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23525 - Subvencions a SIOAS Departament d'Empresa i Treball accio
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Subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo en la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS) (Convocatorias de 2023 a 2026)

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Subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo en la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS) (Convocatorias de 2023 a 2026)

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Normativa

  • Resolución EMT/942/2026, de 26 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 para la concesión de subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9639  publicado el 07/04/2026)
  • ORDEN EMT/210/2024, de 7 de octubre, de modificación de la Orden EMT/125/2023, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9265  publicado el 10/10/2024)
  • ORDEN EMT/125/2023, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8921  publicado el 23/05/2023)
  • Resolución EMT/1337/2025, de 10 de abril, por la que se actualizan las retribuciones máximas aplicables a las subvenciones destinadas a las entidades sin ánimo de lucro para la realización del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y personas en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS) y a las subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo en la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9392  publicado el 14/04/2025)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Ayudas para la realización de los Servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo en la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental con el objetivo de incrementar el grado de ocupabilidad y la inserción laboral en el mercado de trabajo ordinario y aplicación del trabajo en apoyo para aquellas personas con necesidades especiales de inserción.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

La petición genérica no será válida para la presentación de las solicitudes de este trámite.

Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en la que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que se encuentra en este trámite.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Servei de Foment de Programes Laborals de Treball en la Diversitat i de les Economies Comunitàries

Otros organismos relacionados

  • Direcció General d'Economia Social i Solidària i el Cooperativisme
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
  • A entidades privadas con personalidad jurídica propia y sin afán de lucro.
  • A entes locales y sus entidades dependientes o vinculadas.
Plazos

El plazo para solicitar la subvención es del 8 de abril de 2026, a las 09:00 h., hasta el 15 de abril de 2026, a las 14:00 h.

Documentación

Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

  1. Detalle del cálculo presupuestario solicitud SIOAS (G146NRMI-903)

  2. Proyecto explicativo y detallado de los Servicios (G346NRMI-825)

  3. Documentación digitalizada acreditativa de la prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial que se haya negociado con la administración, si procede.
  4. Certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia, si procede.
  5. Material técnico de las acciones, tanto con respecto al material de uso del personal técnico como al material que utiliza a la persona participante, si procede.

  6. Cartas de soporte, convenios o compromisos de las empresas, si ocurre.

Otra documentación:

  • Autorización para la consulta de datos de las personas preparadoras en el marco de las subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y soporte a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS) (G346NRMI-887). 
  • Autorización para la consulta de datos de las personas destinatarias en el marco de las subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y soporte a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS) (G346NRMI-888).

El Departamento de Empresa y Trabajo podrá requerir estos documentos, en cualquier momento de la tramitación, para tener constancia de que las personas preparadoras y destinatarias han autorizado o no se han opuesto (dependiendo del caso) a que se consulten sus datos a otras administraciones y verificar que se cumplen los requisitos.

Documentos

Instrucciones para la presentación de la solicitud de subvenciones por los Servicios integrales de orientación, acompañamiento y soporte a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS)

Requisitos

Las entidades solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

  • Tener la sede social o el centro de trabajo en Cataluña,
  • Tener experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de las personas con discapacidad o
    trastornos de la salud mental en los procesos de inserción laboral, durante un periodo de como mínimo un año.
  • Cumplir las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se mantendrá a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de concesión y antes de recibir cualquier pago.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiario, de acuerdo con la normativa en materia de subvenciones.
  • Las entidades que desarrollan una actividad económica tienen que estar dadas de alta de esta actividad,
    excepto las entidades locales o las entidades del sector público institucional.
  • Disponer de las instalaciones y de los recursos materiales y humanos suficientes para la ejecución de los proyectos solicitados, especificaciones técnicas para el desarrollo de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y soporte a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental.
  • Tener la capacidad técnica y de la solvencia económica para llevar a cabo el proyecto.
    Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual. Para la realización de la actividad objeto de la subvención, se tiene que tener en cuenta la normativa en el momento de utilizar cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor.
  • Haber adaptado los estatutos según lo que dispone el Libro tercero del Código Civil de Cataluña y tener inscrita esta adaptación en el Registro correspondiente. Este requisito solo es aplicable en el caso que la entidad beneficiaria sea una fundación o asociación ya constituidas sujetas a las disposiciones del Código Civil de Cataluña.
  • En el caso de fundaciones, además del punto anterior, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el Libro tercero del Código Civil de Cataluña.
  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro genérico / específico correspondiente a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
  • Cumplir con los requisitos y obligaciones que se establecen a las normativas de prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo, relaciones laborales, erradicación de la violencia machista, igualdad de trato, inclusión de las personas con discapacidad y de protección y atención a la infancia y la adolescencia.
  • Cumplir con la normativa vigente en materia de desarrollo sostenible, transparencia y propiedad intelectual.
  • Informar sobre si se han pedido y/o obtenido otras ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, para la misma actividad. En caso afirmativo se tendrá que indicar, en el formulario de solicitud, el programa al cual se acoge, la cuantía solicitada, el porcentaje que suponen del coste total del proyecto, si se encuentran en fase de solicitud o concesión y con cargo a qué entidad pública o privada se han solicitado.
  • Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que los pueda afectar.

