¿Qué tienes que saber?
Subvenciones a galerías de arte para la programación de exposiciones que se lleven a cabo en espacios de exposición de Cataluña de acuerdo con las siguientes modalidades:
a) Subvenciones para la programación estable de exposiciones.
b) Subvenciones para la programación de exposiciones de especial interés cultural.
El plazo para solicitar la subvención es del 17 de diciembre de 2025 al 26 de febrero de 2026, ambos inclusive.
Las actividades objeto de la subvención deben llevarse a cabo entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
El gasto correspondiente a las actividades objeto de la subvención debe llevarse a cabo entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:
- Para consultas sobre contenidos de la subvención: 93 552 49 47 y 93 554 73 30
- Para consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Organismo responsable
Podrán optar a estas subvenciones las empresas personas físicas o jurídicas constituidas como galerías de arte cuya actividad principal sea la exposición abierta al público de obras de arte con finalidad comercial.
Las personas beneficiarias presentarán la documentación justificativa, a más tardar, el último día hábil del mes de octubre del año de concesión de la subvención.
La modalidad de justificación será la cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, en los términos establecidos en la base general 16.2.a.
Documentos
Memoria de la actividad - programación estable de exposiciones
Memoria de la actividad - programación de exposiciones de especial interés cultural
No hay que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Plazos
Del 30/09/2024