierbas aromáticas, condimentos y especias vegetales (secas) según el RD 348/2001.
En ambos casos, la solicitud de autorización se hace al mismo tiempo que la de inscripción.
Este trámite solo se puede hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos hagas llegar por otros canales ni computaremos la fecha como fecha de presentación.
Para las solicitudes o comunicaciones de este trámite hemos habilitado formularios específicos que son de uso obligatorio. Puedes descargarlos desde esta página y es importante que utilices siempre la última versión.
- Empresas y establecimientos alimentarios dedicados a la producción, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución, transporte e importación de:
- Productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano.
- Materiales y objetos destinados a estar en contacto con los productos mencionados en el punto anterior.
- Coadyuvantes tecnológicos utilizados en la elaboración de alimentos.
- Empresas distribuidoras de agua de consumo público mediante depósitos y cisternas móviles.
- Instalaciones de restauración colectiva social, que sirven comida preparada a consumidores con características similares en lugares como escuelas, empresas, hospitales, residencias geriátricas, centros penitenciarios, centros de disminuidos psíquicos, guarderías, casas de colonias, etc.
Puedes solicitar la modificación en cualquier momento.
Documentación que debes adjuntar a la solicitud:
En todos los casos:
- Anexo de datos específicos para la solicitud de modificaciones en el RSIPAC.
- Pasos a seguir para descargar y enviar este documento:
- Descarga el formulario en el momento en que vayas a presentar la solicitud para asegurarte de que envías la versión más actualizada.
- Guárdalo en el ordenador. El nombre del archivo no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
- Ábrelo y complétalo. Para hacerlo, deberás tener instalado Adobe Reader en el ordenador. Como mínimo, es necesario disponer de la versión 9.1 de este programa.
- Guárdalo (no debes utilizar la impresora pdf, solo guardarlo).
- Cuando adjuntes el anexo a la solicitud, asegúrate de que sea este documento, no una copia escaneada ni una copia hecha con la impresora pdf.
- Pasos a seguir para descargar y enviar este documento:
Por cambio de titular:
- Escritura notarial que justifique el cambio de nombre.
- Si el cambio es entre particulares (personas físicas), se debe presentar un documento privado firmado por ambas partes, donde se indique claramente el cambio de titular. Las firmas deben estar:
- Ratificadas por una entidad bancaria, o bien
- Firmadas digitalmente por ambas partes.
Por cambio de domicilio industrial, cambio o ampliación de actividad o cambio de instalaciones:
- Descripción esquemática de los procesos con detalle de los productos alimentarios manipulados (solo si las actividades comunicadas requieren almacenamiento, envasado, transformación o elaboración).
- Plano del establecimiento, indicando los metros cuadrados de cada local, identificando claramente las diferentes zonas y los equipamientos, incluyendo las instalaciones de agua (solo si se requieren instalaciones para almacenar, envasar, transformar o elaborar productos).
Excepciones: No deben presentar estos dos documentos:
- Empresas que solo distribuyan o importen productos.
- Empresas de restauración sin instalaciones propias (clave 26, actividad 062700).
- Empresas de transporte sin instalaciones de almacenamiento (clave 40, actividades 060500, 060600, 060700 y 060800).
Mataderos
- Mataderos ya autorizados que quieran acogerse a las excepciones del RD 1086/2020 deben solicitar la ampliación de la actividad a “Pequeño matadero” (actividad 068300) y aportar:
- Descripción esquemática de los procesos.
- Plano del establecimiento.
- Anexo específico para la autorización de actividad de matadero con medidas de flexibilidad.
- Establecimientos inscritos en la clave 10 que quieran realizar actividades de matadero y acogerse a las excepciones del RD 1086/2020 deben solicitar la ampliación de actividades de sacrificio y a la clave 068300 (*Pequeño matadero) y aportar:
- Descripción esquemática de los procesos.
- Plano del establecimiento.
- Anexo específico para la autorización de actividad de matadero con medidas de flexibilidad.
- Mataderos móviles deben solicitar la modificación de las instalaciones si cambian las localizaciones de sacrificio y aportar:
Los establecimientos que quieran acogerse a las excepciones de locales y materiales establecidas en el artículo 3 del RD 1086/2020 deben hacer la comunicación mediante el trámite específico: Comunicación de actividades de establecimientos alimentarios acogidos a las medidas de flexibilidad del Real Decreto 1086/2020.
Establecimientos en la ciudad de Barcelona
Los establecimientos ubicados en la ciudad de Barcelona o aquellas empresas sin instalaciones de elaboración, envasado o almacenamiento con domicilio social en la ciudad de Barcelona (incluidas empresas de restauración y transporte sin almacenes), también han de adjuntar:
- Justificante del pago de la tasa.
Importante: solo deben hacer el pago por transferencia las empresas mencionadas. El resto encontrará la documentación para el pago en el Área privada de Canal Empresa. Consulta el Paso 3: Paga la tasa.
