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  • Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad de las entidades integrantes del Programa Cataluña Clústeres
  • solicitar la ayuda
22855 - Subvencions a iniciatives de reforç de la competitivitat per a projectes de clústers any 2022 Departament d'Empresa i Treball accio
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Pasos a realizar

  1. 1. solicitar
  2. 2. Consultar el estado del expediente
  3. 3. Recibir la respuesta de la administración
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Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad de las entidades integrantes del Programa Cataluña Clústeres

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CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 18/11/2022 al 14/12/2022

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Ayudas a iniciativas de refuerzo de la competitividad de las entidades integrantes del Programa Cataluña Clústeres

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Normativa

  • RESOLUCIÓN EMT/3551/2022, de 12 de noviembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2022 de la línea de ayudas para la concesión de subvenciones a iniciativas de refuerzo de la competitividad para proyectos de clústeres (ref. BDNS 658755).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8795  publicado el 17/11/2022)
  • RESOLUCIÓN EMT/3011/2022, de 3 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a iniciativas de refuerzo de la competitividad para proyectos de clústeres.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8769  publicado el 10/10/2022)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Subvencionar iniciativas de refuerzo de la competitividad de las entidades integrantes del Programa Cataluña Clústeres que incluye las líneas siguientes:


Línea 1. Ayudas para proyectos de refuerzo competitivo empresarial, relacionados, con carácter enunciativo y no limitativo, con la cooperación, identificación e implementación de tendencias, detección y ejecución de estrategias de comercialización, detección de talento, de nuevas cadenas de valor, identificación de oportunidades a nivel internacional o incorporación de nuevos actores, entre otros.
Se entiende por competitividad al conjunto de acciones que el clúster y/o las empresas hacen para mejorar su posicionamiento a fin de maximizar sus resultados y superar a sus competidores actuales y/o potenciales.


Línea 2. Ayudas para proyectos de innovación, que incorporen el uso de las tecnologías definidas al documento “Diana de tendencias tecnológicas de ACCIÓ”, que se puede encontrar su web, y que, son en el campo de la sociedad digital: big data, inteligencia artificial, blockchain, nube, ciberseguridad, conectividad, fotónica y supercomputación; En el campo de la transformación verde: tecnologías del ciclo del agua, hidrógeno, baterías, gestión del CO₂, reciclaje y foodtech; en el campo de la resiliencia industrial: robótica, impresión 3D, vehículo eléctrico y semiconductores; en el campo de la salud: bioingeniería y salud digital.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • ACCIÓ - Agència per a la Competitivitat de l'Empresa
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades
  • Los clústeres acreditados dentro del marco de la acreditación de Clústeres para el periodo 2021-2023.
  • Las empresas y agentes de entorno, con establecimiento operativo en Cataluña. Únicamente podrán actuar como participantes de la ayuda, pero no como solicitantes.
  • No podrán ser beneficiarios de este las empresas individuales (autónomos)

Plazos

El periodo de solicitud es entre el 18 de noviembre de 2022 a las 9:00h y el 14 de diciembre de 2022 a las 14:00h.

Documentación
  • Memòria sol·licitud projectes reforç clústers
  • Memòria sol·licitud projectes d’innovació
  • Annex Pressupost sol·licitud reforç projectes clústers
  • Annex Pressupost sol·licitud projectes d’innovació
  • En el cas de projectes col·laboratius entre clústers, agents de l’entorn i/o empreses, fitxa de participació, signada pel representant legal de cada un d’ells.

-En el cas de projectes col·laboratius entre clústers, agents de l’entorn i/o empreses, document acreditatiu de poders per actuar com a representant legal de cada participant, en cas que aquest no estigui inscrit al Registre Mercantil (o registre anàleg) o bé al registre Representa

-Per a la Línia 1. Ajuts per a projectes de reforç competitiu empresarial, declaració dels ajuts rebuts en concepte de minimis dels darrers tres anys segons el model 

Documentos

Ficha informativa

Requisitos

Pueden ser beneficiarios/as de estas ayudas:

  • Los clústeres acreditados dentro del marco de la acreditación de Clústeres para el período 2021-2023 y que hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en la Resolución EMC/610/2021, de 3 de marzo, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la acreditación de clústeres para el período 2021-2023 en el marco del Programa Catalunya Clústers.
  • Empresas y agentes de entorno, con establecimiento operativo en Cataluña, que formen parte de cualquiera de los clusters acreditados en el Programa.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    solicitar

    Plazos
    Del 18/11/2022 al 14/12/2022

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos siguiendo las siguientes instrucciones:

    1. Descargar el formulario.
    2. Cumplimentar el formulario.
    3. Adjuntar los documentos en el formulario, validarlo, firmarlo con certificado digital y guardarlo. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario siguiendo las instrucciones indicadas en el paso 3. “Enviar a Tramitar”.
    4. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibimiento y copia del formulario enviado.

    Si en el momento de presentar el formulario de solicitud no puede adjuntar todos los modelos de documentación, puede enviarlos posteriormente a través de la funcionalidad “Adjuntar la documentación”.

    Consideraciones a tener en cuenta:

    El formulario de solicitud, debe estar firmado digitalmente por la persona que tenga poderes de la empresa solicitante. La identificación de la persona solicitante se hará a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica y que se pueden consultar en https://web.gencat.cat/ca/seu-electronica/certificats-i-signatures- electrónicas/ y en este caso concreto, debe consistir en un certificado calificado o reconocido de representante de persona jurídica que acredite que la persona firmante está vinculada a la solicitante y dispone de capacidad de representación de la misma.

     


    Consideraciones a tener en cuenta:
    En caso de que no pueda tramitar por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde. Sólo en caso de que exista una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas electrónicos durante el último día establecido para la realización del trámite correspondiente, este trámite se podrá llevar a cabo durante los 3 días hábiles consecutivos siguientes. Consulte las condiciones técnicas necesarias para realizar trámites online en Trámites gencat Es necesario consignar la dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil dentro del formulario de la persona y que ésta, sea una persona de la empresa que gestione la ayuda, dado que será quien reciba las notificaciones y reclamaciones del expediente.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del expediente

    Podeu consultar l’estat del tràmit:

    Podeu consultar l’estat del tràmit:

    • A Canal Empresa(amb certificat digital).
    • Al telèfon012 (amb l’identificador del tràmit i el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la administración

    Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente?

    Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente?

    A través del correo electrónico indicado, recibirá un mensaje informándole que debe acceder a su carpeta de trámites gencat, para consultar una actualización de su expediente. Para acceder a su carpeta y consultar el requerimiento debe disponer de certificado digital. El requerimiento también estará publicado en el Tablón Electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la notificación en el Tablón electrónico, la entidad deberá presentar toda la documentación que se requiere, si no lo hace se entenderá que desiste su petición.

     

    ¿Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?

    El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses mencionado, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos

    Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?

    El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses mencionado, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

     

    La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    Contra la resolución de concesión o de denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el/la consejero/a delegado/a de ACCIÓ en el plazo de un mes, a contar desde el al día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010 , de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

     

     

Fecha de actualización 03.08.2023
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