¿Qué tienes que saber?
Subvención para el coste de la contratación de servicios de asesoramiento para el testeo, experimentación y validación del uso y/o aplicación de tecnologías digitales avanzadas a la empresa mediante el uso de infraestructuras tecnológicas (como laboratorios, equipamientos y plataformas tecnológicas), como paso previo al escalado posterior de la solución tecnológica y su implementación en forma de proyectos.
Aquest tràmit només es pot fer per internet. La documentació que aporteu per un altre canal no es tindrà en compte ni es computarà a efectes de data de presentació.
- Empresas con establecimiento operativo en Cataluña que estén legalmente constituidasy ejerzan una actividad económica en el momento de presentación de la solicitud. Estasempresas en el momento de la solicitud, tendrán que acreditar un grado mínimo demadurez digital correspondiente a las categorías "explorando", "competente", "experto"o"líder", como resultado de realizar el Test de Autorientación digital del DIH4CAT https://autorientacio.dih4cat.cat/
- Una misma empresa puede recibir como máximo 3 cupones por esta línea de ayuda.
Desde las 09:00 horas del día siguiente a la publicación de la Convocatoria y hasta el día 12 de diciembre de 2022 a las 14:00h o bien hasta agotar presupuesto.
Documentación relativa del solicitante
- Declaración de minimis
- Memoria técnica del proyecto
- Resultado del test de Autoorientación digital del DIH4CAT
Documentación relativa al proveedor:
Relación de proyectos previos y infraestructuras propias
- Relación de mínimo 3 proyectos previos realizados el los ultimos 5 años relacionales con alguno de los ámbitos tecnológicos descritos en la base 4.1 según el modelo normalizado.
- Relación de mínimo 2 proyectos de asesoramiento especializado en digitalización prestados a empresas o entidades públicas en los últimos 5 años relacionados con alguno de los ámbitos tecnológicos descritos en la base 4.1 según modelo normalizado.
- Relació d’infraestructures i equipaments propis(hardware i software) o a les que es té accés, en mínim un dels àmbits tecnològics descrits a la base 4.1 anterior, relacionades amb el servei de testatge, experimentació i validació de tecnologia a prestar a l’empresa sol·licitant de l’ajut, segons el model normalitzat disponible a la web d’ACCIÓ.
- En el cas de membres d’un European Digital Innovation Hub, documentació oficial de la Comissió Europea (CE) on quedi palès que el proveïdor seleccionat és beneficiari directe d’un ajut de la Unió europea del programa Europa Digital com a membre d’un European Digital Innovation Hub.
- En el cas d’entitats vinculades a un European Digital Innovation Hub, declaració responsable emesa per un beneficiari directe o pel representant davant la Comissió Europea d’un European Digital Innovation Hub finançat per la CE, manifestant la vinculació del proveïdor amb el European Digital Innovation, segons el model normalitzat.
No caldrà presentar aquesta documentació en el cas que es consideri que ACCIÓ ja en disposa; en aquest cas s’hauran d’indicar dins de la memòria del projecte les referències que permetin a ACCIÓ identificar aquesta documentació.
Documentos
Pasos a realizar
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1
Primer paso
solicitar
Plazos
Del 11/10/2022 al 12/12/2022Aquest tràmit només es pot fer per internet.
Cal que signeu el formulari principal amb un certificat digital de:
- Certificat de representació de persona jurídica.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del expediente
Podeu consultar l’estat del tràmit:
Podeu consultar l’estat del tràmit:
- A Canal Empresa(amb certificat digital).
- Al telèfon012 (amb l’identificador del tràmit i el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la administración
Cómo puedo saber si la administración ha recibido mi solicitud?
Al realizar la solicitud, recibirá un acuse de recibo con un número que le servirá para identificar el trámite iniciado. Una vez que la Administración efectúa el control de los datos recibidos, recibirá la respuesta de la Administración a través del portal de trámites Gencat.
¿Por qué canal recibiré los requerimientos de documentación para completar mi expediente?
A través del correo electrónico indicado, recibirá un mensaje informándole que debe acceder a su carpeta de trámites Gencat, para consultar una actualización de su expediente. Con el certificado digital se puede consultar el estado de su trámite a través de Mi carpeta. En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la notificación en el Tablón electrónico, la entidad deberá presentar toda la documentación que se requiere, si no lo hace se entenderá que desiste su petición.
¿Cuál es el plazo para recibir la resolución de otorgamiento?
El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla será de seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En caso de que el órgano competente no dicte y notifique la resolución en el plazo de seis meses mencionado, se entenderá que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artículo 54.2.e) de la Ley 26/ 2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. La resolución, con indicación de la cuantía de la ayuda otorgada se publicará en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña sin perjuicio de que pueda utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
Contra la resolución de concesión o de denegación de las ayudas, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el/la consejero/a delegado/a de ACCIÓ en el plazo de un mes, a contar desde el al día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 77 de la Ley 26/2010 , de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; o directamente recurso contencioso administrativo ante la sala contencioso administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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