¿Qué tienes que saber?
Subvencions pluriennals al desenvolupament de projectes de circ (2026-2029)
Subvenciones para el desarrollo de proyectos de espectáculos de circo de sala, calle y carpa de carácter profesional para el periodo 2026-2029
El objeto de estas subvenciones es dar soporte plurianual al desarrollo de proyectos de circo de de sala y de calle de carácter profesional para el periodo 2026-2029, de acuerdo con las tipologías siguientes:
a) Empresas o entidades que cumplen los requisitos que establece la base 3.1.1.
b) Empresas o entidades que cumplen los requisitos que establece la base 3.1.2.
A efectos de estas ayudas, se entenderá por desarrollo todas aquellas tareas necesarias para llevar a cabo un proyecto de circo que no sean estrictamente necesarias para su producción.
Los solicitantes deberán optar por una de las tipologías descritas. El órgano instructor, si aprecia el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos para la tipología elegida, puede requerir al solicitante que opte por otra tipología cuyos requisitos cumpla.
Las subvenciones previstas en estas ayudas se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
El plazo de presentación de solicitudes es del 2 al 23 de febrer de 2026, ambos incluidos.
Horario de atención telefónica de 9 a 14 h de lunes a viernes:
- Para consultas sobre contenidos de la subvención: 93 552 45 73 y 93 554 78 45
- Para consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Organismo responsable
Pueden optar las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que gestionen compañías de circo y que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito del circo, domiciliadas en el Estado español o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en el Estado español, que acrediten una trayectoria consolidada en la producción de espectáculos de circo.
Asimismo, pueden optar las agrupaciones de empresas antes mencionadas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Lei del Estado 18/1982, del 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de sociedades de desarrollo industrial regional, y que cumplan los requisitos del apartado 1.
También pueden optar las entidades privadas sin ánimo de lucro, que gestionen compañías de circo y que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito del circo, domiciliadas en España o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España, que acrediten una trayectoria consolidada en la producción de espectáculos de circo.
No pueden optar los ayuntamientos de Cataluña o entes vinculadas o dependientes, incluidos los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles con capital social íntegramente o mayoritariamente de las entidades mencionadas.
Justificar la subvención - Convocatoria 2023-2026
3.ª justificación temporada 2025/2026 (a presentar hasta el 30.10.2026)
Como máximo en fecha 30 de octubre de 2026, las personas beneficiarias deben presentar la tercera justificación de la subvención otorgada para el período 2023-2026. La cuenta justificativa que deben presentar corresponde a la actividad subvencionada durante la temporada 2025-2026.
Las actividades subvencionadas deben justificarse mediante la cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con el apartado 2.b) de la base general 16, cuando el importe global de la subvención otorgada sea igual o inferior a 60.000,00 euros, y mediante la cuenta justificativa con informe de auditor, de acuerdo con el apartado 3 de la base general 16, cuando el importe global de la subvención otorgada sea superior a 60.000,00 euros.
Antes del último día hábil de octubre de 2026, las empresas beneficiarias deben presentar, además de la documentación establecida en el apartado 1, la documentación acreditativa de los estrenos de las producciones incluidas en el proyecto artístico presentado.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Justificar la subvención
Plazos
Del 01/09/2026