¿Qué tienes que saber?
El objeto es la concesión de subvenciones para el inventario y la documentación de los bienes culturales que integran los museos catalanes.
Se pueden subvencionar cuatro tipos de proyectos:
- Proyectos de inventario y catalogación de los bienes culturales.
- Proyectos de normalización de terminología, unificación y estructuración del vocabulario técnico utilizado en la descripción de los bienes culturales.
- Proyectos de digitalización de los bienes culturales, incluidos proyectos de captura 3D y creación de modelos tridimensionales de objetos.
- Proyectos de documentación y/o digitalización de los fondos fotográficos.
Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.
Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede enviar un correo electrónico a osic@gencat.cat para acogerse a este servicio.
Teléfonos de contacto:
- Trámite de solicitud y de reformulación: 93 554 71 75 nachobenavides@gencat.cat
- Trámite de justificación: 93 554 55 18 mguallarte@gencat.cat
- Contenido del proyecto: 93 193 85 76 maria.cruz@gencat.cat
Horario: de lunes a viernes de 9 a 14 h.
Este trámite sólo se puede realizar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Hay que presentar la documentación justificativa correcta y completa, según establece el punto 17.1 de las bases generales, con el fin de agilizar el cierre del expediente y poder hacer el ingreso de la parte restante de la subvención concedida.
En caso de dudas con la justificación, consulte esta guía para realizar el trámite de justificación. En caso de administración pública consulte esta guia.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
- A los entes locales de Cataluña y los organismos que dependen de ellos.
- A los consorcios locales con domicilio en Cataluña.
- A los organismos públicos estatales.
- A las fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan domicilio en Cataluña.
Quedan excluidos los museos que sean de titularidad de la Administración de la Generalitat o de las entidades o entes adscritos o que dependen de estos, o que sean financiados mayoritariamente por los mismos.
El plazo para presentar la cuenta justificativa finaliza el último día hábil del mes de enero del año siguiente al de la concesión de la ayuda.
Hay anexar al formulario de justificación la siguiente documentación:
- Memoria del proyecto
- Liquidación económica (presente el mismo modelo de presupuesto-liquidación que anexó al formulario de solicitud, con las columnas "Importe realizado" rellenadas).
- Facturas, comprobantes de pago y otros justificantes de gasto.
- Declaración responsable de la Intervención (corporaciones locales y entes dependientes sujetos a Intervención)
- Acreditación del uso del logotipo de la Generalitat de Catalunya (En caso de no haber editado elementos informativos o de difusión de la actuación subvencionada, se tiene que informar mediante el web corporativo de la entidad beneficiaria, si dispone, que la actuación subvencionada se ha realizado “con el apoyo de la Generalitat de Catalunya” y acreditarlo en la cuenta justificativa, a través de un pantallazo.
No hay tasas asociadas a este trámite.
- En caso de que el proyecto contenga relación de términos normalizados y posibles términos propios, se entregará una copia de las relaciones de términos del proyecto al Servicio de Museos y Protección de Bienes Muebles y, en concreto, a la dirección electrónica siguiente: documentaciomuseus.cultura@gencat.cat.
- En caso de que el proyecto contenga casos de captura 3D, se entregará una copia de los modelos optimizados al Servicio de Museos y Protección de Bienes Muebles, cumpliendo con el requisito de la base 3.1.d) y, en concreto, a la dirección electrónica siguiente: documentaciomuseus.cultura@gencat.cat.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar el formulario de justificación
Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
Plazos
Del 29/10/2025 al 30/01/2026Este trámite se debe hacer por internet sólo con certificado digital.
El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento o en los Servicios Territoriales.
Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.
Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de:- Persona física.
- Persona jurídica.
- Persona vinculada.
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el [...]
Una vez presentada y validada la documentación justificativa (memoria del proyecto, liquidación, etc.), la Administración revisará las facturas y los comprobantes y, si todo es correcto, se hará el ingreso del segundo pago de la subvención concedida.