¿Qué tienes que saber?
Con estas ayudas se quiere dar el impulso a start-ups tecnológicas (empresas emergentes con tecnología propia) en las fases iniciales de su actividad empresarial. Es una ayuda para desarrollar su producto o servicio, validar el modelo de negocio para llegar al mercado y facilitar la captación de primeras inversiones por las start-ups de alto potencial de crecimiento.
Este trámite sólo se puede realizar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Las pequeñas empresas emergentes (start-ups) tecnológicas con tecnología propia y establecimiento operativo en Cataluña que cumplen los requisitos siguientes:
- Ser creadas entre mínimo 1 día antes de la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOGC, es decir a partir de 17/05/2022, y como máximo, 18 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
- Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de sus socios fundadores. No se consideran beneficiarios los empresarios individuales.
- Que el equipo fundador esté formado por emprendedores, no emprendidas o instituciones, y que estos tengan la mayoría del capital de la empresa (mínimo 51%).
- La financiación previa total recibo por la empresa emergentes (start-ups) (en todas las fórmulas) hasta la fecha de la solicitud tiene que ser inferior a 250.000 €
- Y otras como: que no estén cotizadas, que no hayan distribuido beneficios y que no hayan ni sido fruto de un proyecto de concentración empresarial o se hayan hecho cargo de otra empresa y estar en situación censal de alta a la Agencia Tributaria que acredite la realización de actividad económica.