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9676 - Subvencions per a les activitats de les formacions musicals estables Departament de Cultura accio
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Subvención para las actividades de las formaciones musicales estables

Justificar la subvención

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
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CUÁNDO
En plazo

Del 29/08/2024

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Normativa

  • Modificación de la dotación de la convocatoria

    Resolución CLT/2169/2026, de 26 de junio, por la que se modifica la dotación de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para las actividades de las formaciones musicales estables (ref. BDNS 893569)

  • Convocatoria

     Resolución CLT/789/2026, de 16 de marzo, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para las actividades de las formaciones musicales estables (ref. BDNS 893569)

  • Texto refundido de las bases específicas

  • Tercera modificación de las bases específicas

    Resolución CLT/556/2026, de 26 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de tercera modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para las actividades de las formaciones musicales estables

  • Segunda modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/657/2024, de 29 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para las actividades de las formaciones musicales estables.

  • Modificación de las bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/667/2023, de 28 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueba la modificación de las bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para las actividades de las formaciones musicales estables.

  • Bases específicas

    RESOLUCIÓN CLT/573/2022, de 2 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueban las bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para las actividades de las formaciones musicales estables.

  • Texto refundido de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

  • Cuarta modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas del ICEC

    Resolución CLT/555/2026, de 26 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de cuarta modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Tercera modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

    RESOLUCIÓN CLT/219/2024, de 30 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de tercera modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

    RESOLUCIÓN CLT/670/2023, de 28 de febrero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

    RESOLUCIÓN CLT/187/2021, de 28 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales de modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

  • Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC

    RESOLUCIÓN CLT/3142/2020, de 1 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, por el que se aprueban las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar las actividades de las formaciones musicales estables.    

Las subvenciones previstas en estas bases se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El periodo para presentar las solicitudes es 24 de marzo al 13 de abril de 2026, ambos incluidos. 

 

El horario de atención telefónica es de 9 a 14 h. de lunes a viernes:

  • Para consultas de los contenidos de la subvención:  93 514 48 75
  • Para consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Cultura
  • Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC)
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, incluidas las sociedades civiles y las entidades privadas sin ánimo de lucro, que gestionan formaciones musicales incluidas en las siguientes tipologías:

a) Orquestas sinfónicas profesionales.

b) Orquestas de cámara profesionales.

c) Formaciones profesionales especializadas en música clásica contemporánea.

d) Formaciones profesionales especializadas en música antigua. En estas formaciones pueden participar
intérpretes vocales, intérpretes con instrumentos originales o mixtos.

e) Big bands de jazz profesionales.

f) Agrupaciones corales que actúan habitualmente en los circuitos profesionales o que son regularmente contratadas por orquestas profesionales.

g) Coblas profesionales en formato concierto.

h) Bandas sinfónicas profesionales en formato concierto.

i) Grupos instrumentales de cámara profesionales de música clásica (quintetos, cuartetos y tríos).

Las pesonas solicitantes han de tener una activiadad principal que no sea de caracter docente.

Plazos

Las personas beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa en el Instituto Catalán de las Empresas Culturales como máximo el último día hábil del mes de octubre del año de concesión de la subvención.

La modalidad de justificación estará determinada por el importe de la subvención otorgada. Para importes inferiores o iguales a 60.000,00 euros, deberá presentarse una cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto, de acuerdo con lo establecido en la base general 16.2.b), y para importes superiores a 60.000 euros, una cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría, con el contenido establecido en la base general 16.3.

Independientemente de la modalidad de justificación aplicable, debe ir acompañada del programa o cartel
(en cualquier formato, que informe de la fecha y el lugar del concierto, de los artistas participantes y del
repertorio) empleado en la campaña de difusión. Este material debe relacionarse con un índice cronológico. En
el caso de conciertos realizados para el público escolar que no dispongan de ningún material de difusión debe
adjuntarse un certificado del equipamiento donde se ha hecho el concierto en el que se indique la fecha y el
lugar del concierto.

Documentación

Documentos

Memoria del proyecto

Memoria del proyecto parte 2

Presupuesto del proyecto

Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa de morosidad

(en la justificación) Memoria justificativa

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Justificar la subvenció

    Plazos
    Del 29/08/2024

    Por Internet

    Justificar

    Iniciar . Acceder a Justificar
Fecha de actualización 07.07.2026
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