¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones para apoyar a proyectos relativos al patrimonio bibliográfico, en las dos siguientes modalidades:
a) La colaboración en la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Cataluña (CCPBC) en la tipología de monografías impresas entre los siglos XV y XX hasta 1958 incluido.
b) La digitalización y la difusión de fondos bibliográficos patrimoniales en soporte papel o pergamino, y de fondos fotográficos patrimoniales en cualquier soporte.
Solo se admite un proyecto de actuación por solicitante y modalidad. Debe tratarse de un proyecto concreto. Quedan excluidos los proyectos de actuación genéricos.
Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y deberá disponer de un certificado digital para poder firmar la solicitud.
En caso de interrupción no planificada del funcionamiento de Trámites gencat, durante el último día del plazo de solicitud, deberá enviar inmediatamente al buzón de contacto un mensaje informando del error. Es necesario que se adjunte el formulario de solicitud debidamente firmado y una captura de pantalla (tecla Impr Pant) en la que se pueda ver el mensaje de error que le devuelve el sistema y la hora en que se produjo la incidencia.
Contacta con nosotros:
- Trámite de solicitud y de reformulación: 93 554 73 47 cclariana@gencat.cat
- Trámite de justificación: 93 316 27 95 spey@gencat.cat
- Contenido del proyecto:
- Modalitat a) 93 270 23 00 ext. 3153 - naltarriba@bnc.cat
- Modalitat b) 93 270 23 00 ext. 3171 - fnavarro@bnc.cat
Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
a) A las entidades locales o entes que dependen de ellas de Cataluña.
b) A las universidades públicas y privadas de Cataluña.
c) A las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan domicilio en Cataluña.
Plazo de presentación de solicitudes: del 2 de diciembre de 2025 al 21 de enero de 2026 a las 14.00.00 h.
Documentación que se debe adjuntar al formulario de solicitud:
- Proyecto de actividad o actuación que se puede descargar a continuación:
- Presupuesto completo y detallado del proyecto que se puede descargar a continuación:
Estos modelos también están disponibles en EACAT.
Una vez publicada la propuesta provisional de concesión, en caso de otorgamiento, se debe presentar la documentación siguiente:
- Documento de aceptación/reformulación/renuncia.
Tenéis 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la propuesta provisional de concesión para presentar esta documentación a través del Área privada.
Para obtener la condición de beneficiarias de las ayudas, los solicitantes, además de cumplir los requisitos y las condiciones que establece la base general 4, deben cumplir también los siguientes:
Para la modalidad a):
a) Disponer de las instalaciones necesarias para garantizar la preservación de los fondos bibliográficos y ofrecer el acceso público a los documentos, ya sea en horario establecido o mediante cita previa.
b) Disponer de una infraestructura informática que permita el trabajo en línea y el acceso a Internet.
c) La biblioteca o centro gestor de los fondos correspondientes debe estar incluido en el Censo de bibliotecas y centros con fondos patrimoniales gestionado por la Biblioteca de Cataluña.
d) La catalogación bibliográfica debe realizarse en formato MARC 21 (Machine Readable Cataloging) y de acuerdo con el código de catalogación RDA (Resource Description and Access). En caso de que se incluyan otros instrumentos de descripción, deben seguir la normativa internacional.
Para la modalidad b):
a) Disponer de un repositorio institucional en línea, de acceso abierto y gratuito, o participar en alguno de los repositorios cooperativos existentes en Cataluña (por ejemplo, ARCA o Memoria Digital de Cataluña, Calaix), en el que se tendrán que publicar los documentos para cuya digitalización y difusión se solicita la subvención. El repositorio debe disponer de los protocolos y características necesarias para poder ser ingresado mediante agregadores (OAI-PMH y Dublin Core).
b) Disponer de la autorización del titular o titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre los documentos objeto de la solicitud de subvención para su difusión, en caso de que estos derechos estén vigentes.
c) La digitalización debe realizarse conforme a los estándares internacionales. Se puede tomar como referencia el documento Estándares de digitalización: requerimientos mínimos, consultable en la web de la Biblioteca de Cataluña.
Solo se admite un proyecto de actuación por solicitante y modalidad. Debe tratarse de un proyecto concreto. Quedan excluidos los proyectos de actuación genéricos.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Cuantía
La cuantía de la subvención es del 100% de los gastos subvencionables.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los gastos relativos al personal contratado específicamente para llevar a cabo el proyecto subvencionado, excluyéndose los relativos a personal que desarrolla también otras tareas en la entidad solicitante.
También son subvencionables los gastos de contratación de una empresa o profesional externo para la implementación del proyecto.
En caso de que el proyecto incluya tareas de acondicionamiento o condicionamiento, catalogación y otros gastos materiales generados por la digitalización del fondo objeto de la subvención, son subvencionables siempre que no superen el 20% del coste del proyecto.
No son subvencionables los gastos que se refieran a gastos generales o indirectos, ni las inversiones.
Criterios de valoración
Consule el punto 8 de las bases específicas.
Comisión de valoración
Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valocación se pueden consultar en el espacio Transparencia de la web de Trámites del Departamento de Cultura.
Otras obligaciones
En caso de que se subcontrate a una persona o entidad vinculada para llevar a cabo una actividad subvencionable, la persona solicitante debe presentar en la OSIC una petición de autorización previa expresa y debe tener presente que, a la hora de justificar la ayuda, no puede exceder del coste imputado a la solicitud por este concepto. Asimismo, debe ajustarse al punto 6.6 de las bases generales, donde se hace referencia a la subcontractación.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 02/12/2025 al 21/01/2026El trámite de presentación de solicitudes se cierra a las 14:00:00h.
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2
Segundo paso
Aceptar la subvención y adjuntar la documentación
Una vez finalizado el terminio de presentación de solicitudes, la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural publicará la propuesta provisional de subvenciones concedidas en Tablón de la [...]
Una vez finalizado el terminio de presentación de solicitudes, la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural publicará la propuesta provisional de subvenciones concedidas en Tablón de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 dies hábiles para presentar la documentación siguiente:
- Documento de acceptación de la subvención.
Las personas propuestas como beneficiarias pueden presentar la reformulación del proyecto y del presupuesto para adaptarlos a la subvención propuesta por la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural si su importe es inferior al que se ha solicitado a la Oficina, en los términos que establece la base general 12.4.
Se debe presentar la documentación a través del espacio Área privada. Las administraciones públicas deben realizar toda la gestión de la solicitud a través de la Extranet de las Administraciones Catalanas (EACAT).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
La concesión o denegación se publicará en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.Se podrá hacer el seguimiento del estado de la solicitud accediendo al espacio [...]
- La concesión o denegación se publicará en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.
- Se podrá hacer el seguimiento del estado de la solicitud accediendo al espacio "Estado de sus trámites " de la web del Departamento de Cultura.
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4
Cuarto paso
Recibir la subvención
En el momento de la concesión se inicia el pago anticipado del 80% del importe otorgado.El pago del 20% restante se tramita una vez la actividad subvencionada ha sido debidamente realizada, de [...]
- En el momento de la concesión se inicia el pago anticipado del 80% del importe otorgado.
- El pago del 20% restante se tramita una vez la actividad subvencionada ha sido debidamente realizada, de acuerdo con las modalidades de justificación previstas en las propias bases.