¿Qué tienes que saber?
Son subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro que llevan a cabo actuaciones en el ámbito de la salud para la prevención y el tratamiento de las drogodependencias.
Se tienen que llevar a cabo en el territorio de Cataluña.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación aportada por otro canal no se tendrá en cuenta ni será válida a efectos de fecha de presentación.
Se han habilitado formularios específicos para las solicitudes o comunicaciones de este trámite. Puedes descargarlos desde esta misma ficha y siempre hay que descargar la última versión.
Justificaciones de la convocatoria 2024 (acciones año 2025)
El plazo para presentar las justificaciones de las subvenciones del año 2024 es del 1 de enero de 2026 hasta el 2 de marzo de 2026.
Convocatoria para el 2025 (acciones año 2026)
En fecha 1 de diciembre de 2025, se ha publicado la Resolución SLT/4321/2025, de 17 de noviembre, por la cual se aprueban las convocatorias para el año 2026, para la concesión de subvenciones para la financiación a entidades privadas sin afán de lucro que desarrollen actuaciones en el ámbito de la salud.
Puedes presentar las solicitudes desde el 2 de diciembre hasta el 23 de diciembre a las 14:00 h.
Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de la web gencat.cat. Para recibir asistencia técnica llama al 012.
Para recibir asesoramiento sobre los aspectos relacionados con la solicitud y gestión de la subvención, puedes contactar con la unidad de tramitación mediante la dirección de correo electrónico subvencions.salut@gencat.cat.
A entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones vinculadas a la prevención y el tratamiento de las drogodependencias en Cataluña.
Puedes realizar este trámite en cualquier momento, excepto para los documentos para los que se establece un plazo de presentación concreto.
Puedes presentar cualquier documento relacionado con la subvención correspondiente a las convocatorias de 2021, 2022, 2023, 2024 o 2025. En el formulario debes indicar a qué convocatoria hace referencia el expediente.
Puedes presentar documentación relacionada con la subvención, tanto a iniciativa de la entidad como en respuesta a un requerimiento del Departamento de Salud, en cualquier momento de la tramitación.
Documentación que se puede aportar:
- Reformulaciones de la solicitud.
- Respuesta a requerimientos.
- Enmiendas o alegaciones.
- Recursos.
- Renuncias.
- Cualquier otra documentación que la entidad considere oportuna.
Para comunicar la aceptación, la reformulación del proyecto o el desistimiento de la resolución provisional de concesión, la entidad beneficiaria ha de presentar como documento adjunto este formulario.
IMPORTANTE: La documentación para justificar la subvención se debe presentar desde Justificar la subvención y en el plazo que establezca la convocatoria.
No has de pagar ninguna tasa para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación
Este trámite solo se puede hacer por internet. Hay que firmar el formulario principal con un certificado digital de representación o de persona jurídica.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- El Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital)
- El Estado de mis gestiones (con el código de solicitud del trámite y el DNI/NIF)
- El teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
Más información en Cómo acceder y hacer seguimiento de mis trámites.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cómo se recibe la respuesta?
¿Cómo se recibe la respuesta?
Los requerimientos, las resoluciones de inadmisión o declarativas de desistimiento, la propuesta de resolución provisional y la resolución final del procedimiento se notifican mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, que sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
Las notificaciones relativas a revocaciones y reajustes se harán individualmente por medios telemáticos y se pueden consultar en el Área privada.