Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Ayudas empresariales del Fondo de Transición Nuclear
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Inteligencia artificial para empresas industriales
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos
  • Justificar la subvención
21191 - Subvencions per a la producció de llargmetratges cinematogràfics Departament de Cultura accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Primer paso
  2. 2. Segundo paso
  • Ir a: Justificar la subvención
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Pasos a realizar

Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos

Justificar la subvención

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
CUÁNDO
En cualquier momento

Saber más

Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos

Justificar la subvención

CUÁNDO
En cualquier momento

QUIÉN
CÓMO
Empresas y profesionales

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • Modificación de la dotación de la convocatoria

    Resolución CLT/3593/2025, de 2 de octubre, por la que se modifica la dotación de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de largometrajes cinematográficos (ref. BDNS 826471)

  • Convocatòria per a la concessió de subvencions

    Resolución CLT/1356/2025, de 3 de abril, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de largometrajes cinematográficos (ref. BDNS 826471).

  • Text Refós de les bases específiques 2025

  • Cuarta modificación de las bases específicas

    Resolución CLT/1126/2025, de 26 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de cuarta modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos.

  • Tercera modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/675/2024, de 4 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos.

  • Segunda modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/1064/2023, de 29 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos.

  • Modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/1026/2022, de 7 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos.

  • Bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/1469/2021, de 10 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos.

  • Texto refundido de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

  • Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

    RESOLUCIÓN CLT/670/2023, de 28 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Modificació de les bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència

    RESOLUCIÓ CLT/187/2021, de 28 de gener, per la qual es dona publicitat a l'Acord del Consell d'Administració de l'Institut Català de les Empreses Culturals de modificació de les bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència.

  • Bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència

    RESOLUCIÓ CLT/3142/2020, d'1 de desembre, per la qual es dona publicitat a l'Acord del Consell d'Administració de l'Institut Català de les Empreses Culturals, pel qual s'aproven les bases generals reguladores dels procediments per a la concessió d'ajuts en règim de concurrència.

  • CONVOCATÒRIA 2017 _ BASES ESPECÍFIQUES DE LA CONVOCATÒRIA 2017

  • CONVOCATÒRIA 2017 _ BASES ESPECÍFIQUES DE LA CONVOCATÒRIA 2017

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos de ficción, de acuerdo con las siguientes modalidades: 

a) Proyectos de alto interés cultural, cinematográfico, social o experimental, con especial atención a las óperas primas y a los/las nuevos/nuevas realizadores/as.
b) Proyectos de interés cultural con vocación de mercado.
c) Proyectos con vocación de mercado.

Estas subvenciones previstas se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.

El plazo de presentación de solicitudes es del 16 de abril al 8 de mayo de 2025, ambos inclusive.

El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:

- Dudas sobre la línea de subvención:

  • bpiulats@gencat.cat  - 93 316 28 49 

- Dudas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Cultura
  • Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

Podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.

Plazos

Justificación

Las personas beneficiarias deberán presentar la documentación establecida en los siguientes apartados:

Para tramitar el segundo pago, de acuerdo con lo establecido en la base 9.b), las personas beneficiarias tendrán que haber aportado, como máximo el 10 de diciembre del año posterior al de concesión de la subvención, la documentación acreditativa de la financiacióndel proyecto, de acuerdo con la letra k) de la base espedífica 3.1.

Para tramitar el tercer pago, de acuerdo con lo establecido en la base 9.c), las personas beneficiarias tendrán que haber iniciado el rodaje y deberán presentar, como máximo el 10 de diciembre del segundo año posterior al de concesión de la subvención, la documentación justificativa:

- Contratos firmados con el director o directora, el o la guionista o guionistas y con el compositor o
compositora.

- Convenios o contratos de prácticas a que se refiere la base 3.1.d). Habrá que especificar el centro de
procedencia del alumnado o de las personas graduadas y las tareas que realizarán durante la producción del
proyecto.

Para tramitar el cuarto pago, de acuerdo con lo establecido en la base 9.d), deberán haber declarado la fecha de fin de rodaje como máximo el 10 de diciembre del tercer año posterior al de concesión de la subvención.

