Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para el crecimiento de las empresas
ACCIÓ - Agencia para el crecimiento de las empresas
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia de crecimiento
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Ayudas empresariales del Fondo de Transición Nuclear
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Accede a “Ayudas para la innovación empresarial (I+D+i)”

        • Ayudas de exploración tecnológica
        • Ayudas a la innovación tecnológica
        • Ayudas para proyectos de I+D
        • Accede a “Ayudas para la innovación empresarial (I+D+i)”

      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Inteligencia artificial para empresas industriales
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación: Catalunya Exporta
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Préstamos bonificados para internacionalizarse
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Subvenciones para la incorporación de socios o socias trabajadores/oras o socios o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales
  • Solicitar la subvención 2026
11430 - Subvencions per a la incorporació de socis o sòcies treballadors/es o socis o sòcies de treball a cooperatives i societats laborals Departament d'Empresa i Treball accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas
  • Otras Informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. Sol·licitar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Rebre la resposta de l'Administració
  • Ir a: Solicitar la subvención 2026
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Otras Informaciones
  • Ir a: Pasos a realizar

Subvenciones para la incorporación de socios o socias trabajadores/oras o socios o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales

Solicitar la subvención 2026

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 04/06/2026 al 10/06/2026

Por Internet Iniciar

¿Necesitas ayuda?

Saber más

Subvenciones para la incorporación de socios o socias trabajadores/oras o socios o socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales

Solicitar la subvención 2026

Por Internet Iniciar
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 04/06/2026 al 10/06/2026

QUIÉN
CÓMO
Empresas y profesionales Por Internet

¿Necesitas ayuda?

¿Necesitas ayuda?

Envía tu consulta

  • Buzón de contacto

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • Resolución EMT/1719/2026, de 29 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 derivada de la Orden TSF/188/2016, de 27 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones para la incorporación de personas socias trabajadoras o personas socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9678  publicado el 03/06/2026)
  • ORDEN TSF/188/2016, de 27 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la convocatoria de subvenciones para la incorporación de personas socias trabajadoras o personas socias de trabajo en cooperativas y sociedades laborales.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7163  publicado el 15/07/2016)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de este programa es subvencionar la incorporación de socios o socias trabajadores/oras o socios o socias de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral, inscrita en el registro correspondiente y con actividad o sede social en Cataluña.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aportáis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

La petición genérica no es válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que encontráis en este trámite.

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Secretaria de Treball

Otros organismos relacionados

  • Servei de Foment
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
  • A las cooperativas.
  • A las sociedades laborales.
Plazos

El plazo para solicitar la subvención es del 4 de junio de 2026, a las 09:00 h., hasta el 10 de junio de 2026, a las 14:00 h.

Documentación

Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

  • Declaración responsable de ayudas de minimis de los últimos tres ejercicios y vinculación con otras entidades (G346NCTC-916).
  • Si se pega, a los efectos de valoración del proyecto, el plan de formación de acogida de las personas socias de la empresa solicitando, con especial énfasis en la formación societaria y en gestión empresarial.
  • Si se pega, a los efectos de valoración del proyecto, la descripción de las actividades relacionadas con la contribución a la mejora del medio ambiente y/o memoria de sostenibilidad, certificación medioambiental o de calidad, o indicación del sitio web donde poder tener acceso al documento.
  • Si ocurre, fotocopia de la resolución por la cual se abona la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
  • Las personas solicitantes que hayan negociado con la Administración una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial, hace falta que aporten la documentación que acredite esta prerrogativa especial.    

Documentación general disponible para las cooperativas y sociedades laborales:

  • Autorización para la consulta de datos en el marco de la subvención en las cooperativas o sociedades laborales que incorporen personas socias trabajadoras o personas socias de trabajo, de acuerdo con el modelo normalizado (G346NCTC-760). El Departamento de Empresa y Trabajo podrá requerir este documento, en cualquier momento de la tramitación, para tener constancia que las personas socias han autorizado o no se han opuesto (dependiendo del caso) en qué se consulten sus datos a otras administraciones y verificar que se cumplen los requisitos.

Una vez notificada la propuesta provisional:

  • Aceptación de la subvención (G346NIA-489)

Una vez notificado el otorgamiento definitivo:

  • Declaración responsable de las retribuciones de los órganos de dirección o de administración de la entidad beneficiaria (G346NIA-418).

Documentos

Guía para llenar y enviar a tramitar el formulario de solicitud

Guía para aportar documentación a la solicitud

Requisitos

Los requisitos de las personas que se incorporen como socios o socias trabajadores/oras o como socios o socias de trabajo, que quedan recogidos en forma de declaración en la solicitud, son los siguientes:

  • Las personas desocupadas que se incorporen como socios o socias trabajadores/oras o como socios o socias de trabajo tendrán que estar inscritas en la correspondiente oficina de empleo como demandante de empleo.
  • La incorporación de la persona socia trabajadora o socia de trabajo se tiene que haber producido desde el 19 de junio de 2024, hasta la fecha de publicación de la convocatoria.
  • La incorporación de la persona socia tendrá que suponer el mantenimiento o un incremento de ocupación respecto de la media de los doce meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios o socias por los cuales se percibe la subvención. A los efectos del cálculo del incremento de ocupación, serán considerados el número de personas socias trabajadoras o de trabajo y el número de personas trabajadoras con contrato indefinido.
  • No se podrán conceder estas subvenciones cuando se trate de incorporaciones de personas socias trabajadoras o socias de trabajo que hayan disfrutado de esta condición en la misma empresa en los dos años anteriores a su incorporación.
Tasas

Este trámite es gratuito.

Otras Informaciones

Personas beneficiarias

  • Personas trabajadoras desocupadas demandantes de ocupación.
  • Personas trabajadoras ocupadas, vinculadas a la empresa con contrato de trabajo de carácter fijo o temporal anterior a la fecha de incorporación como socia.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Sol·licitar

    Plazos
    Del 04/06/2026 al 10/06/2026

    Este trámite sólo se puede hacer por internet.

    Hace falta que firméis el formulario principal con un certificado digital de:

    • Persona física
    • Representante legal de la persona jurídica solicitando
    • Persona vinculada a una organización

    Por Internet

    Acceder al formulario

    Iniciar . Acceder a Acceder al formulario
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Podéis consultar el estado del trámite:

    Podéis consultar el estado del trámite:

    • En el Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil o/i certificado digital).
    • En|A el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En|A el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Rebre la resposta de l'Administració

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?Una vez finalizado el periodo para presentar la solicitud, el plazo máximo para resolver es de tres meses. Transcurrido este plazo sin una resolución [...]

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
    Una vez finalizado el periodo para presentar la solicitud, el plazo máximo para resolver es de tres meses. Transcurrido este plazo sin una resolución expresa, la solicitud se puede entender desestimada por silencio administrativo.

    ¿Qué respuesta se recibe?
    Este trámite finaliza con una notificación electrónica. Podéis acceder al contenido a través del servicio e-Notum

    ¿Se puede presentar un recurso?
    Contra la resolución de concesión de las ayudas, que no agota la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Fecha de actualización 03.06.2026
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes