¿Qué tienes que saber?
El Departamento de Salud debe comprobar que las oficinas de farmacia cumplen las condiciones y los requisitos establecidos:
- antes de su apertura inicial al público.
- antes de su reapertura en caso de que haya cerrado por un periodo inferior a dos años.
- cuando se produzca un traslado.
- por cambio de titularidad.
- por unas obras para ampliar o reducir el local.
- para formalizar la toma de posesión de un regente.
Este cumplimiento se debe certificar mediante el acta de inspección correspondiente.
Este trámite solo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportéis por otro canal no se tendrá en cuenta ni será válida a efectos de fecha de presentación.
Para las solicitudes o comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos.
A las personas físicas que quieren abrir una oficina de farmacia, trasladarla, transmitirla total o parcialmente, modificar el local (ampliarlo o reducirlo) o nombrar un farmacéutico/a regente.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Con la solicitud de inspección hay que aportar la documentación siguiente:
- Una copia de la comunicación de aprobación de la escritura de compraventa por el colegio de farmacéuticos.
- Certificado de firmeza de la autorización.
- Plano del local, emitido y firmado por un técnico competente, que especifique las dependencias y los m2 de superficie de cada zona.
- Si actúa en nombre de la persona titular, tiene que aportar mandato de representación.
El día que se lleve a cabo la inspección deberá tener disponibles en la oficina de farmacia los documentos siguientes:
- Licencia de actividades del nuevo local o solicitud conforme la ha pedido.
- Escritura de compraventa de la oficina de farmacia.
- Documentación que acredite la disponibilidad jurídica del nuevo local.
- Haber obtenido la autorización previa del colegio oficial de farmacéuticos correspondiente.
- En los casos previstos, haber finalizado los trabajos autorizados.
119.75
Información ComplementariaEl importe de la tasa es fijo.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar una inspección
Este trámite sólo se puede hacer por internet. Es necesario que se identifique al enviar el formulario con la idCAT Móvil o un certificado digital
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2
Segundo paso
Pagar la tasa
Puedes pagar la tasa de las maneras siguientes:
Puedes pagar la tasa de las maneras siguientes:
- Con tarjeta bancaria:
- En el momento de enviar el formulario aparece un enlace para hacer el pago.
- O puedes pagar más tarde desde:
Desde el Área privada si tienes identificación digital.
Desde el Estado de mis gestiones si no tienes identificación digital.
- Con Bizum.
- Con carta de pago: Puedes descargarte la carta de pago en el área privada o en el Estado de mis gestiones.
Consulta toda la información sobre cómo puedes pagar un trámite.
Debes pagar la tasa para poder continuar la tramitación.
- Con tarjeta bancaria:
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3
Tercer paso
Consulta del estado del trámite
Puedes hacerlo:
Puedes hacerlo:
- en el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- en el Estado de mis gestiones (con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF).
- en el teléfono 012 (con el código identificador del trámite y el DNI/NIF).
Más información en Cómo acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
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4
Cuarto paso
Aportar la documentación requerida
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede solicitarte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
Una vez revisada la solicitud, la Administración puede solicitarte documentación complementaria. Puedes enviarla desde:
- el Área privada (con idCAT móvil o certificado digital)
- el Estado de mis gestiones (con el código identificador del trámite y el DNI/NIF).
Consulta el videotutorial sobre cómo puedes aportar documentos a un requerimiento.
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5
Quinto paso
Respuesta de la Administración
Una vez comprobado que la documentación aportada es correcta, el Servicio de Inspección de Farmacia se pondrá en contacto para concertar la inspección.
Una vez comprobado que la documentación aportada es correcta, el Servicio de Inspección de Farmacia se pondrá en contacto para concertar la inspección.
En el momento de la inspección se puede requerir toda la documentación complementaria que sea necesaria.