¿Qué tienes que saber?
Programa de ayudas a inversiones de Alto Impacto
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con establecimiento operativo en Cataluña, o en proceso de establecerlo, excepto las empresas con proyectos de comercio al por menor, del sector inmobiliario y las empresas con proyectos con actividades incluidas dentro de sacrificio de ganado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos, que recoge la clasificación catalana de actividades económicas (CCAE) y las dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.
Des de las 09:00 horas del día después de la publicación de la convocatoria en el DOGC hasta las 14:00 horas del 19 de octubre del 2023.
- Memoria técnica del proyecto
- Presupuesto
- Declaración de las ayudas recibidas en concepto de minimis del ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios anteriores. Para todas las acciones, excepto las acciones 2.4, 2.5, 2.6 y 2.7. Declaración de otras ayudas que haya recibido la persona solicitante al amparo de la sección 2.1 del Marco Nacional Temporal nacional relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a apoyar a la economía después de la agresión contra Ucrania por parte de Rusia (Decisión SA. 102771 y las posteriores modificaciones)
- Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros:
o Personas jurídicas con afán de lucro
- Que de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: declaración responsable firmada con certificado digital por el representante legal acreditando el cumplimiento de los plazos legales de pago.
- Que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberá acreditarse el cumplimiento de los plazos legales de pago mediante certificación, emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que tendrá en cuenta el plazo efectivo de los pagos de la entidad con independencia de cualquier financiación por el cobro anticipado de la empresa proveedora.
o Entidades de derecho público y entidades sin ánimo de lucro no están sujetas al cumplimiento de este requisito y habrá que acreditar este hecho mediante la documentación que corresponda (escritura de constitución o estatutos).
Documentos
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las empresas con establecimiento operativo en Cataluña o en proceso de establecerlo, que lleven a cabo proyectos como los que se describen en la base 4 del presente anexo, salvo las empresas con proyectos de comercio en detalle, del sector inmobiliario, de sacrificio de ganado, conservación de carne, elaboración de productos cárnicos y producción primaria de productos agrícolas.
En el caso de proyectos de la acción 2.5 y de la acción 2.7, sólo podrán ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) según la definición del anexo 1 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 27/07/2023 al 19/10/2023 -
2
Segundo paso
Consultar el estado del expediente
Podeu consultar l’estat del tràmit:
Podeu consultar l’estat del tràmit:
- A Canal Empresa(amb certificat digital).
- Al telèfon012 (amb l’identificador del tràmit i el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
Cómo puedo saber si la administración ha recibido mi solicitud?
Al realizar la solicitud, recibirá un acuse de recibo con un número que le servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez que la Administración efectúa el control de los datos recibidos, recibirá la respuesta de la Administración a través del portal de trámites Gencat.
¿Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente?
A través del correo electrónico indicado, recibirá un mensaje informándole que debe acceder a su carpeta de trámites Gencat, para consultar una actualización de su expediente. Con el certificado digital se puede consultar el estado de su trámite a través de Mi carpeta. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la notificación en el Tablón electrónico, la entidad deberá presentar toda la documentación que se requiere, si no lo hace se entenderá que desiste su petición.
¿Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses mencionado, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
Contra la resolución de concesión o de denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el/la consejero/a delegado/a de ACCIÓ en el plazo de un mes, a contar desde el al día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010 , de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.