- Estar la actividad inscrita en el RSIPAC.
- Mantener el cumplimiento de los requisitos que fueron necesarios para la inscripción.
Actualización del censo e inscripción en registros
Los titulares están obligados a comunicar cualquier cambio en:
- Los datos de identificación de la empresa (razón social, NIF y domicilio social).
- Los datos del establecimiento (domicilio industrial).
- Las actividades inscritas o autorizadas.
Modificaciones sujetas a autorización previa:
- El cambio de domicilio industrial de los establecimientos mencionados en el artículo 4.2 del Reglamento (CE) nº 853/2004, que establece normas específicas de higiene para los alimentos de origen animal.
- La incorporación de nuevas actividades que requieran autorización según el artículo 4.2 mencionado.
- El cese de actividades autorizadas requiere la revocación de la autorización.
En estos casos, el establecimiento no puede comenzar las nuevas actividades hasta que reciba la autorización.
Consecuencias de no comunicar la actividad
Ejercer la actividad sin haberla comunicado o, cuando sea necesario, hacerlo sin autorización, constituye una infracción según el artículo 69 de la Ley 18/2009 de salud pública.
Consultas técnicas
Para consultas técnicas, diferentes de las cuestiones administrativas o de procedimiento que serán atendidas a través de las OGE o el 012, puedes contactar a:
- Establecimientos y empresas de Barcelona ciudad:
- Agencia de Salud Pública de Barcelona – Dirección de Seguridad Alimentaria: secap@aspb.cat
- Establecimientos y empresas fuera de Barcelona ciudad:
- Subdirección Regional en Barcelona: spsb.ea@gencat.cat
- Subdirección Regional en Girona: proteccio.salut.girona@gencat.cat
- Subdirección Regional en Lleida y Alt Pirineu i Aran: proteccio.lleida@gencat.cat
- Subdirección Regional en Catalunya Central: proteccio.cc@gencat.cat
- Subdirección Regional en Camp de Tarragona y Terres de l’Ebre: 43proteccio.salut@gencat.cat
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicita la modificación
Este trámite solo lo puedes realizar por Internet.
Si eres una persona jurídica, deberás enviar el formulario mediante un certificado digital de representación. Si lo haces en nombre propio, lo podrás enviar mediante idCAT móvil o certificado digital.
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2
Segundo paso
Consulta el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
- Teléfono 012 (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer el seguimiento de un trámite.
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3
Tercer paso
Paga la tasa
La forma de pago de la tasa varía según la ubicación del establecimiento o domicilio social de la empresa:
La forma de pago de la tasa varía según la ubicación del establecimiento o domicilio social de la empresa:
1. ¿El establecimiento está fuera de la ciudad de Barcelona o es una empresa sin instalaciones y con domicilio social fuera de Barcelona?
- Una vez hayas enviado la solicitud, encontrarás en tu Área privada de Canal Empresa la documentación necesaria para hacer el pago (esto puede tardar unas horas).
- Si has solicitado recibir avisos, te llegará un correo con el aviso de pago pendiente.
- Modalidades de pago:
- Con tarjeta bancaria (VISA o MASTERCARD).
- Con carta de pago.
- Consulta la información sobre cómo pagar un trámite.
2. ¿El establecimiento está en la ciudad de Barcelona o es una empresa sin instalaciones y con domicilio social en Barcelona?
- Si el establecimiento se encuentra en la ciudad de Barcelona, o si es una empresa sin instalaciones de elaboración, envasado o almacenamiento con domicilio social en Barcelona, el pago debe hacerse por transferencia bancaria.
- Cuenta corriente para hacer el pago: ES11-2100-3000-17-2201727139 (Agencia de Salud Pública de Barcelona).
Tienes que realizar el pago de la tasa para poder continuar la tramitación.
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4
Cuarto paso
Aporta documentación
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede pedirte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede pedirte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta el videotutorial sobre cómo aportar documentos a un requerimiento.
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5
Quinto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré?
¿Qué respuesta recibiré?
- Inscripción en el RSIPAC:
- Recibirás el documento que certifica la inscripción en el RSIPAC mediante una notificación electrónica.
- Si la actividad requiere autorización previa de funcionamiento, debes recibir la resolución en un plazo máximo de seis meses. Si pasado este plazo no has recibido respuesta, tu solicitud se considerará autorizada.
- Consulta de empresas inscritas en el RSIPAC
- Inscripción en el RGSEAA:
- Si la actividad requiere inscripción en el RGSEAA, la Secretaría de Salud Pública de Cataluña la gestionará de oficio.
- Consulta de empresas inscritas en el RGSEAA
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación electrónica mediante e-NOTUM con la documentación de la inscripción en el RSIPAC y otra cuando la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición haya emitido el documento que certifica la inscripción en el RGSEAA.¿Puedo presentar un recurso?
Sí. Tendrás un mes desde el día siguiente a haber recibido la notificación para presentar un recurso de alzada ante el consejero o consejera de Salud.
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