¿Qué tienes que saber?
Este trámite permite presentar la declaración responsable de inicio de actividad como agencia de colocación y/o empresa de recolocación, así como todas las comunicaciones relacionadas.
Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realizan actividades de intermediación laboral en coordinación y, en su caso, en colaboración con el servicio público de empleo correspondiente.
Se entiende por intermediación laboral el conjunto de acciones destinadas a ayudar a las personas trabajadoras a encontrar un empleo adecuado a sus características, y facilitar a las empresas los candidatos más idóneos para los puestos de trabajo que ofrecen, según el artículo 40.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
Para ello, las agencias de colocación valoran los perfiles, conocimientos, aptitudes y cualificación profesional de las personas que buscan trabajo, así como las características y requisitos de los puestos de trabajo. También pueden ofrecer servicios relacionados con la búsqueda de empleo, como orientación e información profesional, y con la selección de personal.
Las empresas de recolocación son agencias de colocación especializadas en ayudar a los trabajadores afectados por procesos de reestructuración empresarial. Actúan cuando existe un plan social o programa de recolocación acordado con los trabajadores o sus representantes, y están sujetas al mismo marco legal que las agencias de colocación.
Organismo responsable
A personas físicas o jurídicas, incluidas las empresas de trabajo temporal, que quieran llevar a cabo actividades de intermediación laboral.
En cualquier momento.
Este trámite es gratuito.
Si desea renunciar totalmente al alta como agencia de colocación y/o empresa de recolocación, debe comunicarlo a los Servicios Públicos de Empleo mediante el formulario que se encuentra en el Paso 1 de este trámite.
Si desea renunciar de forma parcial, es decir, dar de baja únicamente algunos centros de atención al público o alguna de las especializaciones, debe comunicarlo mediante el modelo oficial para esta finalidad:
- Si la renuncia afecta únicamente a centros ubicados en Cataluña, debe presentar la comunicación ante el Servicio Público de Empleo de Cataluña, mediante el formulario que se encuentra en el Paso 1 de este trámite.
- Si afecta a centros ubicados en diferentes comunidades autónomas, puede presentar la comunicación en cualquier comunidad autónoma donde tenga centros de atención al público.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar la renuncia
Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.
Si firma el formulario principal como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física
Si firma el formulario de solicitud como persona jurídica necesitará un certificado digital de representación o estar inscrito en Representa, el Registro electrónico de representación.
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad responsable la analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate y siempre será por medios electrónicos.