¿Qué tienes que saber?
Subvención para la contratación en la modalidad de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional de personas jóvenes de 16 a 29 años que deben estar registradas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con la condición de beneficiarias e inscritas como DONO el día hábil anterior a iniciar el contrato. En los primeros 3 meses puede sustituirse la baja de la persona contratada; en estos casos la duración del contrato debe ser mínimo de 9 meses y deben finalizar antes del 15 de febrero de 2027.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta y se considerará como no presentada.
El plazo de presentación de solicitudes es desde las 9:00 h del 23 de julio hasta las 15:00h del 5 de septiembre de 2025.
Organismo responsable
- A los ayuntamientos de Cataluña.
- A los consejos comarcales de Cataluña.
- A las entidades sin ánimo de lucro así como a las asociaciones y fundaciones.
El plazo de presentación de solicitudes es desde las 9:00 h del 23 de julio hasta las 15:00h del 5 de septiembre de 2025.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- La memoria técnica según modelo normalizado. Obligatorio
- Declaración de ausencia de conflicto de interés de entidades solicitantes (DACI). Obligatorio (G146NIA-459)
- Documentación acreditativa de la representación con la que se actúa (sólo cuando la firma electrónica no lo acredite o no se pueda consultar en un registro público).
- Copia de la escritura pública o contrato de constitución, en el caso de sociedades civiles privadas (SCP).
- Documentación acreditativa de prerrogativa especial negociada con la Administración por prórroga, aplazamiento, moratoria, u otra condición especial en relación con deudas tributarias y/o de Seguridad Social.
- En caso de no autorizar la consulta, documentación acreditativa de encontrarse al corriente del pago de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y ante la Seguridad Social.
- En caso de oposición a la consulta de interoperabilidad, documentación acreditativa correspondiente.
Cumplir los requisitos que establece la base 4 de la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre.
No hay que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar la subvención
Plazos
Del 23/07/2025 al 05/09/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet. Puede consultar el web de soporte a la tramitación donde encontrará la información sobre todo lo que debe saber para realizar un trámite por internet con la Generalitat de Catalunya.
Si firma el formulario principal como autónomo, es necesario que disponga de un certificado digital de persona física
Si firma el formulario de solicitud como persona jurídica, tendrá que hacerlo con un certificado digital de representación.
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el portal EACAT en el caso de entidades públicas
-
3
Tercer paso
Recibir respuesta de la administración
¿Cuándo se recibe respuesta?
¿Cuándo se recibe respuesta?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Si, pasado este plazo, no se ha dictado una resolución, se entiende que la solicitud ha sido desestimada.
¿Cómo se recibe la respuesta?
La resolución se notificará a la persona o entidad interesada mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
¿Se puede presentar recurso?
Sí, dispone de un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la fecha de notificación de la resolución de concesión o de denegación de la subvención, para presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, según lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.