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Pasos a realizar

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  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Normativa

  • LEY 4/2006, de 31 de marzo, ferroviaria.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4611  publicado el 10/04/2006)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • DECRETO 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalitat.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1827  publicado el 29/11/1993)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Si recibes la notificación de una sanción por incumplimiento de las normas del servicio de transporte de Ferrocarriles de la Generalitat de Catalunya (FGC), Cercanías o TRAM, este trámite te permite:

  • Solicitar la reducción (si has recibido una notificación de acuerdo de iniciación o de propuesta de resolución).
  • Presentar alegaciones (si has recibido una notificación de acuerdo de iniciación o de propuesta de resolución). 
  • Presentar recurso administrativo (si has recibido una notificación de resolución).

Si solicitas la reducción, conlleva la renuncia a presentar alegaciones o recurso administrativo.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Transports i Mobilitat

Otros organismos relacionados

  • Serveis Territorials de Territori, Habitatge i Transició Ecològica a Barcelona
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A personas físicas que reciban una notificación de sanción por infracción de FGC, Cercanías o TRAM.

Plazos

El plazo para presentar recurso es de 1 mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de la notificación de la resolución.

Documentación

En caso de que actúes como representante, debes presentar la documentación que acredite la representación mediante una Aportación de documentación en el expediente desde tu Área privada. No hace falta que la presentes si estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

 

Tasas

No deben pagarse tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar el recurso

    Para presentar el recurso por internet, tienes que identificarte con idCAT Mòbil o un certificado digital.

    Por Internet

    Acceso a Área privada

    Iniciar . Acceder a Acceso a Área privada

    ¿Cómo se ha de hacer?

    1. Redacta el recurso. Puedes utilizar, como modelo, el formulario de petición genérica (PDF).
    2. Preséntalo por el Área privada de la Sede electrónica de la Generalitat. Para acceder, debes identificarte digitalmente y seguir los siguientes pasos:
        • En el apartado 'Trámites y gestiones': ve al expediente sancionador correspondiente.
        • En el apartado 'Aportar documentación': adjunta el recurso.
        • Si has de presentar otros documentos, vuelve a clicar en el apartado 'Aportar documentación'.

    Más información: Soporte a la tramitación por internet.

     

    Presencialmente

    Puedes pedir cita en una oficina de atención ciudadana si necesitas información o ayuda para presentar el recurso. Te recomendamos que pidas cita para que no tengas que esperar.

    Pide cita . Acceder a Pide cita

    Si necesitas información sobre tu expediente, te recomendamos que pidas cita.

    ¿Cómo se ha de hacer?

    Redacta el recurso, imprímelo, fírmalo y preséntalo. Puedes utilizar, como modelo, el formulario de petición genérica (PDF).

    • Debes adjuntar al formulario los documentos que se especifican en el apartado "Documentación".
    • Si a la hora de descargar el formulario te aparece un mensaje de error, sigue estas instrucciones.

    ¿Dónde puedo presentar la documentación?

    • En la Oficina de Atención Ciudadana del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica en Barcelona.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registro o en cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • En el resto de registros de la Administración general del Estado, de cualquier comunidad autónoma, de la Administración local o del sector público institucional.
    • En las oficinas de correos.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:

    Consulta el estado del trámite en los sitios siguientes:

    • Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital).
    • Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF).
    • Cualquier oficina de atención ciudadana (OAC).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta? Recibirás la resolución del recurso en el plazo de 3 meses desde la fecha de presentación.

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    Recibirás la resolución del recurso en el plazo de 3 meses desde la fecha de presentación.

    Si no recibes ninguna respuesta en este plazo, debes entender que la Administración ha desestimado el recurso. En ese caso, podrás presentar un recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La Administración te enviará la notificación de la carta de pago por:

    • Correo postal (si no has pedido relacionarte con la Administración electrónicamente): recibirás la notificación en la dirección que hayas indicado en la solicitud.
    • Correo electrónico o SMS: si has indicado tu dirección de correo electrónico o tu teléfono móvil en el formulario, recibirás un aviso para acceder a la notificación electrónica.
        • Dispones de diez días naturales después de recibir el aviso para acceder a la notificación electrónica. Si transcurrido este plazo no has accedido a la notificación, se entenderá que lo ha rechazado.
        • Si tienes dudas, puedes consultar la web de soporte a la tramitación.
Fecha de actualización 12.03.2026
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