¿Qué tienes que saber?
Las subvenciones están destinadas a hacer efectiva la continuidad de la actividad de las micro y pequeñas empresas industriales y de servicios a la producción, con el fin de mantener a los trabajadores con contrato indefinido, que han sufrido pérdidas económicas en virtud de la declaración estado de alarma ya consecuencia de los efectos de la COVID-19.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportéis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
El plazo para justificar las subvenciones es del 26 de abril al 25 de mayo de 2021.
Organismo responsable
- A las micro y pequeñas empresas industriales
- A las micro y pequeñas empresas de servicios a la producción.
En ambos casos, es necesario que la actividad principal desarrolléis esté incluida en alguno de los sectores de la Clasificación catalana de actividades económicas (CCAE) que se describen en el apartado 'Otras informaciones' dentro de 'Solicitar la subvención ', que se encuentra más abajo.
Este trámite se puede realizar del 13 al 30 de julio de 2021.
Documentación que se debe adjuntar a la justificación:
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Justificar
Plazos
Del 07/11/2023 al 01/04/2024Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario que os identifiquéis para enviar el formulario con idCATMóvil o un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación