¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones para apoyar propuestas de traducción al catalán o al occitano de obras literarias escritas originariamente en lengua diferente al castellano. Se incluye la traducción de obras en formato de libro en papel o audiolibro.
Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud. Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede enviar un correo electrónico a osic@gencat.cat para hacer uso de este servicio.
Teléfonos de contacto:
- Trámite de solicitud: 93 567 11 13 correo electrònico
- Trámite de justificación: 93 554 73 52 correo electrònico
- Contenido del proyecto: 93 316 27 45 correo electrònico
Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.
Hay que presentar la documentación justificativa correcta y completa, según establece el punto 17.1 de las bases generales, con el fin de agilizar el cierre del expediente y poder hacer el ingreso de la parte restante de la subvención concedida.
En caso de dudas con la justificación, consulte esta guía para realizar el trámite de justificación.
Organismo responsable
- A las empresas editoriales (personas físicas o jurídicas) domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña.
- A Las entidades editoriales sin ánimo de lucro privadas con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña.
El plazo para presentar la cuenta justificativa finaliza el último día hábil del mes de enero del año siguiente al de la concesión de la ayuda.
Modelos de documentación que hayy que anexar al formulario de justificación:
- Memoria del proyecto
- Liquidación económica (debe presentar el mismo modelo de presupuesto-liquidación que anexó al formulario de solicitud, con las columnas "Importe ejecutado" rellenadas).
- Acreditación del logotipo en la obra publicada o en los elementos de difusión, si se llevan a cabo con posterioridad a la concesión de la subvención. Es necesario incluir el logotipo armonizado con las marcas de la Generalitat de Catalunya y de la Institució de les Lletres Catalanes y la expresión «Con el apoyo de la Generalitat de Catalunya y de la Institució de les Lletres Catalanes:» https://identitatcorporativa.gencat.cat/ca/descarregues/departaments-i-imatges-propies/departament-de-cultura/identificacions-propies/institucio-de-les-lletres-catalanes/
No hay tasas asociadas a este trámite.
El ejemplar de la obra que debe editar antes del 30 de septiembre, debe entregarse en la Institución de las Letras Catalanas (C/ Mallorca, 272 – 08037 Barcelona).
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar el formulario de justificación
Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
Plazos
Del 01/10/2026 al 29/01/2027Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento o en los Servicios Territoriales.
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de:- Persona física.
- Persona jurídica.
- Persona vinculada.
Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.
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2
Segundo paso
Ingreso del segundo pago de la ayuda concedida
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el [...]
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el ingreso del segundo pago de la subvención concedida.