¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones destinadas a la conservación-restauración, entendida como conservación preventiva, conservación curativa y restauración de bienes culturales muebles y de los elementos arqueológicos y artísticos integrados en los bienes inmuebles que forman parte del patrimonio cultural catalán.
Las actuaciones de conservación preventiva, conservación curativa y restauración deben ser de las especialidades de pintura y escultura sobre madera, pintura sobre tela, pintura mural, arte contemporáneo en cualquier formato, escultura sobre piedra, materiales arqueológicos y yacimientos arqueológicos, materiales etnológicos, vitrales, materiales textiles, mobiliario, documento, obra sobre papel y fotografía.
Estas subvenciones se tramitan telemáticamente y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.
En caso de interrupción no planificada del funcionamiento de Trámites gencat, durante el último día del plazo de solicitud, deberá enviar inmediatamente al buzón de contacto un mensaje informando del error. Es necesario que se adjunte el formulario de solicitud debidamente firmado y una captura de pantalla (tecla Impr Pant) en la que se pueda ver el mensaje de error que le devuelve el sistema y la hora en que se produjo la incidencia.
Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede enviar un correo electrónico a osic@gencat.cat para acogerse a este servicio.
Teléfonos de contacto:
- Trámite de solicitud y de reformulación: 93 554 73 47 cclariana@gencat.cat
- Trámite de justificación: 935 545 518 mguallarte@gencat.cat
- Contenido del proyecto: 93 590 29 73 jvendrell@gencat.cat
Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.
Hay que presentar la documentación justificativa correcta y completa, según establece el punto 17.1 de las bases generales, con el fin de agilizar el cierre del expediente y poder hacer el ingreso de la parte restante de la subvención concedida.
En caso de dudas con la justificación, consulte esta guía para realizar el trámite de justificación. En caso de administración pública consulte esta guia.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
a) Los entes locales de Cataluña y los organismos que dependen de ellos
b) Los consorcios locales con domicilio en Cataluña
c) Las personas físicas
d) Las asociaciones y fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan domicilio en Cataluña
Convocatoria 2024
El plazo para presentar la cuenta justificativa termina el 31 de octubre de 2025.
Hay que anexar al formulario de justificación la documentación siguiente:
1. Memoria final redactada por la persona conservadora-restauradora que ha llevado a cabo la intervención
2. Liquidación económica (presente el mismo modelo de presupuesto-liquidación que anexó al formulario de solicitud, con la columna “Importe realizado” rellenada)
3. Facturas y comprobantes de pago
4. Declaración de cesión de derechos al Departamento de Cultura
5. Acreditación del uso del logotipo de la Generalitat de Catalunya.
Las corporaciones locales y los entes que dependen tienen que presentar la documentación justificativa, a través de la plataforma EACAT, según se especifica en el punto 17.1.b) (cuenta justificativa con aportación de declaración responsable de la Intervención) de las bases generales.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar el formulario de justificación
Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
Plazos
Del 01/02/2024 al 31/10/2025Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento o en los Servicios Territoriales.
Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el [...]
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el ingreso del segundo pago de la subvención concedida.