¿Qué tienes que saber?
Subvenciones para la organización en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, para su promoción y difusión, y para la subtitulación y audiodescripción en catalán de su programación
Se establecen dos modalidades:
1 - Subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión.
Se distinguen tres grupos de festivales y muestras según su presupuesto:
a) Grupo A: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 100.000€.
b) Grupo B: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 50.000€ e inferior a 100.000€.
c) Grupo C: festivales y muestras con un presupuesto total por debajo de los 50.000€.
El presupuesto total deberá incluir los gastos dinerarios y, si los hay, la valoración económica de las contribuciones en especie, los gastos derivados de la subtitulación y audiodescripción de la programación audiovisual del festival o la muestra, y los gastos vinculados a acciones de sostenibilidad.
2 - Subvenciones para la subtitulación y audiodescripción al catalán de la programación audiovisual de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña.
Se entenderá por «festival o muestra audiovisual» aquel acontecimiento que programe obras audiovisuales que se proyectan ante un público genérico, que tenga lugar durante un periodo específico de tiempo en una población o poblaciones definidas previamente y que tenga un procedimiento de regulación del propio festival o muestra y de la selección de las obras audiovisuales.
El festival o la muestra puede ser presencial o híbrido. A los efectos de estas subvenciones, se entenderá por «festival híbrido» aquel que combina proyecciones y actividades presenciales y en línea.
Un mismo festival o muestra audiovisual solo podrá optar a un grupo de las modalidades
Quedarán excluidos de estas subvenciones los siguientes eventos:
a) Eventos de carácter musical o teatral que utilicen el soporte audiovisual.
b) Festivales o muestras relacionados con la formación en el ámbito audiovisual, y cualquier otra iniciativa que pretenda el reconocimiento público de algún aspecto del medio audiovisual y que esté promovida desde el ámbito académico.
c) Muestras de cine que tengan por objeto específico el entretenimiento al aire libre.
d) Muestras o festivales dedicados a las obras audiovisuales relativas a publicidad, eventos retransmitidos en directo, vídeos musicales, obras audiovisuales de aficionados, tráileres y obras artísticas no narrativas.
e) Festivales o muestras que, a pesar de exhibir obras audiovisuales, tengan por objeto principal un objeto distinto del fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográfica y audiovisual.
f) Festivales y muestras audiovisuales con un presupuesto total superior a 400.000€ en la modalidad de subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión.
El plazo de presentación de solicitudes es del 29 de abril al 21 de mayo del 2026, ambos inclusive.
Horario de atención telefónica de 9 a 14h. de lunes a viernes:
Para información sobre del contenido de la subvención: 93 114 70 46 - juditharegay@gencat.cat y 93 552 49 43
Para información sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66
Organismo responsable
Pueden optar a las subvenciones las empresas y entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo las actividades establecidas en la base 1 y que cumplan los requisitos establecidos en la base 3.
Las personas beneficiarias deberán aportar una cuenta justificativa como máximo: hasta el 31 de enero de 2027
Detalle de los plazos y documentos a aportar en la justificación:
- Las personas beneficiarias de la subvención de la modalidad de la base 1.1.1 (subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión) deberán presentar como máximo el 31 de enero del año posterior al de la concesión de la subvención la siguiente documentación justificativa:
- Cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto en los términos que prevé la base general 16.2.b).
Por lo que respecta a la memoria explicativa de la actividad realizada, deberá ser completa y deberá seguir el
modelo oficial del Instituto Catalán de las Empresas Culturales. - En el caso de viajes por acciones destinadas a la prospección de otros festivales audiovisuales o mercados
audiovisuales internacionales, también deberá presentarse una memoria que detalle el objetivo del viaje de
prospección y la agenda de visitas o la acreditación de la entrada al festival o pase correspondiente.
- Las personas beneficiarias de la subvención de la modalidad de la base 1.1.2 (subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña) deberán aportar la justificación como máximo el 31 de diciembre del año de concesión de la subvención con los siguientes documentos:
- Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto en los términos que prevé la base general 16.2.a).
Por lo que respecta a la memoria explicativa de la actividad realizada, incluirá los datos de actividad objeto de la ayuda al efecto de su tratamiento estadístico según el modelo oficial del Instituto Catalán de las Empresas
Culturales. - Una muestra de los materiales promocionales en catalán (programa, web, catálogos, redes sociales, etc.).
- La acreditación conforme las proyecciones de la inauguración y la clausura han sido subtituladas al catalán salvo en el caso de que se trate de obras en versión original en una lengua oficial en Cataluña.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Plazos
Del 08/09/2025