Además, en el caso de administraciones públicas, también tendrán que cumplir con:

  • Disponer del acuerdo del Pleno, o certificación del acuerdo del órgano competente para aprobar el proyecto y la solicitud de subvención.
  • Disponer del certificado del secretario o de la secretaria y/o interventor o interventora de la administración local en que se haga constar la disposición presupuestaria para la financiación de la parte de la acción financiada directamente por el solicitante, en la que se indiquen las partidas presupuestarias correspondientes.
  • Disponer del acuerdo o los acuerdos municipales por los cuales se decide la creación de la entidad y los estatutos u otros documentos fundacionales, y sus modificaciones.

 

Tasas

Este trámite és gratuito.

Otras informaciones

¿Cuáles son las personas destinatarias de los servicios?

Los destinatarios y destinatarias finales de la subvención son personas con discapacidad o trastornos de la salud mental que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o asimilados, que sufran alguna discapacidad psíquica, física, sensorial o intelectual; que tengan capacidad intelectual límite y trastornos de la salud mental, y que se encuentren en las situaciones siguientes:

  • Demandantes de empleo inscritos al Servicio Público de Ocupación de Cataluña:
    • demandantes de empleo no ocupados
    • demandantes de mejora de trabajo
  • Trabajadores y trabajadoras en activo en empresas del mercado ordinario que se encuentren en la fase de seguimiento
    a la inserción o de trabajo con apoyo.

Las personas destinatarias tienen que pertenecer mayoritariamente a la bolsa propia de personas de la entidad beneficiaria. Sin embargo, las oficinas de trabajo del Servicio Público de Ocupación de Cataluña (SOY) y/o los Servicios Sociales de Atención Primaria, podrán derivar personas con discapacidad o trastornos de la salud mental o personas con discapacidad perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía a las entidades beneficiarias.

¿Qué actuaciones o proyectos se subvencionan?

Se subvencionan actuaciones integradas que supongan la inclusión de servicios de orientación e información para el empleo y el autoempleo, la mejora de las competencias personales, formativas, profesionales y técnicas para favorecer la empleabilidad de las personas demandantes de empleo atendiendo las características y necesidades. También se incluirán la promoción de actuaciones de prospección del mercado de trabajo para facilitar la inserción laboral y las tareas de seguimiento y apoyo a la inserción laboral.

¿Dónde puedo realizar consultas o reportar una incidencia al presentar la solicitud?

Cualquier consulta o incidencia relacionada con la presentación de la solicitud se tiene que informar a la dirección de correo electrónico siguiente: sioasdiversitat.tsf@gencat.cat.

¿Cuál es el plazo de ejecución?

Para las entidades sin ánimo de lucro, agrupaciones y los entes locales: Los servicios integrales pueden iniciarse a partir del 01 de enero de 2025 y, en todo caso, antes del 31 de diciembre del año de concesión, y tienen que finalizar como máximo el 30 de abril de 2026.

  • El plazo máximo para la ejecución es de doce meses.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 08/04/2026 al 15/04/2026

    Este trámite sólo se puede hacer por internet.

    Hace falta que os identifiquéis cuando enviáis el formulario con el idCATMòbil o un certificado digital de:

    • Persona física.
    • Persona jurídica.
    • Persona vinculada.

    Consulta la relación de certificados en la sección 'Certificados y firmas electrónicas'.

    Por Internet

    Acceder al formulario

    Iniciar . Acceder a Acceder al formulario

    Comunicar por EACAT

    Iniciar . Acceder a Comunicar por EACAT

    En el caso de administraciones públicas, las solicitudes se tienen que presentar a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma EACAT.

    Cómo hacer el trámite cuando el sistema de tramitación no está operativo: en caso de que el último día de plazo no pueda realizar el trámite por una incidencia en el sistema, se ampliará el plazo a los tres días hábiles consecutivos.

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En la Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
    • En el Estado de les mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?

    El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    ¿Cómo se notifica la resolución?

    La resolución se notificará a la entidad beneficiaria mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (http://tauler.gencat.cat), sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    ¿Se puede presentar recurso?

    Contra la resolución de concesión o de denegación de las subvenciones, que no agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Fecha de actualización 08.06.2026
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