Las personas beneficiarias deberán entregar la siguiente documentación antes del 1 de diciembre del cuarto año posterior al de concesión de la subvención:

- Cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría, de acuerdo con lo previsto en la base general
16.3. El informe de auditoría deberá certificar el porcentaje de presupuesto que se haya invertido en Cataluña
en trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas en Cataluña o de un Estado miembro de la
Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en Cataluña.
Además, el informe de auditoría también certificará el gasto finalmente ejecutado por la empresa productora
beneficiaria de la subvención, de acuerdo con los compromisos adquiridos inicialmente; el porcentaje de
inversión en copias, promoción y publicidad; las fuentes de financiación con las que se ha financiado el
proyecto, así como una relación detallada de los gastos destinados a retribuir los cargos ocupados por mujeres.
En el caso de que se trate de una coproducción nacional o internacional en la que el conjunto de empresas
productoras independientes del proyecto hayan sido beneficiarias de la subvención, se aceptará el informe de
auditoría que certifique el total del gasto ejecutado por dichas empresas, siempre que se haga constar,
asimismo, el coste total finalmente ejecutado.

- Memoria sobre las medidas e iniciativas finalmente implementadas en materia medioambiental y de sostenibilidad durante el rodaje del largometraje y durante las fases de promoción, publicidad y explotación de este largometraje, en coherencia con la memoria presentada inicialmente.

- Asimismo, las empresas beneficiarias deberán haber entregado a la Filmoteca de Catalunya los siguientes
materiales, que garanticen la preservación a largo plazo de la versión original, íntegra y estrenada de la obra
audiovisual:

a) Dependiendo del soporte del rodaje:

- En caso de que la obra audiovisual haya sido realizada en soporte digital (DCDM —digital cinema
distribution master— o equivalente): disco duro con secuencia de imágenes en TIFF (XYZ' - 16 bits) siguiendo
la normativa DCI o, alternativamente, en DPX, y archivos de audio PCM WAV (24 bits - 48 kHz) y archivos de
subtítulos, si se dispone de ellos.
Estos materiales deberán ser los de más alta resolución y calidad utilizados en la producción, tanto de imagen
como de sonido, y de la versión original.

- En caso de que la obra audiovisual se haya elaborado en soporte fotoquímico: interpositivo o internegativo de imagen y negativo de sonido sincronizado, ambos materiales en soporte de poliéster de 35 mm.

b) Una copia de referencia de la producción audiovisual en DCP sin encriptar (sin KDM) de la versión original,
que incluirá si no se trata de versión original catalana, como mínimo, la versión doblada o subtitulada en
catalán, de acuerdo con la letra e) de la base 3.1.

También deberán haber entregado a la Filmoteca de Catalunya la documentación utilizada para la realización,
la promoción y la difusión de la obra audiovisual (guion, carteles, fotografías, músicas, carátulas, etc.) en
formato físico o en formato digital (en un disco duro o disco de datos).

Se autorizará al Instituto Catalán de las Empresas Culturales para que la Filmoteca de Catalunya pueda usar la
obra audiovisual en actividades de promoción de la cinematografía catalana, de acuerdo con el artículo 16.e) de la Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine, dentro del territorio español y en el extranjero, y para que utilice sus imágenes y tráileres para difundirla por medio de la Sede electrónica de la Generalidad.

Asimismo, la Filmoteca de Catalunya podrá hacer difusión de la obra audiovisual para promover el patrimonio
cinematográfico catalán, una vez transcurridos dos años desde la fecha de su estreno y previa autorización del
titular de los derechos correspondientes.
Las empresas beneficiarias no podrán retirar de la Filmoteca los materiales entregados ni exigir su transferencia a otras filmotecas o instituciones.

- El largometraje cinematográfico se habrá estrenado, como máximo, en el plazo de nueve meses posteriores a la presentación de la cuenta justificativa, en el número mínimo de cines comerciales de acuerdo con el apartado g) de la base 3.1.

En el momento del estreno, las personas beneficiarias presentarán al Instituto Catalán de las Empresas Culturales una memoria detallada con la relación del equipo creativo, técnico y artístico que haya participado en el largometraje, que coincidirá con los títulos de crédito que constan en la versión del largometraje presentado para su calificación.

El Instituto Catalán de las Empresas Culturales podrá acordar de oficio o a instancias de las personas beneficiarias la ampliación de este plazo de justificación. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en cualquier caso, antes de la finalización del plazo máximo de justificación.

Documentación

Documentos

Guia de la subvención producción de largometrajes cinematográficos de ficción

Guia de la subvención - Festivales

Guia de tramitación

Memoria para producción de largometrajes cinematográficos de ficción -

Valoración de la trayectoria de la empresa

Valoración de la trayectoria del director/a y guionista

Plan de financiación

Presupuesto

Modelos de declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de morosidad

Declaració retribució òrgans direcció

Tasas
No s'han de pagar taxes per a aquest tràmit.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

  2. 2

    Segundo paso

Fecha de actualización 10.10.2025
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes